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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de octubre de 2011 451658 Que; por estas consideraciones y estando a las facultades conferidas en el Art. 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y en virtud a lo aprobado por el Concejo Municipal de la Provincia de Coronel Portillo, en Sesión Ordinaria Nº 017-2011 de fecha 07 de septiembre del año 2011; SE ORDENA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Formato de Papeleta de Notifi cación Preventiva (Anexo Nº 01), el Formato de Papeleta de Sanción (Anexo Nº 02) y Acta Negativa a la Recepción y Firma de Papeleta de Sanción (Anexo Nº 03) los mismos que han sido aprobados mediante la Cuarta Disposición Final del Régimen de Aplicación de Sanciones de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo (aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 006-2008-MPCP), y que como anexos forman parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial, a la Gerencia de Servicios Públicos y a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO las Papeleta de Notifi cación Preventiva, las Papeletas de Sanción y las Acta Negativa a la Recepción y Firma de Papeleta de Sanción emitidas en marco a la Ordenanza Municipal Nº 006-2008-MPCP y Ordenanza Municipal Nº 008- 2008-MPCP que a la fecha de publicación de la presente Ordenanza se encuentren impresas y sin haber sido usadas. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaría General la distribución de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Unidad de Imagen Institucional la publicación de la Presente Ordenanza Municipal. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Informática y Estadística la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo. MANDO: Publíquese, difúndase, regístrese y cúmplase. VÍCTOR DAVID YAMASHIRO SHIMABUKURO Alcalde 703183-2 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Aprueban celebración de Matrimonio Civil Comunitario 2011 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2011-MPH Huaral, 19 de setiembre de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: Informe Nº 0256-2011-MPH-GM de fecha 07 de Setiembre de 2011, a través del cual la Gerencia Municipal recomienda aprobar la celebración del Matrimonio Civil Comunitario; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cada por Ley Nº 27680, en concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, consagra que las Municipalidades son Órganos de Gobiernos promotores del Desarrollo Local, con personería de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes; gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, es función específi ca de los Gobiernos Locales, en materia de población, fomentar su bienestar, siendo de competencia municipal planifi car, organizar y administrar la prestación de servicios públicos esenciales, como es el caso de Registros Civiles. Que, el Numeral 16) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, estipula que una de las atribuciones del Señor Alcalde es la de celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo a las normas del Código Civil, el cual en su Artículo 233º y siguientes estipula los requisitos, impedimentos, prohibiciones, diligencias y pruebas para la celebración del Acto Matrimonial. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 004-2011- MPH publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 26 de Mayo de 2011, se institucionaliza las celebraciones del Matrimonio Civil Comunitario en las fechas conmemorativas de Aniversario de la Creación Política de Huaral como Provincia y Distrito en los meses de Mayo y Octubre respectivamente, así como en las fechas donde sea necesaria su realización, previo Informe Justifi catorio de la Sub Gerencia de Registro Civil y Cementerio, facultándose al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía formalice la realización de Matrimonio Civil Comunitario en dichas fechas. Que, mediante Informe Nº 095-2011/MPH/GDP/ SGRCC de fecha 09 de Agosto de 2011, la Sub Gerencia e Registro Civil y Cementerio emite informe justifi catorio, señalando en su exposición de motivos que, en nuestro Distrito se registra la existencia de muchas parejas convivientes, que por sus escasos medios económicos se ven difi cultadas a formalizar su unión por el alto costo que envuelven los trámites para contraer matrimonio civil en forma ordinaria; siendo política de esta Corporación Edil, brindar las mayores facilidades a aquellos vecinos del Distrito que deseen contraer Matrimonio Civil. Que, a través de Informe Nº 360-2011-MPH-OAJ/CCCH de fecha 02 de Setiembre de 2011, la Ofi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la formalización del Matrimonio Civil Comunitario a realizarse el día 22 de Octubre de 2011, mediante Decreto de Alcaldía, de conformidad a las facultades otorgadas mediante el Artículo 4º de la Ordenanza Municipal Nº 004-2011-MPH; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 16) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la Celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2011 a realizarse dentro del marco de celebraciones por el CXXI Aniversario de la Creación Política del Distrito Huaral, a llevarse a cabo el día 22 de Octubre del 2011, a hora 11:00 a.m. sito en la Plaza de Armas, Huaral. Artículo Segundo.- ESTABLECER como fecha de cese de inscripciones el día Miércoles 19 de Octubre del 2011. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Públicos a través de la Sub Gerencia de Registro Civil y Cementerios, Gerencia de Desarrollo Humano, Gerencia de Administración, Gerencia de Administración Tributaria y Ofi cina de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR a la Sub Gerencia de Sistemas y Cooperación Internacional, la publicación del presente Decreto en la Página Web institucional (www. munihuaral.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 702543-1