Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2011 (17/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 17 de MORDAZA de 2011

como RADIO "Z" MORDAZA & POP SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, pudiendo utilizar la abreviatura RADIO "Z" MORDAZA & POP S.A.C.; Que, conforme al articulo 15º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de solicitud de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, mediante Memorando Nº 058-2010-MTC/29, del 08 de enero de 2010, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones hace MORDAZA y remite el Informe Nº 6906-2010-MTC/29.02, del 30 de diciembre de 2009, mediante el cual la Coordinacion de Monitoreo e Inspecciones de Comunicaciones, da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada, el 18 de diciembre de 2009, a la estacion radiodifusora autorizada a la empresa RADIO RADIO "Z" MORDAZA & POP S.A.C., concluyendo que se encuentra apta para la renovacion de su autorizacion y cumple con el objetivo y programacion de su proyecto de comunicacion; Que, se ha verificado que la empresa RADIO "Z" MORDAZA & POP S.A.C., sus accionistas, gerentes, representante legal y directores no se encuentran comprendidos en alguna de las causales de denegatoria establecidas en el articulo 23º de la Ley de Radio y Television, para que se deniegue la renovacion de la autorizacion solicitada, segun declaraciones juradas presentadas, las mismas que se encuentran sujetas a fiscalizacion posterior. Asimismo, se ha verificado que la citada empresa ha presentado los requisitos establecidos en la Ley de Radio y Television, su Reglamento y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que proceda la renovacion de la autorizacion, y cumple las condiciones establecidas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television; Que, de acuerdo al Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion sonora en la banda de Frecuencia Modulada (FM), para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 096-2004-MTC/03, ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008MTC/03 y modificado con Resolucion Viceministerial Nº 145-2009-MTC/03, se advierte que dentro de la localidad denominada MORDAZA, se incluye al distrito, provincia y departamento de Huanuco; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 0264-2011MTC/28, considera que procede otorgar a la empresa RADIO "Z" MORDAZA & POP S.A.C., la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 166-2001-MTC/15.03, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA, toda vez que cumple las condiciones y requisitos establecidos para la renovacion de la autorizacion; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005MTC, modificado por Decretos Supremos Nºs 002-2008MTC y 003-2010-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa RADIO "Z" MORDAZA & POP S.A.C., la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 166-2001-MTC/15.03, para que la citada empresa continue prestando el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Huanuco.

Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Viceministerial Nº 166-2001MTC/15.03, en consecuencia, vencera el 10 de MORDAZA de 2018. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente a los derechos de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

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Otorgan a MORDAZA de Radiodifusion S.A.C. la renovacion de autorizacion otorgada por R.VM. Nº 361-2006-MTC/03 para prestar servicio de radiodifusion comercial por television en VHF
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 331-2011-MTC/03
MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2011 VISTO, el escrito de registro Nº 2010-014489, del 13 de MORDAZA de 2010, presentado por la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., sobre renovacion de autorizacion para continuar operando una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial Nº 361-2006MTC/03, del 10 de MORDAZA de 2006, notificada el 12 de MORDAZA de 2006, se otorgo a MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., la renovacion de la autorizacion, por el plazo de diez (10) anos, para que continue prestando el servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima. El plazo otorgado vencio el 23 de MORDAZA de 2010; Que, conforme al articulo 15º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 644-2007MTC/01 se actualizo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ­ MORDAZA, donde se consigna que el plazo para la atencion del procedimiento de renovacion de las autorizaciones del servicio de radiodifusion es de ciento veinte dias (120), el mismo que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo; Que, mediante Memorandos Nº 3246-2010-MTC/29, Nº 296-2011-MTC/29 y Nº 818-2011-MTC/29, del 17 de setiembre de 2010, 25 de enero de 2011 y 03 de marzo de 2011, respectivamente, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones hace suyos y remite los Informes Nº 4639-2010-MTC/29.02, Nº 3242011-MTC/29 y Nº 866-2011-MTC/29.02, mediante los cuales la Coordinacion de Monitoreo e Inspecciones de Comunicaciones, da cuenta de los resultados de las inspecciones tecnicas realizadas el 26 de MORDAZA de 2010, 18 de enero de 2011 y 23 de febrero de 2011, respectivamente, a la estacion radiodifusora autorizada a la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., de los cuales se

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