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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de mayo de 2011 443357 estatales según lo establecido en el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas….” POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 19 MAY 2011. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 645090-1 Aprueban reajuste del Reglamento para la Zona de Reglamentación Especial Centro Comercial Camino Real del distrito de San Isidro ORDENANZA N° 1529 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de mayo del 2011, el Dictamen Nº 48-2011-MML-CDMUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; y, Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REAJUSTE DEL REGLAMENTO PARA LA ZONA DE REGLAMENTACION ESPECIAL CENTRO COMERCIAL CAMINO REAL DEL DISTRITO DE SAN ISIDRO Artículo 1°.- OBJETIVOS ESPECÍFICOS Son objetivos específi cos de la presente norma los siguientes: • Velar por el uso de la propiedad inmueble en armonía con el bien común. • Contribuir a mantener y mejorar las condiciones medio ambientales del Bosque El Olivar de San Isidro, declarado Monumento Nacional mediante Resolución Suprema Nº 557 del 16 de diciembre de 1959. • Proteger y revalorizar el entorno urbano y la calidad de las zonas residenciales adyacentes a esta Zona de Reglamentación Especial. • Velar por la calidad urbanística, ambiental y vial del Distrito. Artículo 2°.- FINALIDAD La presente norma tiene por fi nalidad establecer las características y condiciones que deberán contemplar las futuras edifi caciones en la Zona de Reglamentación Especial Centro Comercial Camino Real, así como regular el uso de sus instalaciones, de modo tal que las mismas no generen impacto negativo en las áreas vecinas residenciales, y en especial, en la Zona Monumental del Bosque de Olivos del distrito de San Isidro. El presente reajuste tiene como objetivo la rectifi cación de los límites de la ZRE Centro Comercial Camino Real en concordancia con el Artículo 9° de la Ordenanza N° 950-MML que establece que se debe exceptuar los predios ubicados con frente a la Av. Santo Toribio que están califi cados con zonifi cación RDM e incorporar dentro de este ámbito el Parque Pedro Murillo y la manzana de uso comercial adyacente al mismo, tal como se muestra en el Plano N° 01 - Plano de Sub Zonas de la Zona de Reglamentación Especial Centro Comercial Camino Real, elaborado por la Municipalidad de San Isidro y que conforma el Anexo 01 del presente documento. Artículo 3°.- AMBITO DE APLICACIÓN La presente Ordenanza será de aplicación en el área califi cada como Zona de Reglamentación Especial Centro Comercial Camino Real. Esta Zona de Reglamentación Especial está dividida en tres subzonas con características urbanas diferentes: Sub Zona “A”, Sub Zona “B” y Sub Zona “C”, tal como se muestra en el Plano N° 01 (Anexo N° 01), el cual será publicado en el portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Sub Zona A: Comprendida entre las vías, Av. Víctor Andrés Belaúnde, Av. Santo Toribio, Ca. Choquehuanca y Av. Camino Real, con excepción de los predios califi cados como Zona Residencial Densidad Media con frente a la Av. Santo Toribio. Sub Zona B: Comprendida entre las vías, Ca. Choquehuanca, Av. Santo Toribio, Ca. Lizardo Alzamora Oeste y Av. Camino Real, con excepción de los predios califi cados como Zona Residencial Densidad Media con frente a la Av. Santo Toribio. Sub Zona C: Comprendida entre las vías, Av. Camino Real, Ca. Lizardo Alzamora Este y Ca. Los Libertadores. Artículo 4°.- NORMAS ESPECÍFICAS DE LAS SUB ZONAS. Aprobar las Normas Específi cas de las Sub Zonas “A”, “B” y “C” de la Zona de Reglamentación Especial Centro Comercial Camino Real, elaboradas por la Municipalidad de San Isidro, las mismas que están contenidas en las Fichas N° 01, 02 y 03 que forman parte de la presente Ordenanza como Anexo N° 02 el cual será publicado en el portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Artículo 5°.- ÍNDICE DE USOS PARA LA UBICACIÓN DE ACTIVIDADES URBANAS Aprobar el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas de la Zona de Reglamentación Especial Centro Comercial Camino Real, elaborado por la Municipalidad Distrital de San Isidro, que forma parte de la presente Ordenanza como Anexo N° 03; el cual será publicado en el portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Artículo 6°.- ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL Y VIAL Ratifi car que los Proyectos a edifi carse en la Zona de Reglamentación Especial deberán estar sustentados en Estudios de Impacto Ambiental y Vial, que abarquen un sector urbano mayor y se orienten a mitigar las posibles afectaciones negativas de las edifi caciones y actividades, sobre las áreas vecinas residenciales y sobre el Bosque de Los Olivos de San Isidro. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Establecer que la aprobación de aquellos aspectos referidos a la regulación y reglamentación de los retiros, estacionamientos, cercos, uso de azoteas, aspectos exteriores y normas específi cas, respectivamente, que se aprueban mediante la presente Ordenanza, son facultades de competencia de la Municipalidad Distrital, de conformidad con la legislación vigente, que podrán ser precisadas por normas complementarias de acuerdo a cada caso. Segunda.- Derogar la Ordenanza Nº 1093-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 10 de diciembre del 2007, que aprobó el Reglamento para la Zona de Reglamentación Especial Centro Comercial Camino Real del Distrito de San Isidro, Departamento y Provincia de Lima. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, a los 19 MAY. 2011. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 645092-1