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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (14/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de octubre de 2011 451656 correspondiente de la obra a regularizar, lo cual deberá ser cancelado por el administrado. Una vez cancelada la liquidación, se procederá a emitir la resolución de Licencia de Edifi cación en vía de regularización. Artículo Cuarto.- Multa aplicable de acuerdo al plazo de acogimiento al Programa de Benefi cios.- Independientemente al pago por derecho de trámite y demás que establezca el TUPA, el administrado deberá cancelar los siguientes montos o porcentajes de multa referida en el inciso g) del Artículo Tercero de la presente Ordenanza, en los plazos de acogimiento a la Regularización Extraordinaria de Construcciones Sin Licencia de Edifi cación: 4.1 Las edifi caciones que se determine técnicamente hayan sido ejecutadas hasta la fecha de promulgación de la presente norma, serán afectadas con multa equivalente al 1.5 % del Valor de la Obra, siempre y cuando el expediente respectivo sea presentado para su califi cación hasta 45 días hábiles contados a partir del día siguiente de promulgada la presente ordenanza. 4.2 Las edifi caciones que se determine técnicamente hayan sido ejecutadas hasta el 30 de Noviembre del año 2,011 y las que no se hayan acogido en su oportunidad al plazo indicado en el ítem anterior, serán afectadas con multa equivalente al 10 % del Valor de la Obra, siempre y cuando el expediente respectivo sea presentado para su califi cación hasta el día 30 de Diciembre del año 2,011 inclusive. Artículo Quinto.- El otorgamiento de los benefi cios establecidos en la presente norma, no limita, ni suspende las facultades de fi scalización de la administración municipal, entendiéndose asimismo que vencidos los plazos indicados en el Artículo Cuarto, los administrados no podrán acogerse a los benefi cios de la presente ordenanza, quedando sujetos a los procedimientos de fi scalización, sanciones y acciones complementarias correspondientes, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Artículo Sexto.- Gerencias Encargadas de su Cumplimiento: Encárguese a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial, el cumplimiento de sus fi nes, a la Ofi cina de Secretaría General la notifi cación y distribución, a la Sub Gerencia de Estadística e Informática la publicación en el Portal Institucional, a la Unidad de Imagen Institucional la efectiva promoción y difusión; y a la Sub Gerencia de Logística la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Los benefi cios previstos en la presente Ordenanza también serán aplicables a los organismos del gobierno central, regional y organismos públicos descentralizados sin condición alguna. Segunda.- Las disposiciones reglamentarias y complementarias que se requieran para la aplicación de la presente ordenanza podrán ser dictadas por el Señor Alcalde Provincial, mediante Decreto de Alcaldía correspondiente. Tercera.- Incorporar al Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA (actualizado mediante Decreto de Alcaldía Nº 044-2010-MPCP), el Item. 95.5 correspondiente al procedimiento de Licencia de Edifi cación en vía de Regularización en las modalidades A, B, C y D, según el siguiente detalle: 95 95.5 Licencia de Edifi cación en Vía de Regularización en las modalidades A, B, C y D. 1. FUE consignando los datos requeridos en él. 2. Copia Literal de Dominio expedida por el Registro de Predios con una anticipación no mayor a (30) días naturales. 3. Declaración Jurada de Habilitación de los Profesionales que suscriben la documentación técnica. 4. Plano de Ubicación y Localización según formato. 5. Planos de Arquitectura fi rmado por el profesional Arquitecto Hábil. 6. Memoria Descriptiva. 7. Carta de Seguridad de Obra fi rmado por un Ingeniero Civil Colegiado. 8. Liquidación por derechos, (presentar luego de emitirse el dictamen conforme de la Comisión Técnica de Proyectos). 9. Plan de Seguridad en Defensa Civil (Plano de Señalización, Plano de evacuación y Memoria, de ser el caso. FUE (Formulario Único de Edifi cación) Sub Gerencia de Licencia, Control y Fiscalización Urbana máx1.1% V.O X 25 (veinticinco) Unidad de Trámite Documentario Sub Gerencia de Licencia, Control y Fiscalización Urbana Sub Gerencia de Licencia, Control y Fiscalización Urbana Gerencia de Acondicionamiento Territorial Base Legal: • Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. • Ley Nº 29092 – Ley Regularización de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones. • Ordenanza Municipal Nº 016-2011-MPCP. La ocupación de la vía pública no abarcará la calzada, debiéndose dejar espacio sufi ciente para la circulación peatonal. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia, al día siguiente de su publicación, hasta las fechas de acogimiento al presente Programa de Regularización Extraordinaria de Construcciones Sin Licencia de Edifi cación, previstas en el Artículo Cuarto. POR TANTO: MANDO: Publíquese, difúndase, regístrese y cúmplase. VÍCTOR DAVID YAMASHIRO SHIMABUKURO Alcalde 703183-1