Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2011 (01/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, martes 1 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

452625

LEY Nº 29799
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE PROMUEVE LA INTERVENCION DE LAS ENTIDADES DE LOS GOBIERNOS NACIONAL, REGIONAL Y LOCAL EN LAS ZONAS AFECTADAS POR LOS SISMOS DEL 15 DE AGOSTO DE 2007
Articulo 1. Ejecucion de proyectos de inversion de rehabilitacion, reconstruccion y construccion 1.1 Las entidades de los gobiernos nacional, regional y local, que en el MORDAZA de sus competencias ejecutan proyectos de inversion publica en las provincias de Canete y Yauyos de la region MORDAZA Provincias, region de Ica, provincias de Huaytara y Castrovirreyna y los distritos de Manta y Acobambilla en la provincia de Huancavelica, de la region de Huancavelica, afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007, se rigen por la presente norma. 1.2 Los proyectos de inversion publica a que alude el parrafo anterior, estan referidos a la rehabilitacion, reconstruccion y construccion de la infraestructura de comunicaciones, vial, riego, de energia electrica, saneamiento, habilitaciones urbanas, viviendas, centros educativos, hospitales, postas medicas y otros servicios publicos. 1.3 Los proyectos de inversion se establecen mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento y los ministros de los sectores competentes. 1.4 La ejecucion de los proyectos de inversion se efectua en el MORDAZA de los planes aprobados por las autoridades competentes, de acuerdo al articulo 4 de la presente MORDAZA, y con cargo a los respectivos presupuestos institucionales de las entidades citadas en el parrafo 1.1. Articulo 2. Contrataciones La contratacion de obras para la ejecucion de los proyectos de inversion a que se refiere el articulo precedente se sujeta al procedimiento previsto en la primera disposicion complementaria del Decreto de Urgencia 054-2011, Establecen medidas excepcionales para agilizar la ejecucion de proyectos de inversion publica y otras medidas. Articulo 3. Sistema Nacional de Inversion Publica 3.1 El ultimo parrafo del articulo 8 de la Ley 29078, Ley que crea el Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007, denominado "FORSUR", es de aplicacion para la ejecucion de los proyectos de inversion publica que tengan por finalidad la rehabilitacion y reconstruccion de infraestructura publica danada por los sismos del 15 de agosto de 2007. 3.2 La declaratoria de viabilidad de los proyectos de inversion publica que tengan por fin la construccion de infraestructura publica se otorga con un estudio a nivel de perfil, conforme a los contenidos minimos establecidos por la normativa del Sistema Nacional de Inversion Publica. Articulo 4. Priorizacion de proyectos El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento prioriza los proyectos que se ejecutan en el MORDAZA de la presente Ley, para lo cual articula, con las entidades publicas de los gobiernos nacional, regional y local, las inversiones sectoriales en las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007. Articulo 5. Asesoramiento y asistencia tecnica Facultase al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a lo siguiente: a. Realizar el seguimiento del cumplimiento de los planes a los que hace referencia el parrafo 1.4 del articulo 1 de la Ley, para lo cual las entidades ejecutoras son responsables de brindar la informacion que le fuera requerida. Brindar asesoramiento y apoyo tecnico a los gobiernos locales de las zonas afectadas para la

LEY QUE MODIFICA LA LEY 25342, MODIFICADA POR LEY 27794, Y ESTABLECE EL 5 DE OCTUBRE COMO EL DIA DE LA MEDICINA PERUANA
Articulo unico. Objeto de la Ley Modificase la Ley Nº 25342, modificada por Ley Nº 27794, Ley que declara Heroe Nacional, MORDAZA y Maestro de la Medicina Peruana a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en los terminos siguientes: "Articulo 1. Objeto de la Ley Declarase Heroe Nacional, MORDAZA y Maestro de la Medicina a don MORDAZA MORDAZA Carrion. Articulo 2. Dia de la Medicina Peruana Establecese el 5 de octubre de cada ano Dia de la Medicina Peruana. Articulo 3. Actividades conmemorativas En el Dia de la Medicina Peruana, los colegios profesionales y demas instituciones publicas y privadas, vinculadas con la educacion, salud y medicina a nivel nacional, realizan actividades conmemorativas a la fecha. Articulo 4. Publicacion del Diario de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargase al Congreso de la Republica la publicacion, en el MORDAZA del Congreso de la Republica, del Diario de la Enfermedad y Muerte del Heroe Nacional, MORDAZA y Maestro don MORDAZA MORDAZA Carrion." Comuniquese al senor Presidente Constitucional de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los doce dias del mes de octubre de dos mil once. MORDAZA ABUGATTAS MAJLUF Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LAMA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de octubre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 710653-7

LEY Nº 29800
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

b.

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