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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2011 (19/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de mayo de 2011 442737 Autorizan Transferencia de Partidas y Transferencia Financiera del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para financiar Proyectos de Inversión del Programa Agua para Todos DECRETO SUPREMO N° 077-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento, así como ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el artículo 15° de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establece que en el Año Fiscal 2011, los recursos públicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio; y en el caso que el proyecto de inversión pública sea ejecutado por empresas públicas, los recursos son transferidos fi nancieramente, mediante Decreto Supremo, en cualquier fuente de fi nanciamiento, previa suscripción de convenio. Los recursos con cargo a Recursos Ordinarios que se transfi eran a dichas empresas se mantienen y administran en las cuentas del Tesoro Público, conforme a lo que disponga la Dirección Nacional del Tesoro Público, y no generan saldo de balance; Que, mediante el Memorándum Nº 251-2011/ VIVIENDA/VMCS/PAPT/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, emite opinión favorable y solicita se gestione el dispositivo de aprobación de una Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales para la ejecución de proyectos de inversión pública de saneamiento declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP, de acuerdo a los informes técnicos correspondientes, y la aprobación de una Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque S.A., para la ejecución del proyecto “Mejoramiento del Colector Sur UNPRG y del Colector Ramón Castilla de la Ciudad de Lambayeque” declarado viable en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP, para lo que se han suscrito los Convenios y/o Adendas correspondientes; Que, mediante el Memorándum Nº 476-2011/VIVIENDA- OGPP, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ha informado sobre la disponibilidad presupuestal con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2011 del Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, con la cual se fi nanciará una Transferencia de Partidas a favor de diversos Pliegos de los Gobiernos Locales y una Transferencia Financiera para una Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento, destinadas a dar continuidad a la ejecución de 14 proyectos de inversión pública de saneamiento, hasta por la suma total de SESENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 62 795 008,00); Que, los proyectos de inversión pública a fi nanciar se encuentran en etapa de ejecución por parte de los Gobiernos Locales y la Empresa Pública de Servicios de Saneamiento a favor de los cuales se aprueban la Transferencia de Partidas y la Transferencia Financiera señaladas en el considerando precedente, lo que es concordante con el artículo 5° del Decreto de Urgencia N° 012-2011 y el literal a) del artículo 2° del Decreto Supremo N° 053-2011; De conformidad con lo establecido por el artículo 15º de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 y el artículo 5° del Decreto de Urgencia N° 012-2011; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de SESENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 61 996 140,00), para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública de saneamiento, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Agua Para Todos FUNCION 18 : Saneamiento PROGRAMA FUNCIONAL 040 : Saneamiento SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0088 : Saneamiento Urbano ACTIVIDAD 1.046721 : Transferencia para el Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 61 996 140,00 ============ TOTAL EGRESOS 61 996 140,00 ============ A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA Instancias Descentralizadas PLIEGOS Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros 61 996 140,00 ============ TOTAL EGRESOS 61 996 140,00 ============ 1.2. Los Pliegos habilitados en la sección segunda del presente artículo y los montos de transferencia por Pliego y proyecto, se detallan en el Anexo “Transferencia de Partidas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de Gobiernos Locales para la Ejecución de Proyectos de Inversión Pública de Saneamiento” que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) en la misma fecha de la publicación ofi cial de la presente norma. Artículo 2°.-Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.