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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de octubre de 2011 451193 identifi cado a la fecha, información gráfi ca de plano con antecedente registral; Que, con fecha 9 de agosto de 2011 se realizó la inspección técnica, en la cual se constató que el terreno precitado es de naturaleza eriaza, constituido por ladera de cerro de moderada pendiente; se encuentra separado de los lotes de vivienda de la manzana “A” del Asentamiento Humano Señor de Luren, por el lote 43 de la referida manzana, que cuenta con una extensión de 3 260,70 m² que está califi cado como área de riesgo; además, la continuidad de los 25 lotes de vivienda de la manzana “A”, no facilitan la accesibilidad hacia el terreno referido; que por las características del terreno se encuentra comprendido dentro de una zona PTP: Protección y Tratamiento Paisajista, según el plano de Reajuste Integral de Zonifi cación de Lima Metropolitana; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 193,39 m², de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/ SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los literales a) y p) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA del 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal (SDAPE) a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, así como a emitir resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 474-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 7 de julio de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 11 477,70 m², ubicado ubicado al norte del Asentamiento Humano Señor de Luren y al suroeste del Pueblo Joven Mártires del Periodismo, en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno antes descrito en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAQUEL ANTUANET HUAPAYA PORRAS Subdirectora (e) de Administración del Patrimonio Estatal 698850-5 Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en Ica y Lima SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 277-2011/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 16 de setiembre de 2011 Visto, el Expediente N° 112-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 798 984,84 m², ubicado al noroeste del Centro Poblado de San Juan de Marcona, en la Bahía de San Juan, distrito de Marcona, provincia de Nazca y departamento de Ica; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se ha identifi cado el terreno eriazo de 798 984,84 m², ubicado al noroeste del Centro Poblado de San Juan de Marcona, en la Bahía de San Juan, distrito de Marcona, provincia de Nazca y departamento de Ica, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, efectuada la consulta pertinente, mediante Informe Técnico Nº 898-2010-ZR-XI/CP-NASCA, de fecha 30 de diciembre de 2010, la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral Nº XI - Sede Ica señala que el terreno en consulta se encuentra en zona donde no se aprecian predios con antecedentes gráfi cos registrales; Que, realizada la inspección técnica el 9 de marzo de 2011, se ha verifi cado que el terreno de naturaleza eriaza presenta una topografía variada, presentando zonas con ligeras inclinaciones y zonas accidentadas, su mayor extensión se halló desocupado y sin uso y el resto del predio es atravesado de norte a sur por vías asfaltadas involucrando parte de la pista de ingreso a la Base Aérea de la Marina de Guerra del Perú, así como una edifi cación usada como depósito y patio de vehículos pesados; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 798 984,84 m², de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003- 2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los literales a) y p) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA del 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, así como a emitir resoluciones en materias de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 212-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 16 de mayo de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 798 984,84 m², ubicado al noroeste del Centro Poblado de San Juan de Marcona, en la Bahía de San Juan, distrito de Marcona, provincia de Nazca y departamento de Ica, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.