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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (08/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de octubre de 2011 451311 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: La autorización del Alcalde del Distrito de La Molina, Señor Juan Carlos Martin Zurek Pardo Figueroa, para que asista en viaje ofi cial al “VIII Congreso Internacional Ambiental 2011 - Feria AmbientAL 2011”, organizado por el Concejo Nacional de Producción Limpia (CPL), la Asociación de Empresas y Profesionales para el Medio Ambiente (AEPA) y FISA S.A de la República de Chile, a llevarse a cabo en la Ciudad de Santiago de Chile entre el 12 y 15 de Octubre del 2011; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º. de la Constitución Política del Perú modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680, establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con Autonomía Política, Económica y Administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; Que, la Ley N° 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, en su artículo 10.1 c), señala que se encuentra prohibido los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, excepto los que realicen los titulares de los organismos constitucionalmente autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley N° 28212; Que, mediante Ley N° 27619 y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado por Decreto Supremo N° 005-2006-PCM, se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público; Que, el artículo 5° del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, prescribe que los gastos por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográfi cas, el cual deberá ser autorizado mediante Resolución del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 078-2011 de fecha 03.10.11, se autorizó el viaje que en comisión de servicios y representación ofi cial de la Municipalidad de La Molina, realizará el Señor Alcalde Juan Carlos Martín Zurek Pardo Figueroa, a la Ciudad de Santiago de Chile del 11 al 16 de Octubre del 2011, para que participe en el evento denominado “VIII Congreso Internacional Ambiental 2011” - Feria AmbientAL 2011 y al Seminario de dicha Feria (Bloque 1 y 2 del día 12.Oct.2011 y Bloque 15 del día 15.Oct, 2011), organizado por el Concejo Nacional de Producción Limpia (CPL), la Asociación de Empresas y Profesionales para el Medio Ambiente (AEPA) y FISA S.A, de la República de Chile; toda vez que la Municipalidad de La Molina tiene como una de sus prioridades el manejo de las actividades de mejoramiento y protección del medio ambiente, y de la gestión ambiental y preservación de los recursos naturales en la jurisdicción, en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; Que, mediante Informes N° 587- 2011-MDLM-GAJ (30.09.11), N° 055-2011-MDLM-GPPDI/SGPP (30.09.11), N° 309-2011/MDLM-GAF (30.09.11) y N°719-2011/ MDLM-GAF-SGL (30.09.11) de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas y Subgerencia de Logística respectivamente, remiten el detalle de gasto que representará el viaje y participación del Señor Alcalde Juan Carlos Martín Zurek Pardo Figueroa, en el evento en mención, por lo que se concluye que el gasto total del viaje ofi cial del 11 al 16 de Octubre del 2011, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente; Estado a lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el egreso de S/. 4,195.69 (Cuatro Mil Ciento Noventa y Cinco y 69/100 Nuevos Soles) para cubrir los gastos que irrogue el viaje que en comisión de servicios y representación ofi cial, realizará el Alcalde de La Molina, Sr. Juan Carlos Martín Zurek Pardo Figueroa, a la Ciudad de Santiago de Chile, del 11 al 16 de Octubre del 2011, para que participe en el evento denominado “VIII Congreso Internacional Ambiental 2011” (Feria AmbientAL 2011) y al Seminario de dicha Feria (Bloque 1 y 2 del día 12.Oct.2011 y Bloque 15 del día 15.Oct, 2011), organizado por el Concejo Nacional de Producción Limpia (CPL), la Asociación de Empresas y Profesionales para el Medio Ambiente (AEPA) y FISA S.A, de la República de Chile; de acuerdo al siguiente detalle: - Pasaje Aéreo S/. 555.69 Lima – Santiago de Chile- Lima - Costo de Seminario S/. 280.00 - Viáticos (seis días) S/. 3,360.00 -------------------- TOTAL S/ 4,195.69 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas y la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 700060-2 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Disponen excepcionalmente el ordenamiento del espacio público del Damero de La Parada DECRETO DE ALCALDÍA Nº 016-2011-ALC/MLV La Victoria, 5 de octubre de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS; el Informe Nº 290-2011-MDLV-GDU- SGOPYCU del 27 de septiembre de 2011 de la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano; el Informe Nº 163-2011-SGDC-GDU/MDLV del 27 de septiembre de 2011 de la Subgerencia de Defensa Civil, adjuntando el Informe Interno Nº 2938-2011-MLV/FFL-IT-ST-CDDC; los Informes Nº 352-2011-GAJ/MLV y Nº 354-2011-GAJ/MLV de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú y el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – establecen que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Asimismo, el artículo 2º numerales 1) y 22) de la Constitución consagran como derecho fundamental de la personas, el derecho a la vida y a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida humana. Asimismo, el artículo 1º de la Carta Magna establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fi n supremo de la sociedad y del Estado; Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – establece en sus artículos 80º numeral 3.2) y 83º numerales 3.1) y 3.2) que corresponde a la competencia de