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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2011 (19/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de mayo de 2011 442738 Artículo 3°.- Autoriza Transferencia Financiera Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, hasta por la suma de SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.798 868,00), a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque S.A., para ser destinada exclusivamente al fi nanciamiento del proyecto de inversión de saneamiento “Mejoramiento del Colector Sur UNPRG y del Colector Ramón Castilla de la Ciudad de Lambayeque”, con código SNIP Nº 28479. La transferencia fi nanciera autorizada por el presente Decreto Supremo se realizará con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en la Actividad 1.046721: Transferencias para el Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado. Artículo 4°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las transferencias a que hacen referencia los artículos 1° y 3° del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5°.- Información Los Pliegos habilitados y la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque S.A., informarán al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de los proyectos a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los Convenios y/o Addendas correspondientes, para efectos de las acciones de monitoreo a que se refi ere el artículo 15° de la Ley N° 29626. Artículo 6°.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 642207-3 Autorizan Transferencia de Partidas y Transferencias Financieras del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para financiar proyectos de inversión del Programa Agua para Todos DECRETO SUPREMO N° 078-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento, así como ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el artículo 15 de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establece que en el Año Fiscal 2011, los recursos públicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio; y en el caso que el proyecto de inversión pública sea ejecutado por empresas públicas, los recursos son transferidos fi nancieramente, mediante Decreto Supremo, en cualquier fuente de fi nanciamiento, previa suscripción de convenio. Los recursos con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios que se transfi eran a dichas empresas se mantienen y administran en las cuentas del Tesoro Público, conforme a lo que disponga la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y no generan saldo de balance; Que, mediante el Memorándum Nº 405-2011/VIVIENDA/ VMCS/PAPT/1.0, el Director Ejecutivo (e) del Programa Agua Para Todos, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, solicita se gestione el dispositivo de aprobación de una Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales para la continuidad de ejecución de proyectos de inversión pública de saneamiento declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP, y la aprobación de Transferencias Financieras a favor de Empresas Públicas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, para la continuidad de ejecución de proyectos de inversión pública de saneamiento declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP, de acuerdo a los informes técnicos correspondientes y para los cuales se han suscrito los Convenios y/o Adendas correspondientes; Que, mediante el Memorándum Nº 761-2011/VIVIENDA- OGPP, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ha informado sobre la disponibilidad presupuestal con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2011 del Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, con la cual se fi nanciará una Transferencia de Partidas a favor de diversos Pliegos de los Gobiernos Locales y Transferencias Financieras para diversas Empresas Públicas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, destinadas a dar continuidad a la ejecución de diez (10) proyectos de inversión pública de saneamiento, hasta por la suma total de CIEN MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 861 367,00); Que, los proyectos de inversión pública a fi nanciar se encuentran en etapa de ejecución por parte de los Gobiernos Locales y las Empresas Públicas Prestadoras de Servicios de Saneamiento a favor de las cuales se aprueban la Transferencia de Partidas y las Transferencias Financieras, respectivamente, lo que es concordante con el artículo 5 del Decreto de Urgencia N° 012-2011 y el literal a) del artículo 2 del Decreto Supremo N° 053-2011; De conformidad con lo establecido por el artículo 15 de la Ley Nº 29626 y el artículo 5 del Decreto de Urgencia N° 012-2011; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de CUARENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 46 671 050,00), para fi nanciar la continuidad de ejecución de los proyectos de inversión pública de saneamiento, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Agua Para Todos FUNCION 18 : Saneamiento PROGRAMA FUNCIONAL 040 : Saneamiento SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0088 : Saneamiento Urbano ACTIVIDAD 1.046721 : Transferencia para el Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado