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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de marzo de 2011 439699 lograr entre otros objetivos funcionales, el de la conducción y planeamiento estratégico sectorial de salud; Que, de acuerdo al numeral 16) de los “Lineamientos para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público 2012” aprobados mediante Resolución Directoral Nº 002-2011-EF/76.01, el Titular de la entidad deberá constituir, en un plazo que no exceda los cinco (05) días hábiles de publicados los Lineamientos, “una Comisión presidida por el Titular de pliego o quien éste designe, e integrada por los Jefes de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, de la Ofi cina General de Administración, de Infraestructura, de la Ofi cina de Programación e Inversiones, o los que hagan sus veces y representantes de las unidades técnicas encargadas de la implementación de su diseño y su ejecución, según corresponda”; Que, por las consideraciones expuestas, resulta necesario emitir un acto resolutivo que dé cumplimiento a lo establecido en el párrafo anterior; Con la visación de la Viceministra de Salud, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 16) de los “Lineamientos para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público 2012”, aprobados mediante Resolución Directoral Nº 002-2011-EF/76.01 y el literal I) del artículo Nº 8 de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Conformar la Comisión de Trabajo para la identifi cación, diseño y registro de los programas presupuestales con enfoque de resultados en el marco del Proceso de Programación y Formulación Presupuestaria 2012, conformado por: - El Titular del pliego o quien éste designe, quien la presidirá. - El Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto. - La Directora General de la Ofi cina General de Administración. - El Director General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento. - El Director General de la Dirección General de Salud de las Personas. - El Director General de la Dirección General de Promoción de la Salud. - El Jefe de la Ofi cina de Proyectos de Inversión de Salud – OPI Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 619228-1 Delegan diversas facultades en materia de contratación pública a la Directora General de la Dirección de Abastecimientos de Recursos Estratégicos en Salud - DARES RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 225-2011/MINSA Lima, 23 de marzo del 2011 VISTO: el expediente N° 11-015169-001; CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, señala que el Titular del Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que la Ley le otorga, excepto en la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de ofi cio y las autorizaciones de prestaciones de adicionales de obras y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2010-SA del 23 de enero de 2010, se modifi có el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, creándose como órgano desconcentrado del Ministerio de Salud a la Dirección General de Abastecimiento de Recursos Estratégicos, que se encarga de la programación, adquisición, almacenamiento y distribución de recursos estratégicos como son: productos farmacéuticos, insumos médicos y odontológicos no considerados como inversión, así como plaguicidas y productos veterinarios de uso en salud, para la red asistencial de salud pública a nivel nacional; Que, en mérito a la asignación de funciones antes descritas y a fi n de garantizar el normal desarrollo de las actividades conducentes a programar, abastecer, almacenar y distribuir de Recursos Estratégicos, es necesario designar al funcionario que se encargará de autorizar, designar, disponer y resolver los diferentes actos administrativos que conllevan las contrataciones de tales recursos; a fi n de darles celeridad, economía y efi cacia dentro del marco de los principios y normas que rigen las contrataciones del Estado; Que, en virtud de lo expuesto se hace necesario establecer la dependencia responsable de realizar las actividades relativas a la gestión del abastecimiento de Recursos Estratégicos, al amparo de lo establecido en el artículo 5º de la Ley de Contrataciones del Estado; y, Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Abastecimiento de Recursos Estratégicos, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1017, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en la Directora General de la Dirección de Abastecimientos de Recursos Estratégicos en Salud – DARES, de la Unidad Ejecutora Nº 124, las facultades que, en materia de contratación pública, se detallan a continuación: a. Aprobar, modifi car y evaluar el Plan Anual de Contrataciones de la Dirección de Abastecimientos de Recursos Estratégicos en Salud – DARES, conforme a lo señalado en los artículos 8º y 9º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. b. Aprobar el proceso de estandarización de bienes de acuerdo a lo prescrito en el artículo 11º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. c. Cancelar los procesos de selección referidos a Licitaciones Públicas, Concurso Públicos, Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 79º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. d. Aprobar los expedientes de contratación de los procesos de selección referidos a Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. e. Designar a los Comités Especiales de los procesos de selección referidos a Licitaciones Públicas, Concurso Públicos, Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. f. Aprobar las Bases de los procesos de selección referidos a Licitaciones Públicas, Concurso Públicos, Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 35º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF.