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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (01/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 1 de noviembre de 2011 452628 Vivienda, Construcción y Saneamiento a los poseedores que no tengan la calidad de damnifi cados por los sismos del 15 de agosto de 2007 y que acrediten los requisitos establecidos en los literales b) y c) del párrafo 3.2.1 precedente. 3.3 Cofopri ejecuta, en las zonas a que se refi ere el párrafo 3.2, los procedimientos administrativos de declaración y regularización de propiedad en el marco de la Ley 28687, Ley de desarrollo y complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos, y el artículo 4 de la Ley 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos. Mediante reglamento se establecen los procedimientos especiales adicionales que sean necesarios para la formalización de los citados predios. Artículo 4. Saneamiento físico legal en los terrenos expropiados al amparo de la Ley 29398 El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) ejecuta las acciones de saneamiento físico legal y titulación de los poseedores damnifi cados que han sido reubicados en los terrenos a que se refi ere la Ley 29398, Ley que autoriza la expropiación de terrenos ubicados en el sector Alto El Molino, en el distrito y provincia de Pisco, departamento de Ica. La titulación de los lotes con fi nes de vivienda es a título gratuito. Para el inicio de las acciones de saneamiento físico legal, se debe haber efectuado el pago del respectivo justiprecio, concluido el proceso judicial de expropiación e inscrito el derecho de propiedad a nombre de la municipalidad provincial. La municipalidad provincial remitirá al Cofopri el padrón de benefi ciarios de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 de la Ley 29398, dentro de los treinta (30) días calendario de entrada en vigencia de la presente Ley; en su defecto, se faculta al Cofopri a aplicar lo previsto en el artículo 3 de la presente Ley, en lo que corresponda. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. Facultad reglamentaria El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dicta las disposiciones reglamentarias que fueran necesarias para el cumplimiento de la presente Ley. Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación. En Lima, a los once días del mes de octubre de dos mil once. DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF Presidente del Congreso de la República YEHUDE SIMON MUNARO Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintaiún días del mes de octubre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 710702-3 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de Presidente Ejecutivo de DEVIDA para participar en sesiones de la CICAD, a realizarse en Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 318-2011-PCM Lima, 31 de octubre de 2011 VISTO, la Carta Nº OEA/SMS/CICAD-N102/11, del 23 de setiembre de 2011, remitida por la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas - CICAD; CONSIDERANDO: Que, del 2 al 4 de noviembre de 2011, se llevará a cabo en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, el “Quincuagésimo Período Ordinario de Sesiones de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas - CICAD”; Que, en la citada reunión, se abordarán, entre otros temas, aspectos relacionados con la Reducción de la Oferta de las drogas, para cuyo efecto se expondrá sobre el Sistema de la Ofi cina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito - UNODC para el control de precursores químicos y el tránsito de los mismos; Que, asimismo, en la referida sesión se expondrá el informe sobre la Primera Sesión del Grupo de Expertos Gubernamentales, lo que permitirá el intercambio de información y experiencias respecto a las medidas sobre la lucha contra el tráfi co ilícito de drogas, reforzándose de esta manera la cooperación multilateral; Que, resulta de interés nacional e institucional la participación del señor Ricardo Antonio Soberón Garrido, Presidente Ejecutivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, en la citada sesión; Que, los gastos por concepto de pasajes que incluye la tarifa unifi cada por uso de aeropuerto, y viáticos del citado funcionario serán asumidos con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, del Pliego de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; De conformidad con la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Ricardo Antonio Soberón Garrido, Presidente Ejecutivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 1 al 4 de noviembre de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, del Pliego de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluye TUUA) US$ 1,224.24 Viáticos US$ 800.00 (3 días de evento + 1 día de instalación a US$ 200.00 x día)