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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2011 (20/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de mayo de 2011 442885 política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú, y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2, numeral 19 de la Constitución Política del Perú, toda persona tiene derecho a su identidad étnica y cultural. El estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, según el artículo 82, numeral 12 de la mencionada Ley Nº 27972, las municipalidades, en materia de educación, cultura, deportes y recreación, tienen como competencias y funciones específi cas compartidas con el gobierno nacional y el regional, entre otras, promover la protección y difusión del patrimonio cultural de la Nación, dentro de su jurisdicción; Que, en la “Conferencia Mundial sobre las Políticas Culturales” realizada en México D.F., entre el 26 de julio al 06 de agosto de 1982, diversos países conformantes de la UNESCO concertaron en declarar que: “El Patrimonio cultural de un pueblo comprende las obras de sus artistas, arquitectos, músicos, escritores y sabios, así como las creaciones anónimas, surgidas del alma popular, y el conjunto de valores que dan un sentido a la vida. Es decir, las obras materiales y no materiales que expresan la creatividad de ese pueblo: la lengua, los ritos, las creencias, los lugares y monumentos históricos, la literatura, las obras de arte y los archivos y bibliotecas.”; Que, en ese contexto, mediante Resolución Suprema Nº 022-86-ED del 30 de enero de 1986, se declaró Patrimonio Cultural de la Nación las formas coreográfi cas y musicales de La Marinera, en sus diversas variedades regionales; al considerársele como una expresión viva del Folklore Nacional; Que, según el artículo 41 de la Ley Nº 27972, los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional. En ese sentido, deviene en necesario reconocer la importancia de las expresiones culturales para el distrito de Mirafl ores, a fi n que se impulsen y lideren las acciones que permitan la declaración de La Marinera como patrimonio inmaterial de la humanidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por MAYORÍA, y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- Que el distrito de Mirafl ores impulse y lidere las acciones que conlleven a la declaración de La Marinera, como Patrimonio Inmaterial de la Humanidad. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Cultura el cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación del presente dispositivo en el portal institucional de la entidad (www.mirafl ores.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELSS Alcalde 641709-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Convocan a proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de San Martín de Porres DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2011/MDSMP San Martín de Porres, 18 de mayo del 2011 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES CONSIDERANDO: VISTO: El Memorándum Nº 193 - 2011-GPC/ MDSMP de la Gerencia de Participación Ciudadana, sobre cronograma de elecciones de representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD); y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanzas Nºs. 245-MDSMP (21. MAYO.2008) y 305-MDSMP (29.DICIEMBRE.2010) se regula los procesos de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) de San Martín de Porres, determinándose que, a través del decreto de alcaldía respectivo, se convocará a dicho proceso eleccionario y se establecerá el Cronograma de Elecciones de dichos representantes; Que mediante Informe de Visto, la Gerencia de Participación Ciudadana efectúa la propuesta de Cronograma para el cumplimiento de la Ordenanza referida, respecto a la elección de los representantes de la Sociedad Civil para el periodo 20.JUNIO.2011 – 20.JUNIO.2013; Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Participación Ciudadana; De conformidad con los artículos 20º, Inc. 6), 39, 42º y 98º de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades, así como Ordenanzas Nos. 245-MDSMP y 305-MDSMP de esta Entidad Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR al proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) de San Martín de Porres para el periodo 20.JUNIO.2011 – 20.JUNIO.2013, aprobándose el respectivo Cronograma, conforme al siguiente detalle: ETAPA FECHA (días hábiles) HORA Inscripción de las Organizaciones de la Sociedad Civil 20/05/2011 al 27/05/2011 8:30 am a 4:00 pm Publicación de las Organizaciones Inscritas 28/05/2011 Presentación de Tachas o Impugnaciones 30/05/2011 al 31/05/2011 8:30 am a 4:00 pm Resolución sobre Tachas o Impugnaciones presentadas 01/06/2011 al 02/06/2011 Publicación del Padrón Electoral 04/06/2011 Inscripción de Candidatos 06/06/2011 al 08/06/2011 8:30 am a 4:00 pm Sorteo de Miembros de Mesa y de Número de Candidatos 09/06/2011 4:30 pm en el Salón de Actos de la Municipalidad Publicación de Lista de Candidatos 10/06/2011 Charla de Capacitación por representantes de la ONPE 17/06/2011 4:30 pm en el Salón de Actos de la Municipalidad Elecciones 19/06/2011 9:00 am a 1:00 pm en el Salón de Actos de la Municipalidad