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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de noviembre de 2011 453473 económica y fi nanciera para mantener y proponer el dinamismo de la economía nacional, entre las cuales se encuentran medidas en materia de mantenimiento en infraestructura y equipos, aprobándose un crédito suplementario hasta por la suma de S/. 129’296,209.00 (Ciento veintinueve millones doscientos noventa y seis mil doscientos nueve y 00/100 nuevos soles), para destinarlos a gastos de mantenimiento de las instituciones educativas públicas a nivel nacional, que garanticen condiciones mínimas de salubridad y seguridad a cargo del Ministerio de Educación, recursos que son transferidos de manera directa hasta el mes de noviembre de 2011 a cada director de la institución educativa pública, bajo la modalidad de subvenciones; Que, el artículo 22.2 del citado Decreto de Urgencia dispone que mediante resolución del Titular del sector Educación y en un plazo no mayor a los veinte (20) días calendario a partir de la vigencia de la presente norma, se aprueben medidas complementarias, que incluyan la distribución, responsabilidades, procedimiento de rendición de cuentas, comités veedores, plazos, cronogramas, entre otros aspectos, así como los mecanismos de seguimiento y evaluación del mantenimiento de la infraestructura y equipamiento; Que, a través de los Informes Nº 622-2011-ME/ VMGI-OINFE y Nº 043-2011-ME/VMGI-OINFE- MANTENIMIENTO/LMBF, Memorando Nº 7096-2011- ME/VMGI-OINFE e Informe Nº 045-2011-ME-VMGI- MANTENIMIENTO/LMBF, la Ofi cina de Infraestructura Educativa ha propuesto el proyecto de Directiva que aprueba las “Normas para la ejecución del mantenimiento de los locales de las instituciones educativas públicas a nivel nacional -2011” que contiene las normas complementarias para la ejecución del mantenimiento de instituciones educativas, aprobado y fi nanciado mediante Decreto de Urgencia Nº 058-2011; y De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto de Urgencia Nº 058-2011 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 047-2011-ME/ VMGI “Normas para la ejecución del mantenimiento de los locales de las instituciones educativas públicas a nivel nacional -2011”, la misma que en único anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3.- Disponer que la Ofi cina de Prensa y Comunicaciones del Ministerio de Educación publique la presente Resolución y su Anexo en la dirección electrónica: http://www.minedu.gob.pe/normatividad/resoluciones. php del Portal de Internet del Ministerio de Educación, sin perjuicio de las demás acciones para su difusión, las que serán promovidas por la Ofi cina de Infraestructura Educativa. Regístrese, comuníquese y publíquese, PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 718195-1 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Designan miembro del Comité de Coordinación Multisectorial de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 420-2011-MIMDES Lima, 17 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 11 y 13 de la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, el Comité de Coordinación Multisectorial de la APCI, es una instancia de enlace y coordinación para fortalecer los espacios de concertación y diálogo de la política y gestión de la cooperación internacional, siendo conformado, entre otros, por los Directores o Jefes de las Ofi cinas responsables de la cooperación técnica de los Ministerios o quienes hagan sus veces; Que, el inciso b) del artículo 52 del Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, dispone que los directores o jefes de las ofi cinas responsables de cooperación de los Ministerios o quienes hagan sus veces, que conformen el Comité de Coordinación Multisectorial de la APCI, serán designados por Resolución del titular de la entidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 318-2011- MIMDES se encargó a la señorita Carmen Augustina Ledesma Calderón Gamarra, el puesto de Jefa de la Ofi cina de Cooperación Internacional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, en consecuencia resulta necesario designar a la Jefa (e) de la Ofi cina de Cooperación Internacional como integrante del Comité de Coordinación Multisectorial antes mencionado, en representación del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, la Ley Nº 29597, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2004- MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la señorita CARMEN AUGUSTINA LEDESMA CALDERÓN GAMARRA, Jefa (e) de la Ofi cina de Cooperación Internacional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, como miembro del Comité de Coordinación Multisectorial de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI. Regístrese, comuníquese y publíquese. AÍDA GARCÍA NARANJO MORALES Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 717805-1 Constituyen Comisión de Transferencia de bienes, personal, acervo documentario y otros del Programa Piloto de Asistencia Solidaria con el adulto mayor “Gratitud”, al Programa “Pensión 65” de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 421-2011-MIMDES Lima, 17 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 059-2010 se creó el Programa Piloto de Asistencia Solidaria con el adulto mayor: “Gratitud”, administrado por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, por Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros, para otorgar subvenciones económicas a los adultos en condición de extrema pobreza a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 056-2011 se dictaron las disposiciones económicas y fi nancieras para la ejecución del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”;