Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2011 (20/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES
Sancion MEDIDA (% UIT) COMPLEMENTARIA MORDAZA LEGAL CODIGO INFRACCION Sancion MEDIDA (% UIT) COMPLEMENTARIA

442883
MORDAZA LEGAL

CODIGO

INFRACCION

Por fumar o permitir que se fume en las areas abiertas y cerradas de los 04-129 establecimientos publicos y privados dedicados a la salud y a la educacion, en las dependencias publicas.

1 UIT

LEY Nº 28705, D.S.Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001-2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA

04-140

Por comercializar cajetillas de cigarrillos que contengan menos de diez 1 (10) unidades, incluyendo UIT el expendio unitario de cigarrillos.

Clausura temporal o suspension de licencia, segun corresponda. Decomiso de los bienes respectivos.

LEY Nº 28705, D.S.Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001-2011-SA

Por fumar o permitir que se fume en todo medio de transporte publico, incluidas las areas de embarque y 04-130 desembarque de personas 0,1 UIT y/o mercancias y medios de transporte de empresas publicas o privadas, que circulen en el distrito.

04-141 LEY Nº 28705, D.S.Nº 015-2008-SA , D.S. Nº 001-2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA

Por impedir, deteriorar o remover pruebas de 1 UIT contaminacion ambiental.

LEY Nº 28705, D.S.Nº 015-2008-SA , D.S. Nº 001-2010-SA , D.S. Nº 001-2011-SA

04-142

No exhibir o exhibir inadecuadamente los 1 UIT carteles referidos en la presente Ordenanza.

Clausura temporal o suspension de licencia, segun corresponda.

LEY Nº 28705, D.S.Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001-2010-SA , D.S. Nº 001-2011-SA

04-131

Por fumar o permitir que se fume en lugares publicos cerrados o en el interior de lugares privados donde se desarrollan actividades laborales.

1 UIT

Clausura temporal o suspension de licencia, segun corresponda.

LEY Nº 28705, D.S.Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001-2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA

Por obstruir o danar las 04-143 frases que constituyen las 0,1 UIT advertencias sanitarias.

LEY Nº 28705, D.S.Nº 015-2008-SA , D.S. Nº 001-2010-SA , D.S. Nº 001-2011-SA

04-132

Por no colocar los anuncios precisados en la presente 0,5 UIT Ordenanza.

Clausura temporal o suspension de licencia, segun corresponda.

LEY Nº 28705, D.S..Nº 015-2008-SA , D.S. Nº 001-2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA

04-133

Por no colocar carteles, segun modelos establecidos en los 0,1 UIT anexos de la presente Ordenanza, en centros de comercializacion.

Clausura temporal o suspension de licencia, segun corresponda

LEY Nº 28705, D.S.Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001-2010-SA, D.S Nº 001-2011-SA

04-134

Por vender directa o indirectamente productos de tabaco dentro de cualquier establecimiento 0,5 UIT dedicado a la salud y educacion, MORDAZA publicos o privados; asi como en las dependencias publicas.

Articulo Decimo.- Aplicacion de otras sanciones. Se podran aplicar las sanciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 001-2011-SA que modifica el Reglamento de la Ley Nº 28705. Para la aplicacion de las sanciones se observara lo previsto en el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza Nº 148 de fecha 23 de marzo de 2004, en lo que corresponda. En caso de continuidad y/o reincidencia de la conducta infractora y cuando esta constituya un peligro o riesgo para la salud, seguridad y/o tranquilidad publica, la Subgerencia de Fiscalizacion y Control, aplicara el doble de la sancion pecuniaria anteriormente impuesta y, adicionalmente, la sancion complementaria de clausura definitiva. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- La Sub Gerencia de Fiscalizacion y Control efectuara coordinaciones periodicas con el Ministerio de Salud, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI y la Comision Nacional Permanente de Lucha Antitabaquica, para realizar las inspecciones necesarias que aseguren el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Se otorga a todos los establecimientos comprendidos en la presente MORDAZA el plazo de treinta (30) dias calendario para adecuarse a las disposiciones de la Ley Nº 28705, Ley General para la Prevencion y Control de los Riesgos del Consumo de Tabaco, su Reglamento y a la presente norma; plazo que se empezara a computar desde el dia siguiente de la publicacion de este dispositivo en el Diario Oficial El Peruano. Tercera.- Incorporar en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas, aprobado por la Ordenanza Nº 148 de fecha 23 de marzo de 2004, el Regimen de Infracciones y Sanciones referidas en el articulo noveno de la presente norma; que entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Cuarta.- Aprobar los modelos de Carteles Instructivos, contenidos en el Anexo 1 y Anexo 2 que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Quinta.- Para efectos de cualquier vacio a lo contemplado en la presente Ordenanza, debera aplicarse de manera supletoria los dispositivos legales vigentes. Sexta.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuacion y mejor aplicacion de la presente Ordenanza.

LEY Nº 28705, D.S.Nº 015-2008-SA D.S. Nº 001-2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA

04-135

Por la venta y/o suministro de productos de tabaco a menores de 18 anos, sea 1 UIT para consumo propio o de terceros.

Clausura temporal o suspension de licencia, segun corresponda.

LEY Nº 28705, D.S.Nº 015-2008-SA D.S. Nº 001-2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA

04-136

Por permitir la venta de productos de tabaco a 0,1 UIT cargo de menores de 18 anos.

LEY Nº 28705, D.S.Nº 015-2008-SA , D.S. Nº 001-2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA

04-137

Por distribuir o permitir la distribucion gratuita promocional de productos 1 UIT de tabaco, a menores de 18 anos.

LEY Nº 28705, D.S.Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001-2010-SA , D.S. Nº 001-2011-SA

04-138

Por colocar suministro de maquinas expendedoras de productos del tabaco 1 UIT en lugares con acceso de menores de edad.

Clausura temporal o suspension de licencia, segun corresponda.

LEY Nº 28705, D.S.Nº 015-2008-SA D.S. Nº 001-2010-SA , D.S. Nº 001-2011-SA

04-139

Por habilitar un area para fumadores en espacios 2 publicos cerrados o que UIT incumplan con las normas prescritas.

Clausura temporal o suspension de licencia, segun corresponda.

LEY Nº 28705, D.S.Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001-2010-SA , D.S. Nº 001-2011-SA

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