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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2011 (19/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de mayo de 2011 442743 Designan funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 235-2011-MEM/DM Lima, 13 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM se estableció la obligación de las entidades públicas comprendidas en los numerales del 1 al 7 del artículo l del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, entre ellas, el Ministerio de Energía y Minas, de contar con un Libro de Reclamaciones como mecanismo de participación ciudadana y salvaguarda de los derechos de los usuarios; Que, el artículo 3º del mencionado Decreto Supremo, señala que el Libro de Reclamaciones es uno en el que los usuarios podrán formular sus reclamos, debiendo consignar, además, información relativa a su identidad y aquella otra necesaria a efectos de darle respuesta, de acuerdo al formato aprobado por esa misma norma como anexo; Que, el artículo 5º del referido Decreto Supremo, dispone que mediante resolución del titular de la entidad se designará al responsable del Libro de Reclamaciones, informando al Órgano de Control Institucional sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM; Que, en consecuencia es necesario designar al funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Energía y Minas; Con el visado de la Secretaría General, Ofi cina General de Administración y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al Director de la Ofi cina de Administración Documentaria y Archivo Central, como funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 2°.- Disponer que la presente Resolución se publique en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal de internet del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 3°.- Notifi car la presente Resolución a todos los órganos del Ministerio de Energía y Minas, al Órgano de Control Institucional y al responsable designado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 641978-1 Otorgan autorizaciones a Eco Energy S.A.C. para desarrollar actividades de exploración de recursos geotérmicos en el departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 027-2011-EM/DGE Lima, 17 de marzo de 2011 VISTO: El Expediente Nº 12249810, organizados por Eco Energy S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12286852 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre solicitud de otorgamiento de autorización para realizar la actividad de exploración de recursos geotérmicos en la zona denominada Geronta II; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con registro Nº 2029344, de fecha 21 de septiembre de 2010, Eco Energy S.A.C. solicitó autorización para desarrollar la actividad de exploración de recursos geotérmicos en la zona denominada Geronta II, ubicada en el distrito de de Puquio, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) fi guran en el Expediente; Que, la petición se ampara en las disposiciones contenidas en los artículos 2º y 13º de la Ley Nº 26848, Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos, y en los artículos 7º y 12º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2010-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la peticionaria ha presentado la Declaración Jurada a través de la cual se compromete a contar con un Estudio Ambiental, aprobado por la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, antes del inicio de los trabajos de exploración, de acuerdo a lo establecido en el numeral 12.6 del artículo 12º del Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos; Que, la peticionaria ha cumplido con efectuar el pago correspondiente al Derecho de Vigencia, conforme a lo establecido en el artículo 62º del Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos; Que, sobre la base de lo dispuesto en el artículo 7º del Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 019-2010-EM, la Dirección General de Electricidad procedió a acumular las solicitudes de autorización geotérmica referidas a la zona Geronta II; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 089-2011-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el artículo 13º de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos, concordado con los artículos 15º y 59º de su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización a favor de Eco Energy S.A.C., que se identifi cará con el código Nº 12249810, para desarrollar la actividad de exploración de recursos geotérmicos en la zona denominada Geronta II, ubicada en el distrito de de Puquio, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho. Artículo 2º.- Eco Energy S.A.C. deberá efectuar las actividades consignadas en el Cronograma, el cual contempla un plazo de veinticuatro (24) meses para la Fase I, computados a partir de la vigencia de la presente Resolución, y doce (12) meses para la Fase II, computados a partir de la culminación de la Fase I. Artículo 3º.- La titular está obligada a realizar sus actividades cumpliendo con lo establecido en el Título IX, Protección Ambiental, de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos. Artículo 4º.- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15º del Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos, la presente Resolución Directoral será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) días hábiles, contados desde el día siguiente de su notifi cación, y entrará en vigencia desde el día de su publicación, conforme al artículo 15º de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL ARAGÓN CASTRO Director General Dirección General de Electricidad 640623-4 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 028-2011-EM/DGE Lima, 17 de marzo de 2011 VISTO: El Expediente Nº 12249610, organizados por Eco Energy S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12286852 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre solicitud de otorgamiento de autorización para realizar la actividad de exploración de recursos geotérmicos en la zona denominada Umacusiri II;