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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 2011 (27/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de mayo de 2011 443354 - Agencia San Román, ubicada en Jr. Sucre N° 912, esquina con Jr. Túpac Amaru N°1176-1182, lote 02 sector Barrio Túpac Amaru, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno. - Agencia La Cultura, ubicada en Lote N°2, Mz. H, Urb. Magisterial, II Etapa, distrito, provincia y departamento de Cusco. - Agencia Constitución, ubicada en Calle Real N° 505, distrito y provincia de Huancayo departamento de Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 645024-2 RESOLUCIÓN SBS Nº 6090 -2011 Lima, 17 de mayo de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú S.A. para que se le autorice el cierre de una (01) Agencia, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva y; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para el mencionado cierre; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A” mediante el Informe Nº 87 - 2011-DSB “A”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y Memorándum SABM N° 233-2011; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú S.A. el cierre de la agencia El Sol, ubicada en la Av. Próceres de la Independencia Lt. K1, Mz. 33, 34 y 35, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 645024-1 UNIVERSIDADES Autorizan la emisión de duplicado de diploma de Bachiller en Educación de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCION Nº CU-145-2011-UNSAAC Cusco, 12 de abril de 2011 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente signado con Nro. 204966, presentado por la Srta. MARIBEL DAVILA ZAMALLOA solicitando emisión de duplicado de Diploma que le confi ere el Grado Académico de Bachiller en Educación en el Programa de Complementación Académica Magisterial PROCAM, por motivo de pérdida; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nro. 28626, faculta a las Universidades Públicas y Privadas del País, expedir duplicado de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y mutilación; Que, la Institución regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU-224- 2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006; Que, la administrada por expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma que le confi ere el Grado Académico de Bachiller en Educación en el Programa de Complementación Académica Magisterial, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC, esto es 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Constancia de denuncia policial; 3) Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) Copia Certifi cada por la Secretaria General de la UNSAAC de la Resolución de Consejo Universitario que confi ere el Grado Académico de Bachiller en Educación en el Programa de Complementación Académica Magisterial; 5) Publicación de un diario de mayor circulación de la ciudad, del aviso de la pérdida del diploma; 6) Dos Fotografías tamaño pasaporte; 7) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, del Informe Nº 005-2011-GT, expedido por el Equipo de Grados y Títulos de la Oficina de Secretaría General de la Institución, se colige que la recurrente optó el Grado Académico de Bachiller en Educación en el Programa de Complementación Académica Magisterial conforme aparece en la Resolución Nº CU-1197-2001-GT, de fecha 28 de junio de 2001, encontrándose inscrita en el Libro 10, Folio 259, Diploma N°A364126 del Registro de Grados y Títulos de la UNSAAC; Que, obra en el expediente la conformidad de la Comisión de Grados y Títulos del Consejo Universitario, de fecha 22 de febrero de 2011; Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Universitario llevada a efecto el día 29 de marzo de 2011, se puso a consideración del pleno la petición presentada por Doña: Maribel Davila Zamalloa, solicitando duplicado de Diploma que le confi ere el Grado Académico de Bachiller en Educación en el Programa de Complementación Académica Magisterial de la Facultad de Educación, siendo aprobado por unanimidad; Estando a lo referido en la Ley 28626, Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC, Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR PROCEDENTE la petición presentada por la Srta. MARIBEL DAVILA ZAMALLOA sobre otorgamiento de Duplicado de Diploma que le confi ere el Grado Académico de Bachiller en Educación del Programa de Complementación Académica Magisterial de la Facultad de Educación. SEGUNDO.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DE BACHILLER EN EDUCACION, POR MOTIVO DE PÉRDIDA a favor de Doña: MARIBEL DAVILA ZAMALLOA, confi riéndole el GRADO ACADEMICO DE BACHILLER EN EDUCACION EN EL PROGRAMA DE COMPLEMENTACION ACADÉMICA MAGISTERIAL-PROCAM DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.