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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de noviembre de 2011 453469 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Establecen zonas epizoóticas, enzoóticas y de bajo riesgo de Peste Porcina Clásica a nivel nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 348-2011-AG-SENASA La Molina, 15 de noviembre de 2011 VISTO: El Informe Técnico N° 008-2011-AG-SENASA-DSA- SCEE de fecha 6 de setiembre de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º del Decreto Legislativo N° 1059 que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria establece entre sus objetivos, la prevención, el control y la erradicación de plagas y enfermedades en vegetales y animales, que representan riesgo para la vida, la salud de las personas y los animales y la preservación de los vegetales; Que, el artículo 10º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, indica que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA establecerá los procedimientos y criterios para la priorización y ofi cialización de las campañas fi to y zoosanitarias; Que, conforme a lo normado en el artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, el SENASA tiene por fi nalidad reducir los impactos directos e indirectos de las principales plagas y enfermedades presentes en la producción agraria, así como proteger el patrimonio agrosanitario del ingreso o dispersión de plagas y enfermedades reglamentadas y del incremento de plagas y enfermedades de importancia económica; asimismo, el inciso i) del artículo 5º del mencionado Reglamento establece como una de las funciones del SENASA, la de promover la suscripción y asegurar el cumplimiento de convenios con instituciones nacionales y extranjeras, de los sectores público y privado, destinados a la promoción de la sanidad agraria; Que, el Decreto Supremo Nº 002-2010-AG, que aprueba el Reglamento del Sistema Sanitario Porcino, en su artículo 7º considera que el SENASA, en base al estudio de caracterización existente, establecerá, mediante Resolución Jefatural, las zonas enzoóticas, epizoóticas y de otra naturaleza de las enfermedades de porcinos de importancia económica en el país, que tendrá una vigencia de cinco (05) años a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Las Direcciones Ejecutivas, mediante informe epidemiológico dirigido al órgano de línea competente, propondrán, de estimarlo conveniente, la modifi cación de esta condición, dentro de los treinta (30) primeros días de cada año; Que, mediante el Informe del visto, la Subdirección de Control y Erradicación de Enfermedades manifi esta que la Peste Porcina Clásica es una enfermedad de comportamiento enzoótico en el ámbito nacional, representando un riesgo para la población porcina no vacunada; por lo que se recomienda establecer las zonas o áreas epizoóticas, enzoóticas y de bajo riesgo de Peste Porcina Clásica; Que, el SENASA, a través de la Dirección de Sanidad Animal, viene ejecutando el proyecto “Control y Erradicación de Enfermedades en Porcinos” a nivel nacional, incluyendo dentro de sus actividades la educación sanitaria de los productores, vigilancia epidemiológica y la vacunación del ganado porcino susceptible a la enfermedad; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1059, el Decreto Supremo Nº 008-2005- AG, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 002-2010-AG; y con el visado de la Dirección de Sanidad Animal y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE Artículo 1º.- Establecer las zonas epizoóticas, enzoóticas y de bajo riesgo de Peste Porcina Clásica a nivel nacional, según se indica en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, el cual estará publicado en el portal institucional del SENASA: (www.senasa.gob.pe) Artículo 2º.- Las Direcciones Ejecutivas del SENASA en sus respectivos ámbitos adoptarán las medidas y acciones conducentes a controlar y minimizar los factores de riesgo relacionados con la dinámica de la Peste Porcina Clásica; y asimismo, mediante informe epidemiológico dirigido al órgano de línea competente, propondrán, de estimarlo conveniente, la modifi cación de la condición establecida en el Artículo 1º de la presente Resolución Jefatural, dentro de los treinta (30) primeros días de cada año. Regístrese, comuníquese y publíquese OSCAR M. DOMINGUEZ FALCON Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 717151-1 Dan por concluida designación de Director de la Estación Experimental Agraria “Vista Florida” - Lambayeque del INIA INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACION AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 00363-2011-INIA Lima, 16 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Jefatural N° ҏ00327-2011- INIA, de fecha 12 de octubre de 2011, se designó, al Ing. Agron. Miguel Eduardo Monsalve Aita como Director de la Estación Experimental Agraria “Vista Florida” – Lambayeque del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA; Que, el cargo de Director de Estación Experimental Agraria, se encuentra considerado como “cargo de confi anza” a que se refi ere los artículos 43° y 44° del Decreto Supremo N° 003-97-TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, dispositivo legal aplicable al personal de este Instituto Nacional por mandato del Decreto Legislativo Nº 1060, Decreto Legislativo que regula el Sistema Nacional de Innovación Agraria; Que, la Jefatura del INIA ha decidido concluir la designación del Ing. Agron. Miguel Eduardo Monsalve Aita como Director de la Estación Experimental Agraria “Vista Florida” - Lambayeque, dándole las gracias por los servicios prestados a la institución; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158, la Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, Ley Nº 27594, y la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Legislativo Nº 997, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, y el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2005-AG modifi cado por el Decreto Supremo N° 027-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida, con efectividad al 30 de noviembre de 2011, la designación del Ing. Agron. Miguel Eduardo Monsalve Aita como Director de la Estación Experimental Agraria “Vista Florida” – Lambayeque del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, dándole las gracias por los servicios prestados a la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. J. ARTURO FLÓREZ MARTÍNEZ Jefe 717778-1