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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de octubre de 2011 451022 CONSIDERANDO: Que, según el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-2010-AG, las Autoridades Administrativas del Agua son órganos desconcentrados de la Autoridad Nacional del Agua, que dirigen en sus respectivos ámbitos territoriales, la gestión de los recursos hídricos, en el marco de las políticas y normas dictadas por el Consejo Directivo y Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua; Que mediante Resoluciones Jefaturales Nº 312- 2010-ANA, Nº 049-2010-ANA, Nº 574-2010-ANA y Nº 596-2011-ANA, se encargaron las funciones de las Direcciones de las Autoridades Administrativas del Agua de Jequetepeque – Zarumilla, Caplina - Ocoña, Cháparra - Chincha y Marañón, respectivamente; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 011-2010- ANA, se encargó las funciones de la Administración Local del Agua de Ica; Que, se ha visto por conveniente, dar por concluidas las encargaturas conferidas con las Resoluciones señaladas en los considerandos precedentes, y en consecuencia encargar a los nuevos profesionales que asuman las funciones de las referidas Direcciones de las Autoridades Administrativas del Agua y Administración Local del Agua; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, la Jefatura de dicha entidad está facultada transitoriamente, para encargar mediante Resolución Jefatural, las funciones de las Direcciones de las Autoridades Administrativas del Agua y Administraciones Locales del Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluidas, a partir de la fecha, las encargaturas de funciones en las Direcciones de las Autoridades Administrativas del Agua, que fueron otorgadas a los profesionales que se indican a continuación, dándoseles las gracias por los servicios prestados: AUTORIDAD ADMNISTRATIVA DEL AGUA PROFESIONAL ENCARGADO RESOLUCIÒN DE ENCARGATURA Jequetepeque – Zarumilla Jaime Alberto Cuzquén Cabrejos R.J. Nº 312-2010- ANA Caplina - Ocoña Miguel Enrique Fernández Mares R.J. Nº 049-2010- ANA Chàparra - Chincha Andrés Javier García Quispe R.J. Nº 574-2010- ANA Marañón Andrés Emiliano Calderón Casana R.J. Nº 596-2011- ANA Artículo Segundo.- Encargar, a partir de la fecha, las funciones que corresponden a las Direcciones de las Autoridades Administrativas del Agua, a los profesionales siguientes: AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DEL AGUA PROFESIONAL ENCARGADO Jequetepeque - Zarumilla Amberli Olano Chávez Caplina - Ocoña Ronal Hamilton Fernández Bravo Cháparra - Chincha Edson Ríos Villagómez Marañón Salomón Segundo Quiróz Villanueva Artículo Tercero.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la encargatura de funciones en la Administración Local del Agua Ica, que fue otorgada al señor Julio César Chávez Cárdenas, mediante la Resolución Jefatural Nº 011-2010-ANA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Cuarto.- Encargar, a partir de la fecha, las funciones de la Administración Local del Agua Ica, al señor Ernesto Edilberto Manrique Ramos, en adición a sus funciones como encargado de la Administración Local del Agua Río Seco. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua 698155-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viajes de representantes del Ministerio para participar en eventos a realizarse en Ecuador y Argentina RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 275-2011-MINCETUR/DM Lima, 15 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, la V Reunión de la Comisión Binacional Perú- Ecuador de Lucha Contra el Contrabando, se llevará a cabo en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 6 al 7 de octubre de 2011; Que, dicho evento se realiza en el marco de las actividades acordadas para controlar y combatir el contrabando que afecta a la República del Perú y a la República del Ecuador, impulsando acciones para evitar la comercialización ilícita de bienes, en particular de hidrocarburos, promoviendo mecanismos de desarrollo social y económico en el sector de frontera, estableciendo lineamientos de acción conjunta para minimizar los efectos del contrabando y llevando a cabo proyectos binacionales e iniciativas tendientes a combatir dicho delito; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR es miembro del Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana en la Comisión Binacional Perú-Ecuador de la Lucha Contra el Contrabando, siendo el representante del MINCETUR quien ejerce la Secretaría Técnica del citado Grupo de Trabajo Multisectorial; Que, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Roberto Antonio Angüis Sayers, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Quito, República de Ecuador, para que en representación del MINCETUR participe en la reunión antes mencionada; Que, el MINCETUR es el organismo público responsable de desarrollar las acciones que permitan la óptima participación del país en los diferentes foros de comercio internacional, esquemas de integración, cooperación económica y social y en las negociaciones comerciales internacionales; Que, la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y