Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (18/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de noviembre de 2011 453479 VISTA: La Carta de Renuncia de fecha 10 de noviembre de 2011, presentada por la abogada Rosario Esther Tapia Flores - Directora General de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 113-2011-J- OPE/INS de fecha 30 de marzo de 2009, se designó a la abogada Rosario Esther Tapia Flores en el cargo de Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, Nivel F-4 del Instituto Nacional de Salud; Que, la citada profesional, mediante documento de visto ha presentado renuncia al cargo de Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, Nivel F-4 del Instituto Nacional de Salud, por lo que resulta pertinente aceptar la misma y proceder a realizar las acciones de personal para garantizar el normal desarrollo de las actividades institucionales; Con el visto bueno del Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y De conformidad con lo establecido en el artículo 77º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y lo dispuesto en los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y, En uso de las atribuciones establecidas en el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia, a partir del 21 de noviembre de 2011, de la abogada Rosario Esther Tapia Flores, al cargo de Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, Nivel F-4 del Instituto Nacional de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a partir del 21 de noviembre de 2011, a la abogada Kirla Echegaray Alfaro en el cargo de Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, Nivel F-4 del Instituto Nacional de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PERCY LUIS MINAYA LEÓN Jefe 717100-1 ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Aprueban Directiva que establece “Normas para el empadronamiento, verificación, levantamiento de contingencias y calificación dentro del proceso de formalización individual’’ (Se publican las presentes resoluciones a solicitud del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal- COFOPRI, mediante Ofi cio N° 303-2011-COFOPRI/ UTDA, recibido el 17 de noviembre de 2011) RESOLUCIÓN DE SECRETARIA GENERAL N° 047-2009-COFOPRI/SG Lima, 24 de julio de 2009 VISTO: El informe Nº 110-2009-COFOPRI-DND de fecha 21 de mayo de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley N° 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI; de acuerdo con la Segunda Disposición Complementaria de la Ley N° 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI como instrumento técnico que organiza la Estructura Orgánica de la Entidad, conteniendo las funciones generales de ésta y las especifi cas de cada uno de sus Órganos y Unidades Orgánicas, y que establece en su artículo 9 que el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestal de COFOPRI; Que, mediante Resolución Directoral Nºs. 055- 2007-COFOPRI/DE de fecha 23 de agosto del 2007, se delega en la Secretaría General la función de la Dirección Ejecutiva de COFOPRI, referida a la aprobación de directivas y normas técnico-administrativas para mejorar la calidad de los servicios púbicos que brinda la Entidad, prevista en el literal c) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA; Que, a través de los Decretos Supremos Nº 015 y 023-2008-VIVIENDA, se han modifi cado disposiciones del Reglamento de Formalización de la Propiedad, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, y el Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 006- 2006-VIVIENDA, relacionados con el empadronamiento y la califi cación de predios que son materia de las acciones de de formalización de la propiedad; Que, atendiendo a las modifi caciones antes referidas, resulta necesario disponer la aprobación de los lineamientos que permitan a las diferentes Ofi cinas Zonales y a los Órganos de línea de COFOPRI, ejecutar de manera uniforme los procedimientos de formalización en los lotes antes referidos; Estando a lo dispuesto y con el visado de las Direcciones de Formalización Individual, Normalización y Desarrollo y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 010- 2009-COFOPRI, “Normas para el empadronamiento, verifi cación, levantamiento de contingencias y califi cación dentro del proceso de formalización individual’’, que como anexo forma parle integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- La presente resolución deberá publicarse en la página web de la Entidad. Artículo Tercero.- Notifíquese la presente resolución a los órganos estructurados de COFOPRI. Artículo Cuarto.- La presente resolución entrará en vigencia el mismo día de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANGEL CANDELA GÓMEZ DE LA TORRE Secretario General COFOPRI 718201-3 Aprueban Directiva “Lineamientos para la Aplicación de las Disposiciones sobre Prevalencia de la Información Catastral, Tolerancias Catastrales y Registrales Permisibles, así como para la Expedición y Aprobación de Planos” RESOLUCIÓN DE SECRETARIA GENERAL N° 008-2011-COFOPRI/SG Lima, 14 de febrero de 2011 VISTO: Los Informes Nºs 161-2010-COFOPRI-DND y 214- 2010-COFOPRI-DND, de fechas 17 de setiembre y 15 de diciembre de 2010, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal,