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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 1 de noviembre de 2011 452634 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 430 000,00 SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0104 : Educación Primaria ACTIVIDAD 1.040792 : Capacitación a docentes FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 127 250,00 ACTIVIDAD 1.113757 : Niñas y niños con competencias básicas al concluir el III ciclo FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 463 700,00 SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0105 : Educación Secundaria ACTIVIDAD 1.040792 : Capacitación a docentes FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 651 300,00 TOTAL EGRESOS 3 672 250,00 A LA: SECCION SEGUNDA : Instancias descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 3 672 250,00 TOTAL EGRESOS 3 672 250,00 1.2 Los pliegos habilitados en la Sección Segunda del presente artículo, así como los montos de transferencia por pliego y por fuente de fi nanciamiento se detallan en los Anexos “1 Asignación Económica Excepcional por Desplazamiento - PRONAFCAP 2011” y “2 Asignación Económica Excepcional por Logros - PRONAFCAP 2011” que forman parte del presente Decreto Supremo, los cuales se publican en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, así como a la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Pago de las asignaciones y la relación de docentes benefi ciarios La Ofi cina General de Administración de los pliegos habilitados y las Direcciones Regionales de Educación, velarán por el control y estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente dispositivo legal, para lo cual la Dirección de Educación Superior Pedagógica del Ministerio de Educación publicará en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), la relación nominada de docentes benefi ciarios y remitirá a los pliegos habilitados y a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces la citada relación nominada. Artículo 4º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintaiún días del mes de octubre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 710704-1 EDUCACION Autorizan viaje de Viceministro de Gestión Institucional para participar en eventos que se llevarán a cabo en Chile RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 042-2011-ED Lima, 31 de octubre de 2011 Vistos, la Carta Nº 09/500 del 12 de octubre de 2011 y la invitación cursada por la Sub Directora de Relaciones Internacionales del Ministerio de Educación de la República de Chile; y, CONSIDERANDO Que, el Ministro de Educación de la República de Chile, remite invitación a la señora Ministra de Educación, a fi n de que participe en la III Reunión de Ministros del Grupo de Trabajo Especializado de Educación, del Consejo Suramericano de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología e Innovación (COSECCTI) de la Unión de Naciones Suramericanas - UNASUR, que se realizará el 4 de noviembre de 2011, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; Que, los Ministros de Educación del continente evaluarán los resultados de las distintas actividades realizadas en el marco de la Presidencia del Grupo de Trabajo Especializado de Educación de la Unión de Naciones Suramericanas - UNASUR por parte de la República de Chile, así como informarse de los desafíos futuros de esta importante instancia de coordinación regional en el ámbito de la educación; Que, asimismo, en el marco de la citada reunión, se llevará a cabo el 3 y 4 de noviembre de 2011 el “Seminario sobre Calidad y Equidad en la Educación”; Que, el Despacho Ministerial aprobó la asistencia del señor Fernando Bolaños Galdos, Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación a los citados eventos; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal Nº 010: Ministerio de Educación; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807; y en su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM modifi cado por el Decreto Supremo Nº 050-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Fernando Bolaños Galdos, Viceministro de Gestión Institucional del