Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2011 (06/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

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que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia se identifico que el terreno de 604.55 m², ubicado en el distrito de Tamarindo, provincia de Paita y departamento de MORDAZA, se encuentra libre de inscripcion registral; Que, efectuada la consulta pertinente, mediante Informe Tecnico Nº 665-2009-OC-ZR-I/SUNARP, de fecha 23 de marzo de 2009, la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral Nº I - Sede MORDAZA senalo que el terreno en consulta se encuentra en MORDAZA donde no se aprecian predios con antecedentes graficos registrales; Que, realizada la inspeccion tecnica el 26 de MORDAZA de 2010, se ha verificado que el terreno se encuentra en la cima de la MORDAZA MORDAZA del distrito de Tamarindo y que dentro de este se encuentra construida un Reservorio de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento GRAU S.A.; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 604.55 m², de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los literales a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA del 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal (SDAPE) a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, asi como a emitir resoluciones en materias de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0331-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 6 de MORDAZA de 2011; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 604.55 m², ubicado en el distrito de Tamarindo, provincia de Paita y departamento de MORDAZA, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº I - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA descrito en el Registro de Predios de Piura. Comuniquese, publiquese y registrese. MORDAZA ANTUANET MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Administracion del Patrimonio Estatal 698850-2

SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 271-2011/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 13 de setiembre de 2011 Visto, el Expediente Nº 062-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 336,06 m², ubicado entre el Proyecto Integral MORDAZA ­ Sector MORDAZA Union y las instalaciones de la Refineria de Conchan, en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 336,06 m², ubicado entre el Proyecto Integral MORDAZA ­ Sector MORDAZA Union y las instalaciones de la Refineria de Conchan, en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, efectuada la consulta pertinente, mediante Informe Tecnico Nº 12701-2010-SUNARP-Z.R.NºIX-OC, de fecha 28 de octubre de 2010, la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA senalo que el terreno en consulta se encuentra en MORDAZA donde no se aprecian predios con antecedentes graficos registrales; Que, realizada la inspeccion tecnica el 2 de diciembre de 2010, se verifico que el terreno precitado es de naturaleza eriaza, presenta un suelo de textura arenosa y topografia sin desniveles marcados, se encuentra desocupado y es utilizado por los habitantes de las viviendas aledanas como area de circulacion; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 336,06 m², de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/ SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los literales a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA del 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, asi como a emitir resoluciones en materias de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 129-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 29 de marzo de 2011; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 336,06

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