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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de mayo de 2011 443364 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000009-2011, se aprueba el Reglamento del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Provincial del Callao y sus Anexos; Que, la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Municipal Nº 000009-2011, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía regule, modifi que y/o precise dicha Ordenanza, incluyendo la aprobación de formatos y el cronograma específi co para el desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados en la Provincia Constitucional del Callao; Que, de acuerdo al numeral 13.2 del artículo 13º de la citada Ordenanza Municipal, el Equipo Técnico es el responsable de organizar y ejecutar las diferentes fases del proceso de presupuesto participativo, el cual es presidido por la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización; Que, mediante el Informe de visto, la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, en su condición de presidente del Equipo Técnico, propone el cronograma para la convocatoria del Proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados de la Municipalidad Provincial del Callao, para el día 25 de mayo del 2011 y la acreditación de los Agentes Participantes del 25 de mayo al 31 de mayo del 2011; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; Decreta: Artículo Primero. Aprobar, la propuesta del Equipo Técnico encargado de desarrollar el Proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados de la Municipalidad Provincial del Callao, fi jando fecha de convocatoria para el día 30 de mayo del 2011 y el periodo de acreditación de los Agentes Participantes del 30 de mayo al 3 de junio del 2011 Artículo Segundo. Encargar al Equipo Técnico encargado de desarrollar el Proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados de la Municipalidad Provincial del Callao, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. POR TANTO: MANDO SE PUBLIQUE Y CUMPLA. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 645084-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia de la “V Enmienda del Acuerdo Operativo del Convenio para Combatir el Uso Indebido y el Tráfico Ilícito de Drogas entre la República del Perú y los Estados Unidos de América” Entrada en vigencia de la “V Enmienda del Acuerdo Operativo del Convenio para Combatir el Uso Indebido y el Tráfi co Ilícito de Drogas entre la República del Perú y los Estados Unidos de América”, formalizada mediante intercambio de Notas, Nota Nº 983 de 8 de setiembre de 2008, de la Embajada de los Estados de América en el Perú, y Nota RE (VMG-SME-DCD) Nº 6- 3/277, de 29 de setiembre de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, en la ciudad de Lima, República del Perú, ratifi cada por Decreto Supremo Nº 048-2011-RE de fecha 11 de abril de 2011, publicado el 12 de abril de 2011. Se encuentra vigente desde el 29 de setiembre de 2008. 645466-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES CON O SIN ANEXOS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, lo que deben tener en cuenta para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos: 1.- Junto a toda disposición, con o sin anexos, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete o cd rom con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. 2.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 3.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car, si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de alto x 24 cm. de ancho. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de Helvetica-Narrow 7 puntos. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete o cd rom o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL