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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 1 de noviembre de 2011 452633 Que, en el segundo semestre del presente año se han aprobado un conjunto de normas legales que establecen diferentes medidas destinadas a incrementar la recaudación tributaria, cuya implementación viene demandando recursos extraordinarios a la SUNAT, lo cual imposibilita culminar dentro del plazo establecido la implementación de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 156-2011-EF para ejecutar las transferencias de fondos correspondientes; Que, en consecuencia, es conveniente modifi car la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 156-2011-EF; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Vigencia del Decreto Supremo Nº 156- 2011-EF Modifíquese la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 156-2011-EF, por el texto siguiente: “Primera.- Vigencia El presente decreto supremo entrará en vigencia a partir del 01 de junio de 2012.” Artículo 2º.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintaiún días del mes de octubre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 710702-4 Autorizan Transferencia de Partidas para el pago de asignaciones económicas excepcionales a los docentes del Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente DECRETO SUPREMO N° 193-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2007-ED se creó el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente, responsable de desarrollar las acciones conducentes a mejorar la formación en servicio de los profesores de las instituciones educativas públicas a nivel nacional, bajo la responsabilidad de la Dirección Nacional de Educación Superior y Técnico Profesional del Ministerio de Educación; Que, la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, autoriza al Ministerio de Educación a otorgar una asignación económica excepcional, por el monto de DOSCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 250,00), por concepto de gasto de desplazamiento, a favor de los docentes que participen en el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente, creado mediante Decreto Supremo N° 007-2007-ED, y una asignación económica excepcional, por los montos de CIENTO CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 150,00) y DOSCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 250,00), a los docentes que logren el nivel de sufi ciente o destacado, respectivamente, en el referido programa nacional; Que, la mencionada disposición señala que el Ministerio de Educación transfi ere, mediante Decreto Supremo, los recursos correspondientes a los Gobiernos Regionales vía modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por un monto de NUEVE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 000 000,00), sin que dicha asignación excepcional constituya base de cálculo para el reajuste de las bonifi caciones que establece el Decreto Supremo N° 051-91-PCM, para la Compensación por Tiempo de Servicios o cualquier otro tipo de bonifi caciones, asignaciones o entregas; Que, mediante Ofi cio N° 631-2011-ME/SG, el Ministerio de Educación solicita la aprobación de un proyecto de Decreto Supremo que autoriza, entre otros, la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, a favor de los Gobiernos Regionales, con cargo a los recursos asignados al Ministerio de Educación, para fi nanciar el pago de la asignación económica excepcional por concepto de desplazamiento y logros en los niveles sufi ciente y destacado, para los docentes participantes del Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente de ámbitos regionales y locales; Que, la base de datos nominal de docentes benefi ciarios de las asignaciones mencionadas remitida por el Ministerio de Educación, ha sido revisada en el marco de lo dispuesto por la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29626 y de acuerdo a los registros del Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, lográndose validar el registro nominal de 9 108 docentes a quienes corresponde la asignación económica excepcional por concepto de Desplazamiento por la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 277 000,00); así como 7 634 docentes a quienes corresponde el concepto de Logros por la suma de UN MILLÓN TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 395 250,00); haciendo un total de TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 672 250,00) a ser transferidos en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 29626; Que, en el marco de lo dispuesto en la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29626, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar el pago de las asignaciones económicas excepcionales por concepto de desplazamiento y logros, a los docentes que lo ameriten y que forman parte del Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente; Que, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación, mediante Informe N° 0187-2011-ME/SPE-UP, ha considerado técnicamente factible la aprobación de la modifi cación presupuestal que permitirá habilitar los recursos para la Transferencia de Partidas solicitada con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación; De conformidad con lo establecido por la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2011 y la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto 1.1 Autorícese una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 672 250,00), para cubrir el pago de las asignaciones económicas excepcionales por Desplazamiento y Logros, de los docentes que participaron en el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación FUNCIÓN 22 : Educación PROGRAMA FUNCIONAL 047 : Educación Básica SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0103 : Educación Inicial ACTIVIDAD 1.043724 : Niñas y niños con competencias básicas al concluir el II ciclo