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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (08/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de octubre de 2011 451289 Judicatura de República Dominicana y Secretaria General de la RIAEJ para participar en la “VI Asamblea General de la Red Iberoamericana de Escuelas Judiciales: X Años de Integración Académica de la Justicia en Iberoamérica” que se desarrollará los días 10 y 11 de octubre de 2011 en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, y el Acuerdo del Pleno del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura adoptado mediante sesión de fecha 21 de setiembre de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la invitación cursada por la Directora de la Escuela Nacional de la Judicatura de República Dominicana y Secretaria General de la RIAEJ, la VI Asamblea General de la Red Iberoamericana de Escuelas Judiciales, se desarrollará los días 10 y 11 de octubre de 2011 en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia; Que, como parte de la cooperación, concertación y apoyo recíproco entre los Miembros de la Red Iberoamericana de Escuelas Judiciales (RIAEJ), la Academia de la Magistratura, a través del señor doctor Carlos Américo Ramos Heredia, Fiscal Supremo Titular y Vicepresidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, llevará la representación de la Institución, entidad que conforme al mandato constitucional se encuentra comprometida en el campo de la capacitación judicial de magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público, por lo que resulta necesaria acoger la invitación cursada a dicho evento internacional; Que, la Academia de la Magistratura asumirá los gastos por concepto de viáticos, pasajes aéreos y otros no cubiertos por las entidades organizadoras, de acuerdo con los montos previstos administrativamente, considerando el itinerario de viaje y, arribo a la ciudad de Cartagena de Indias – 09 de octubre próximo; Que, estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas mediante la Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura, Ley Nº 26335, el Estatuto, aprobado mediante Resolución Nº 022-2001- AMAG/CD, Ley Nº 28212, y al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo en sesión de fecha 21 de setiembre de 2011; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor doctor Carlos Américo Ramos Heredia, Fiscal Supremo Titular y Vicepresidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, a la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, para participar en la “VI Asamblea General de la Red Iberoamericana de Escuelas Judiciales: X Años de Integración Académica de la Justicia en Iberoamérica” que se desarrollará los días 10 y 11 de octubre de 2011. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto de la Academia de la Magistratura correspondiente al presente ejercicio fi scal, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes y Tarifa CORPAC US$ 839.96 - Gastos de instalación y traslado US$ 200.00 - Viáticos US$ 400.00 - Assiscard US$ 30.00 Total US$ 1469.96 Artículo Tercero.- El funcionario mencionado en el artículo primero presentará un informe detallado al Consejo Directivo de la AMAG sobre el resultado de su participación en el evento Internacional, dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno al país. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVA Presidente del Consejo Directivo 700005-2 ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Aprueban nueva Tabla de Calificación del Concurso Público de Plazas de Docentes Ordinarios y Contratados CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 458-2011-CONAFU Lima, 8 de setiembre de 2011 VISTOS: La Resolución 452-2010-CONAFU de fecha 26 de octubre de 2010, el Acuerdo 587-2011-CONAFU de la sesión de Pleno del día 07 de setiembre de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, de fecha 21 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las universidades del país bajo su competencia; Que, de conformidad con el artículo 2º de la Ley Nº 26439: “Son atribuciones del CONAFU:… g) Elaborar la reglamentación que señale los requisitos, procedimientos y plazos, para la autorización provisional o defi nitiva de funcionamiento y para la evaluación de las universidades con autorización provisional”; en concordancia con el artículo 3º del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006, que expresamente señala: “Son atribuciones del CONAFU: k) Elaborar y aprobar el Reglamento General y los Reglamentos específi cos que señalen los procedimientos, requisitos y plazas de todos los procesos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones”; Que, en el artículo 4º del referido Estatuto, se establece que: “Son fi nes del CONAFU: a) Promover una educación universitaria de calidad, en concordancia con los fi nes de la Universidad, establecidos en la Ley Universitaria vigente. b) Desarrollar en el país una cultura de evaluación institucional orientada a la acreditación universitaria. c) Certifi car el cumplimiento de las condiciones establecidas por el artículo 7º de la Ley 26439 - Ley de Creación del CONAFU”; Que, mediante Resolución Nº 452-2010-CONAFU de fecha 26 de octubre de 2010 se resuelve: Artículo Tercero.- APROBAR las Bases y Tablas de Califi cación del Concurso Público de Plazas de Docentes Ordinarios y Contratados, las mismas que como Anexo Nrs 01 y 02 respectivamente, forman parte integrante de la presente Resolución; Que, mediante Acuerdo 587-2011-CONAFU de la sesión de Pleno del día 07 de setiembre de 2011, los miembros del consejo convinieron por UNANIMIDAD: DEJAR sin efecto el Artículo Tercero de la Resolución Nº 452-2010-CONAFU en el extremo que se aprueba la Tabla de Califi cación del Concurso Público de Plazas de Docentes Ordinarios y Contratados (Anexo 02), APROBAR la nueva tabla de Califi cación del Concurso Público de Plazas de Docentes Ordinarios y Contratados, la misma que forma parte integrante de la Resolución 452-2010-CONAFU; Que, en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales:…d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones”