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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de octubre de 2011 451027 Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 698212-6 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 418-2011 DE/ Lima, 1 de octubre de 2011 Visto, el ofi cio N° VCM-2011 -051 -OF con fecha 25 julio de 2011, de la Viceministra de Defensa, del Ministerio de Defensa Nacional de la República del Ecuador, mediante el cual comunica la realización de las actividades del Plan de Acción 2010-2011: 3.a “Gestionar la consolidación del diagnóstico de la industria y tecnología de la Defensa” y 3.c “Desarrollar e implementar el Sistema integrado de información sobre industria y tecnología de la Defensa”. CONSIDERANDO: Que, las Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores de la Unión de Naciones Suramericanas - UNASUR, en la reunión llevada a cabo el 25 de diciembre de 2010 en Georgetown - Guyana, realizaron la distribución de la presidencias de los Consejos Sectoriales y Grupos de Trabajo de la UNASUR en cumplimiento con el Artículo 5° del Tratado Constitutivo de la UNASUR, habiéndose encargado el Consejo de Defensa Suramericano - CDS al Perú, asumiendo el Ministerio de Defensa la Presidencia Pro Tempore del mencionado organismo; Que, estando a lo señalado en el documento del visto, es necesario designar a dos representantes del Ministerio de Defensa para que viajen a la ciudad de Quito -Ecuador, a fi n de participar en la “Reunión Técnica para confeccionar Bases del Sistema Interactivo de UNASUR”, así como “Desarrollar e Implementar el Sistema Integrado de información sobre Industria y Tecnología de la Defensa”, en el marco de la UNASUR: Que, el viaje que se autoriza, fue incluido mediante Resolución Suprema N° 252-2011-DE del 22 de junio de 2011 como ítem 149 en el Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, del Anexo 01 (RO) del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Año Fiscal 2011, aprobado con Resolución Suprema N° 015- 2011 DE/SG de 13 de enero de 2011, y modifi cado con Resolución Suprema N° 385-2011 DE/SG del 15 de septiembre de 2011: De conformidad con la Ley N° 29605 -Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo 001- 2011-DE/ del 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; la Ley N° 27619 -Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 - Determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al Exterior en Comisión de Servicio, del Teniente Coronel EP Miguel Ángel DEL POZO MATA y del EC Eduardo Alfonso FEBRERO CABREJOS, de la Dirección Ejecutiva del Consejo de Defensa Suramericano - CDS, del 03 al 05 de octubre de 2011, para que participen en la “Reunión Técnica para confeccionar Bases del Sistema Interactivo de UNASUR”, así como “Desarrollar e implementar el Sistema Integrado de información sobre Industria y Tecnología de la Defensa”, en el marco de la UNASUR, que se realizará en la ciudad de Quito, República del Ecuador. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Administración General efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima - Quito - Lima): US$ 696.00 x 2 persona. (Incluye TUUA) Viáticos: US$ 200.00 x 2 personas x 3 días Artículo 3°.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del referido plazo cumplirán también con presentar la correspondiente rendición de cuentas, conforme a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM. Artículo 4°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 698212-7 Declaran vacantes para el ascenso de Oficiales Generales, Superiores y Subalternos de Armas y Servicios y cambio de condición Promoción 2012, en el Ejército del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 993 DE/EP Lima, 30 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29108 - Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, Ley Nº 29404 que modifi ca el Artículo 7º de la Ley Nº 29108 y el Decreto Supremo N° 011-2008 que aprueba el reglamento de la Ley, establecen las normas que rigen la declaratoria de vacantes, para el ascenso de Ofi ciales en cada grado; Estando a lo recomendado por el Director de Personal del Ejército, a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General del Ejército y a lo opinado por el Comandante General del Ejército;