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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (26/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 88

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de octubre de 2011 452274 de los alcances de la Ley Nº 28687 - Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos; Que, en atención al Memorándum Nº 437-2011- GAJ-MSS del 14.09.2011 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Desarrollo Urbano a través del Memorándum Nº 929-2011-GDU-MSS del 22.09.2011, señala que ha cumplido con reformular el texto del presente proyecto de Ordenanza, de conformidad con el Informe Nº 585-2011-SGPUC-GDU-MSS del 20.09.2011 de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, remitiendo el texto fi nal del proyecto de Ordenanza que regula el procedimiento de otorgamiento de Constancia Especial de Posesión para la obtención de Servicios Básicos; Que, mediante Informe Nº 927-2011-GAJ-MSS del 27.09.2011, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que el proyecto de Ordenanza, propone regular la emisión de la Constancia Especial de Posesión, procedimiento en el cual no podría establecerse un costo a través del proyecto de Ordenanza para que sea asumido por los administrados, teniendo en cuenta que establecer un derecho administrativo por dicho servicio implicaría efectuar el proceso de ratifi cación para su inclusión en el TUPA de la Municipalidad de Santiago de Surco, por lo que, en tanto se implemente la respectiva estructura de costos para poder efectuar su cobro a través del respectivo TUPA, resulta pertinente se establezca la gratuidad de este servicio; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica agrega que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.2 del Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, es innecesaria la prepublicación de la propuesta normativa presentada, toda vez que la misma busca una adecuación a los lineamientos de la Ley Nº 28687. En tal sentido, concluye opinando que el proyecto de Ordenanza que regula el procedimiento de otorgamiento de Constancia Especial de Posesión para la obtención de Servicios Básicos, resulta procedente, correspondiendo elevarse la misma ante el Concejo Municipal para su aprobación respectiva, conforme a Ley; Que, con Memorándum Nº 1043-2011-GM-MSS de fecha 30.09.2011, la Gerencia Municipal remite el presente proyecto de Ordenanza, expresando su conformidad a la mencionada propuesta; Estando al Dictamen Conjunto N° 020-2011-CDL-CAJ- MSS de las Comisiones de Desarrollo Local y Asuntos Jurídicos, a los Informes Nros. 351 y 927-2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad con los Artículos 9° numerales 8) y 9), 39°, 40° y 79° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; luego del debate correspondiente y se aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE CONSTANCIA ESPECIAL DE POSESIÓN PARA LA OBTENCIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS Artículo 1°.- OBJETIVO.- La presente Ordenanza tiene como objetivo regular la expedición de CONSTANCIA ESPECIAL DE POSESIÒN, a fi n de facilitar el acceso a los servicios básicos de luz, agua y desagüe, a la población del Distrito de Santiago de Surco, que se encuentren dentro de los alcances de la Ley Nº 28687, Ley de desarrollo y complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos. Artículo 2°.- ALCANCE.- Podrán acogerse a los benefi cios de la presente Ordenanza todos los pobladores del Distrito de Santiago de Surco que se encuentren dentro del alcance de la Ley de Desarrollo y complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos y el Reglamento de los Títulos II y III – D.S. Nº 017-2006-VIVIENDA. Artículo 3°.- REQUISITOS.- Para la emisión de la Constancia Especial de Posesión, el interesado deberá cumplir con los siguientes requisitos.- a) Solicitud simple dirigida al Alcalde del Distrito de Santiago de Surco, indicando.- nombre, dirección y número de D.N.I. b) Copia del D.N.I. del solicitante. c) Plano simple de la ubicación del predio, defi niendo claramente la ubicación del terreno, frentes colindantes, así como el área del terreno. d) Acta policial de posesión efectiva del peticionante suscrita por todos los colindantes del predio materia de la solicitud. Artículo 4°.- ORGANO COMPETENTE.- La Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Santiago de Surco, es el área competente para emitir la Constancia Especial de Posesión. El trámite se inicia a través de la Subgerencia de Gestión Documental, y, es atendido por la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, debiendo emitirse dentro del plazo de 15 días hábiles de presentada la solicitud, el mismo que es irrecurrible. Artículo 5°.- CAUSALES PARA SU NO OTORGAMIENTO.- Estando a lo señalado en el artículo anterior, no procederá la entrega de la Constancia Especial de Posesión si el inmueble se encuentra ubicado en áreas destinadas a equipamientos, aportes provenientes de procesos de habilitación urbana aprobados, en terrenos de uso o reservados para la defensa nacional, en áreas de uso público, en áreas declaradas de Patrimonio Cultural de la Nación, aportes provenientes de procesos de habilitación urbana aprobados o en trámite, reservas viales, derechos de vía, en áreas naturales protegidas, zonas reservadas, fajas de servidumbre, etc., según legislación de la materia, así como aquellas califi cadas por el Instituto Nacional de Defensa Civil como zona de riesgo; si se verifi ca en la inspección ocular que el predio materia de solicitud cuenta con los servicios básicos instalados. DISPOSICIONES FINALES.- Primera.- La Constancia Especial de Posesión constituye un documento de carácter técnico que no acredita ni reconoce derecho de propiedad sobre el bien citado lo que se consignará expresamente en su contenido, tendrá vigencia hasta la efectiva instalación de los servicios básicos en el predio materia de la constancia, y solamente será utilizado para dicho fin por el solicitante. Segunda.- En tanto no se ratifi que el nuevo TUPA de esta Municipalidad, la Constancia Especial de Posesión aprobada mediante la presente ordenanza no tendrá costo alguno para los administrados que requieran este documento, a fi n de facilitar el acceso a los servicios básicos de luz, agua y desagüe, a la población del Distrito de Santiago de Surco, que se encuentren dentro de los alcances de la Ley Nº 28687, Ley de desarrollo y complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, en coordinación con la Gerencia de Participación Vecinal, la difusión de la presente Ordenanza. Cuarta.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el portal del Estado Peruano www.peru. gob.pe, en el Portal Institucional www.munisurco.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalcuidadano.gob.pe. Quinta.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 708260-2