TEXTO PAGINA: 7
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de marzo de 2011 439683 Artículo 84º, incisos 1.1, 1.2 y 1.5, como parte de las competencias y funciones específi cas de los Gobiernos Locales, se señalan funciones en materia de servicios sociales locales, en materia de programas sociales, de defensa y promoción de derechos; algunas de las cuales son ejercidas por las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, se aprobó el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007, el cual dispuso que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social inicie la transferencia de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social y de los Hogares a cargo del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, a los Gobiernos Locales Provinciales; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 048-2008-PCM/SD, que deroga a la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 053-2007-PCM/SD, se aprobó la Directiva Nº 004-2008-PCM/SD, “Normas específi cas para la Transferencia de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES”, incluidas en el Decreto Supremo Nº 036- 2007-PCM; Que, en el marco de lo establecido en la indicada Directiva Nº 004-2008-PCM/SD, se emitieron las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 008-2009-PCM/SD; 048-2009-PCM/SD; 237-2010- PCM/SD; 004-2011-PCM/SD; 039-2011-PCM/SD, 054- 2011-PCM/SD y 155-2011-PCM/SD, que declaran Aptos a veintisiete (27), doce (12), ocho (08), uno (01), cinco (05), tres (03) y nueve (09) Municipalidades Provinciales, respectivamente, para acceder a la transferencia de funciones y competencias que el MIMDES desarrolla respecto de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2010- MIMDES, se establecen las funciones y competencias correspondientes a cada uno de los niveles de Gobierno, respecto de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Junta de Participación Social, en el marco del proceso de Descentralización, las cuales son detalladas en la Matriz Específi ca de Distribución de Funciones por Niveles de Gobierno respecto de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social, que en anexo forma parte integrante del citado Decreto Supremo; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 001-2011-PCM/SD, se dispuso la incorporación de cuarenta y tres (43) Sociedades de Benefi cencia Pública a las consideradas en el Anexo de la Directiva Nº 004-2008-PCM/SD, a fi n de continuar con el proceso de transferencia de funciones y competencias que el MIMDES desarrolla respecto a las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social; Que, mediante informe de visto, la Ofi cina de Transferencias, Monitoreo y Evaluación de Competencias, señala que las Municipalidades Provinciales de Huancabamba, Huamanga, Huaura, Municipalidad Metropolitana de Lima, Puno y San Román, han cumplido con los Mecanismos de Verifi cación requeridos, y por tanto se encuentran Aptas para acceder a la transferencia de las Sociedades de Benefi cencia Pública de Huancabamba, Ayacucho, Huacho, Lima Metropolitana, Puno y San Román, respectivamente y conforme se detalla en el Anexo de la presente Resolución Secretarial; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes N°s. 27783, 27972, 28273, de los Decretos Supremos Nº 036-2007-PCM y 010-2010-MIMDES, Resolución de Secretaría de Descentralización N° 048-2008-PCM/SD, y en uso de las atribuciones contenidas en el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declaración de las Municipalidades Provinciales como Aptas para acceder a la transferencia de las Sociedades de Benefi cencia Pública a cargo del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES. Declarar a las Municipalidades Provinciales de Huancabamba, Huamanga, Huaura, Municipalidad Metropolitana de Lima, Puno y San Román, como Aptas para acceder a la transferencia de las Sociedades de Benefi cencia Pública de Huancabamba, Ayacucho, Huacho, Lima Metropolitana, Puno y San Román, respectivamente, a cargo del INABIF del MIMDES, conforme se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Secretarial. Artículo 2º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial y de su Anexo en el Diario Ofi cial El Peruano y en el sitio web de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob. pe/sd Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros ANEXO Nº DEPARTAMENTO MUNICIPALIDADES PROVINCIALES SOCIEDADES DE BENEFICENCIA PÚBLICA 1 AYACUCHO HUAMANGA AYACUCHO 2 LIMA HUAURA HUACHO 3 LIMA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA LIMA METROPOLITANA 4 PIURA HUANCABAMBA HUANCABAMBA 5 PUNO PUNO PUNO 6 PUNO SAN ROMÁN SAN ROMÁN 620018-1 AMBIENTE Encargan funciones de la Jefatura del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 065-2011-MINAM Lima, 24 de marzo de 2011 Visto el Memorándum Nº 082-2011-OGA-RRHH/ MINAM de la Unidad Operativa Funcional de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración y el Memorándum Nº 065-2011-SG/MINAM de la Secretaría General; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 082-2011-OGA- RRHH/MINAM, se informa que la señora Patricia Ivonne Fernández-Dávila Messum, Jefa del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio del Ambiente, estará haciendo uso de su descanso físico anual del 26 de marzo al 3 de abril del año en curso; Que, con el propósito de garantizar la operatividad de la gestión de la Jefatura del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio del Ambiente y, en atención a lo comunicado mediante Memorándum Nº 065-2011-SG/MINAM, resulta necesario encargar durante dicho período, las funciones del referido Despacho; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Decreto Supremo Nº 007- 2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;