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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de octubre de 2011 451021 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de Primera Vicepresidenta de la República y de Asesora en visita de trabajo a la República de Cuba RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 288-2011-PCM Lima, 01 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, atendiendo una invitación del Gobierno cubano, y por encargo del señor Presidente de la República, la señora Marisol Espinoza Cruz, Primera Vicepresidenta de la República realizará una visita de trabajo a la República de Cuba, del 03 al 06 de octubre del 2011, acompañada de una delegación multisectorial para tratar diversos aspectos de la agenda bilateral en materia de cooperación; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el viaje correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Marisol Espinoza Cruz, Primera Vicepresidenta de la República, a la ciudad de La Habana, República de Cuba, del 03 al 06 de octubre de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos de pasajes aéreos, incluyendo la TUUA, que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo al Pliego de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Marisol Espinoza Cruz 941.61 Artículo 3.- Los gastos de alojamiento, alimentación y transporte local serán cubiertos por la República de Cuba, conforme a la invitación recibida. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria deberá presentar, ante la entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 5.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 698212-2 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 289-2011-PCM Lima, 01 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, la señora Marisol Espinoza Cruz, Primera Vicepresidenta de la República, realizará una visita de trabajo a la República de Cuba, del 03 al 06 de octubre de 2011, acompañada de una delegación multisectorial para tratar diversos aspectos de la agenda bilateral en materia de cooperación; Que, la señora Carmen Delia Lovera Fernández, Asesora de la Primera Vicepresidenta de la República, formará parte de la referida delegación, por lo que resulta necesario autorizar el viaje correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Carmen Delia Lovera Fernández, Asesora de la Primera Vicepresidenta de la República, a la ciudad de La Habana, República de Cuba, del 03 al 06 de octubre de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos de pasajes aéreos, incluyendo la TUUA, que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo al Pliego de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Carmen Delia Lovera Fernández 941.61 Artículo 3.- Los gastos de alojamiento, alimentación y transporte local serán cubiertos por la República de Cuba, conforme a la invitación recibida. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria deberá presentar, ante la entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 5.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 698212-3 AGRICULTURA Encargan funciones que corresponden a Direcciones de diversas Autoridades Administrativas del Agua y en la Administración Local del Agua Ica RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 666 -2011-ANA Lima, 30 de setiembre de 2011