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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de octubre de 2011 451850 0394-2009-AG, de la señora Antonia Cesinia Noli Hinostroza y del señor Jorge Gustavo Suárez de Freitas Calmet, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura ante la Comisión Nacional sobre Diversidad Biológica – CONADIB. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al señor Manuel Trinidad Leiva Castillo, Director General de la Dirección General de Asuntos Ambientales y al señor Jorge Artidoro Ugaz Gómez, Director General de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura ante la Comisión Nacional sobre Diversidad Biológica – CONADIB. Regístrese, comuníquese y publíquese MIGUEL CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Agricultura 704504-2 Modifican la R.M. N° 0412-2011-AG, mediante la cual se autorizó el viaje del Viceministro de Agricultura a Italia RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0426-2011-AG Lima, 14 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0412-2011- AG se autorizó el viaje del Señor Juan Ludovico Rheineck Piccardo, Viceministro de Agricultura, a la ciudad de Roma, Italia, del 15 al 24 de octubre de 2011, para asistir al 37° periodo de sesiones del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial, de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura – FAO; Que, por necesidad de servicio es indispensable la presencia del señor Viceministro en Lima para el día 24 de octubre del 2011, para atender a una delegación del Gobierno de la Republica Popular China, encabezada por el señor Viceministro de dicho país; Que, en ese sentido, es necesario modifi car la Resolución Ministerial Nº 0412-2011-AG, en lo referente al retorno del viaje del señor Viceministro y al costo de los pasajes y viáticos: De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese el artículo 1º y 2º de la Resolución Ministerial Nº 0412-2011-AG, en los siguientes términos: “Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Señor Juan Ludovico Rheineck Piccardo, Viceministro de Agricultura, a la ciudad de Roma, Italia, del 15 al 22 de octubre de 2011, para asistir al 37° periodo de sesiones del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial, de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura - FAO. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán con cargo a los recursos presupuéstales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: JUAN LUDOVICO RHEINECK PICCARDO Pasajes aéreos y tarifa CORPAC US$ 3,916.20 Viáticos US$ 1,820.00 Total US$ 5,736.20 Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Agricultura 705400-1 Designan Asesor de la Alta Dirección del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0427-2011-AG Lima, 17 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, se ha visto por conveniente designar a un Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008- AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, al señor Manuel Efraín Rosemberg Barrón, como Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Agricultura 705400-2 Establecen requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio para la importación de determinadas mercancías pecuarias según país de origen y procedencia Argentina RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 013-2011-AG-SENASA-DSA La Molina, 17 de octubre de 2011 VISTO: Los Informes Nº 502 y 503-2011-AG-SENASA-SCA- DSA, de fecha 05 de setiembre de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 1059- Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, expresa que el ingreso al país, como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéfi cos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca en el ámbito de su competencia el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; Que, así también, el artículo 9º de la citada ley, establece que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria dictará las medidas fi to y zoosanitarias para la prevención, el control o la erradicación de plagas y enfermedades. Dichas medidas serán de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier título, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas de los productos de que se trate; Que, de conformidad con el artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante el Decreto Supremo 018-2008-AG, los requisitos fi to y zoosanitarios se publican en el Diario Ofi cial El Peruano y se notifi can a la Organización Mundial del Comercio-OMC; Que, el artículo 28º del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG establece que la Dirección de Sanidad Animal tiene entre sus funciones el establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervisión zoosanitaria tanto al comercio nacional como internacional de productos y subproductos pecuarios;