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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (06/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de octubre de 2011 451190 Que, el citado funcionario ha presentado su carta de renuncia irrevocable con fecha 26 de setiembre de 2011, al cargo de Secretario General del Instituto Peruano del Deporte; razón por la cual es pertinente expedir el acto administrativo que corresponde, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a esta Entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y en uso de las facultades previstas en la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y sus modifi catorias, el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2004- PCM, así como el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM; Con las visaciones de las Ofi cinas General de Administración y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia al 30 de setiembre de 2011, formulada por el Señor Ingeniero JORGE ARTEMIO ALFARO MARTIJENA, en el cargo de Secretario General del Instituto Peruano del Deporte, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a esta Entidad. Artículo 2º.- Notifi car la presente Resolución a los órganos estructurados del Instituto Peruano del Deporte y al interesado. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO BOZA Presidente 699757-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en Piura y Lima SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 269-2011/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 13 de septiembre de 2011 Visto, el Expediente Nº 300-2010/SBN-GO-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 1 386,50 m², ubicado en el distrito de Tamarindo, provincia de Paita, departamento de Piura; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia se identifi có que el terreno de 1 386,50 m², ubicado en el distrito de Tamarindo, provincia de Paita y departamento de Piura, se encuentra libre de inscripción registral; Que, efectuada la consulta pertinente, mediante Informe Técnico Nº 682-2009-OC-ZR-I/SUNARP, de fecha 26 de marzo de 2009, la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral Nº I - Sede Piura señala que el terreno en consulta se encuentra en zona donde no se aprecian predios con antecedentes gráfi cos registrales; Que, realizada la inspección técnica el 26 de mayo de 2010, se verifi có que el terreno se encuentra en la cima de la zona urbana de Tamarindo y que dentro de éste se encuentra construido el Reservorio Nº 01 de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento GRAU S.A.; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 1 386,50 m², de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los literales a) y p) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA del 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal (SDAPE) a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, así como a emitir resoluciones en materias de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0289-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 20 de junio de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 1 386,50 m², ubicado en el distrito de Tamarindo, provincia de Paita y departamento de Piura, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº I - Sede Piura de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno antes descrito en el Registro de Predios de Piura. Comuníquese, publíquese y regístrese. RAQUEL ANTUANET HUAPAYA PORRAS Subdirectora (e) de Administración del Patrimonio Estatal 698850-1 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 270-2011/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 13 de setiembre de 2011 Visto, el Expediente Nº 301-2010/SBN-GO-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 604.55 m², ubicado en el distrito de Tamarindo, provincia de Paita, departamento de Piura; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones