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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de mayo de 2011 442747 VISTAS: La Resolución Suprema Nº 397-2010-RE, que nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Federal de Alemania, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Ernesto Muñoz Deacon; La Resolución Ministerial Nº 1028-2010-RE, que fi jó el 1 de enero de 2011, como la fecha en que el citado funcionario asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Federal de Alemania; CONSIDERANDO: Que, el inciso 12) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley Nº 29318; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Federal de Alemania, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Ernesto Muñoz Deacon, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente del Perú ante el Reino de Dinamarca, con residencia en la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania. Artículo 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 642207-11 Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Oriental del Uruguay” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 159-2011-RE Lima, 18 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, el “Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Oriental del Uruguay”, fue suscrito el 9 de julio de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56 y 102 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Artículo 1º.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al “Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Oriental del Uruguay”, suscrito el 9 de julio de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la señora Presidenta del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 642207-12 Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de cuotas al Programa de Ayuda IBERMEDIA y a la UNESCO RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 160-2011-RE Lima, 18 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se ha previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con lo establecido en el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2011 de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de US$ 150,000.00 (Ciento Cincuenta Mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) al Programa de Ayuda IBERMEDIA, correspondiente a la cuota 2011. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 02, Programa Funcional 002, Subprograma Funcional 0002, Actividad 1.046589, Componente 3.122499, Meta 00565, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Específi ca de Gasto 2.4.12.1 99 A Otros Organismos Internacionales del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio 2011. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 642207-13 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 161-2011-RE Lima, 18 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales,