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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2011 (26/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de marzo de 2011 439700 g. Conocer y resolver los recursos de apelación que se interpongan al interior de los procesos de selección de Licitación Pública, Concursos Públicos, Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía, de acuerdo a lo establecido en el artículo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 164-2008-EF. h. Autorizar el otorgamiento de la Buena Pro a propuestas que exceden el valor referencial hasta el límite del diez por ciento (10%), conforme a lo dispuesto en el artículo 76º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 164-2008-EF. i. Disponer la ejecución contractual de prestaciones adicionales o la reducción de las mismas, de acuerdo a lo señalado en el artículo 174º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 164-2008-EF. j. Aprobar las contrataciones complementarias, según lo señalado en el artículo 182º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 164-2008-EF. k. Disponer la ampliación de plazos de los contratos conforme lo dispuesto por el artículo 175º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 164-2008-EF. l. Resolver los contratos, conforme a lo establecido en el artículo 44º de la Ley de Contrataciones, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y los artículos 167º, 168º y 169º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 164-2008-EF. Artículo 2º.- Establecer que la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - DARES, es la dependencia encargada de las contrataciones sobre Recursos Estratégicos, así como de las Adjudicaciones de Menor Cuantía que se efectúen en la Unidad Ejecutora Nº 124 - DARES. Artículo 3º.- Precisar que el Director General de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud – DARES, es el funcionario competente para realizar los Procesos para la Selección, Contratación y Ejecución bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y todos los actos administrativos materia de su competencia y suscribir contratos, de la Unidad Ejecutora Nº 124 – DARES, con efi cacia anticipada al 01 de enero del 2011. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 619228-2 Sustituyen Anexos “Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado” y “Definiciones Operacionales”, aprobados por la R.M. Nº 240-2009/MINSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 226-2011/MINSA Lima, 23 de marzo del 2011 Visto, el expediente N° 10-104193-001, que contiene la Nota Informativa Nº 199-2011-DGSP/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas, el Ofi cio Nº 231-2011-SIS/J, del Seguro Integral de Salud, la Nota Informativa Nº 0116-2011-OGPP-OPGI/MINS, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 156-2011-OGAJ/MINSA, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, creado por Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, cuya misión es administrar los fondos destinados al fi nanciamiento de prestaciones de salud individual de conformidad con la política del Sector; Que, el artículo 6° del Decreto Supremo Nº 003- 2002-SA, que establece disposiciones referidas a las prestaciones ofrecidas por el Seguro Integral de Salud, estipula que el Tarifario por tipo de prestación y por nivel de complejidad del establecimiento, será aprobado y actualizado por Resolución Ministerial del Sector Salud; Que, mediante el Decreto Supremo N° 004-2007- SA, se estableció el Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias y los componentes de aseguramiento subsidiado y semi subsidiado del Seguro Integral de Salud, de aplicación obligatoria para todos los Establecimientos de Salud que reciben fi nanciamiento del Seguro Integral de Salud; Que, por Resolución Ministerial N° 240-2009/MINSA, de fecha 16 de abril de 2009, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 612-2010/MINSA, se aprobó el Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado, así como las Defi niciones Operacionales que corresponden al Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias y los Componentes de Aseguramiento Subsidiado y Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2007-SA; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 023-2005- SA, la Dirección General de Salud de las Personas, es el órgano técnico normativo en los procesos relacionados, entre otros, a la atención integral y gestión sanitaria; Que, mediante el documento del visto, la Dirección General de Salud de las Personas, remite el sustento técnico por el cual considera necesario que se emita una Resolución Ministerial con el objeto de sustituir el Anexo Nº 01 “Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado”, y Anexo N° 02 “Defi niciones Operacionales”, aprobados a través de los artículos 1º y 2º de la Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA, respectivamente, con la fi nalidad de adecuar los mecanismos de pago que viene aplicando el SIS y facilitar el reconocimiento de las prestaciones de salud otorgadas bajo su ámbito, y sin que ello implique la modifi cación de las tarifas vigentes; Con la opinión técnica favorable del Seguro Integral de Salud y de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Con el visado del Director General de Salud de las Personas, del Jefe del Seguro Integral de Salud, del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sustituir el Anexo Nº 01 “Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado”, aprobado por el artículo 1° de la Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA, y el Anexo N° 02 “Defi niciones Operacionales”, aprobado por el artículo 2° de la Resolución Ministerial Nº 240-2009/ MINSA, conforme a los documentos adjuntos que forman parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Dirección General de Salud de las Personas, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Seguro Integral de Salud formulen una propuesta de mecanismo de pago en un plazo de noventa (90) días calendario. Artículo 3º.- Dejar sin efecto el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 612-2010/MINSA y toda disposición que se oponga a la presente resolución. Artículo 4º.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/dge_normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 619228-3