Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2011 (06/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de octubre de 2011

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 999-2011-DE/SG MORDAZA, 5 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nº 646 de fecha 20 de setiembre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de las relaciones bilaterales existentes entre Peru y Estados Unidos de MORDAZA, personal militar de ese MORDAZA, realizara coordinaciones con funcionarios del Comando de Salud del Ejercito; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; y, Con la opinion favorable del Ejercito del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nº 28899 - Ley que modifica la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, del MORDAZA MORDAZA S. Berliner de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de MORDAZA, del 06 al 10 de noviembre de 2011 para realizar coordinaciones con funcionarios del Comando de Salud del Ejercito. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 699603-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1000-2011-DE/SG MORDAZA, 5 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nº 630 de fecha 14 de setiembre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra;

Que, en el MORDAZA de las relaciones bilaterales existentes entre Peru y Estados Unidos de MORDAZA, personal militar de ese MORDAZA, realizara coordinaciones sobre diversos temas de seguridad y comunicaciones con funcionarios del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; y, Con la opinion favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nº 28899 - Ley que modifica la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, del MORDAZA Adarrius D. Wormely y MORDAZA MORDAZA T. MORDAZA de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de MORDAZA, del 10 de octubre de 2011 al 10 de enero de 2012 para realizar coordinaciones sobre diversos temas de seguridad y comunicaciones con funcionarios del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 699603-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1001-2011-DE/SG MORDAZA, 5 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nº 647 de fecha 20 de setiembre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, el Ejercito del Peru realizara la reunion de la Conferencia de los Ejercitos Americanos ­CEA que reune a veinte Ejercitos del Continente Americano y de la cual el Peru es sede, durante los anos 2010-2011; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta

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