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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de mayo de 2011 443355 TERCERO.- DEJAR ESTABLECIDO que en el diploma a que se refi ere el numeral primero de la presente resolución, deberá consignar en el margen izquierdo el sello de DUPLICADO. CUARTO.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. QUINTO.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, bajo responsabilidad. La Ofi cina de Secretaría General y el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. VÍCTOR RAÚL AGUILAR CALLO Rector 644662-1 Autorizan emisión de duplicado de diploma de título de Arquitecta de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU-146-2011-UNSAAC Cusco, 12 de abril de 2011 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente signado con el Nº 50402, presentado por la Srta. LOURDES DANITZA CARREÑO ZEVALLOS solicitando emisión de duplicado de diploma que le confi rió el Título de Arquitecta, por motivo de deterioro; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas, a expedir duplicado de diplomas de Grados y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y/o mutilación; Que, la Institución regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU-224- 2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006; Que, la administrada por expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma que le confi rió el Título de Arquitecta, por motivo de deterioro, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC, esto es: 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 3) Copia Certifi cada por la Secretaria General de la UNSAAC, de la Resolución del Consejo Universitario por la que se le confi ere el Título Profesional, 4) Dos fotografías tamaño pasaporte; 5) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma; 6) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; 7) Diploma deteriorado; Que, del Informe Nº 001-2011-GT, expedido por el Equipo de Grados y Títulos de la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, se colige que la recurrente optó el Título de Arquitecta conforme aparece en la Resolución Nº CU-3629-2009-GT, de fecha 10 de noviembre de 2009, encontrándose inscrito en el Libro 12, Folio 1039, Diploma N°A01101559 del Registro de Grados y Títulos de la UNSAAC; Que, obra en el Expediente la confi rmación de la Comisión de Grados y Títulos del Consejo Universitaria de fecha 02-03-2011; Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Universitario llevada a efecto el día 29 de marzo de 2011, se puso a consideración del pleno la petición presentada por Doña: Lourdes Danitza Carreño Zevallos, solicitando duplicado de Diploma que le confi ere el Título de Arquitecta, siendo aprobado por unanimidad; Estando a lo referido en la Ley 28626, Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC, Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR PROCEDENTE la petición presentada por la Srta. LOUDES DANITZA CARREÑO ZEVALLOS sobre otorgamiento de duplicado de Diploma que le confi ere el Título de Arquitecta de la Facultad de Arquitectura y Artes Plásticas de la Institución. SEGUNDO.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL, POR MOTIVO DE DETERIORO a favor de Doña LOURDES DANITZA CARREÑO ZEVALLOS, confi riéndole el TÍTULO DE ARQUITECTA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. TERCERO.- DEJAR ESTABLECIDO que en el diploma a que se refi ere el numeral primero de la presente resolución, deberá consignar al margen izquierdo el sello de DUPLICADO. CUARTO.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. QUINTO.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, bajo responsabilidad. La Ofi cina de Secretaría General y el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. VÍCTOR RAÚL AGUILAR CALLO Rector 644663-1 Ratifican resolución y sancionan con cese temporal a servidores administrativos de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRIÓN RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 0239-2011-UNDAC-C. U. Cerro de Pasco, 28 de abril de 2011. VISTO: El Ofi cio Nº 0008-2011-CPPAD-UNDAC, de fecha 26 de abril de 2011 del Presidente de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos, adjunto del Informe Especial N° 001-2011-CPPAD Año 2011 “Examen Especial sobre Apertura de Proceso Administrativo Disciplinario” en contra de los servidores administrativos nombrados César Augusto Apaclla Poma, Juan Maximiliano Condezo Espinoza, Edwin Paúl Mateo Cajachahua, Jorge Efraín Yaipen Sirlopu y contra la servidora administrativa contratada Rocío Aracely Otrera Beraun por incurrir en falta de carácter administrativo, según el expediente de treinta y seis (36) folios.