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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de octubre de 2011 452257 el desarrollo interregional, buscando el mejoramiento cualitativo, energía, comercio e integración, medio ambiente y construcción de capital social necesario para el desarrollo, orientada a fortalecer el actual marco jurídico de la descentralización para consolidar estas nuevas formas de integración regional, siendo necesario para el cumplimiento de los objetivos trazados contar dentro de la estructura orgánica del Gobierno Regional La Libertad, con una unidad orgánica cuya función principal sea la de proponer y conducir la política de integración regional. En ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, y estando a lo acordado. HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- DISPONER la creación de la Unidad de Relaciones Interregionales – URI, adscrita a la Presidencia Regional y que se encargará de proponer y conducir la política de relaciones interregionales del Gobierno Regional de La Libertad, en el marco de la Mancomunidad Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, para que en un plazo de treinta (30) días calendario, formule las modifi caciones requeridas a la estructura orgánica y al Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de La Libertad, para incluir a la Unidad de Relaciones Interregionales para su aprobación mediante Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional no se contrapone a ninguna disposición constitucional ni a las normas legales vigentes y tiene por objeto dinamizar las acciones de integración regional, para el cumplimiento de los objetivos diseñados por los gobiernos conformantes de la Mancomunidad Regional. Artículo Cuarto.- Para la ejecución de la presente Ordenanza Regional, el Gobierno Regional de La Libertad tendrá que asumir el compromiso respectivo a través de sus instancias correspondientes, lo cual se verá compensado con el progreso y desarrollo sostenible de las regiones de Amazonas, San Martin, La Libertad y Cajamarca. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil diez. RUBY ARELLANO MAURTUA Consejera Delegada Consejo Regional La Libertad AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad a los 20 días del mes de enero del año 2011. JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 707502-14 Aprueban Directiva para el servicio y control de maquinaria pesada, agrícola y 2KR, establecimiento de costos horario y uso de recursos directamente recaudados ORDENANZA REGIONAL N° 048-2010-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de la Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD ha adoptado la siguiente Ordenanza Regional: VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 22 de diciembre del 2010 el dictamen sobre el Proyecto de Ordenanza Regional N° 114-2010-GR-LL/CR relativo a aprobar la Directiva: para el servicio y control de maquinaria pesada, maquinaria agrícola y 2 KR, así como el establecimiento de costos horario y el uso de recursos directamente recaudados”, la cual forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional”; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado y el Artículo 2° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia Que, es competencia del Gobierno Regional de la Libertad emitir Ordenanzas Regionales, conforme a lo prescrito en el Artículo 38° de la acotada ley, que establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración de Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. (…)”. Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 997 y el Decreto Supremo N° 031-2008-AG, que regula el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Agricultura, es necesario que mediante Acuerdo Regional se convenga disponer que se elabore una Directiva, teniendo en cuenta que en el año 1996 se crea el Programa de Maquinaria Agrícola del Ministerio de Agricultura nivel central, asignándole a nivel nacional tractores agrícolas, cosechadoras combinadas Yanmar, Maquinaria Agroindustrial entre las Direcciones Regionales para su Administración. Que, mediante Acuerdo Regional N° 019-2009-GRLL/ CR se encargó a la Gerencia Regional de Agricultura elabore una nueva directiva que regule el manejo operativo, la determinación de los costos, horarios y el uso de los recursos directamente recaudados por la prestación de servicios con la maquinaria pesada, maquinaria agrícola y del programa 2KR, de acuerdo a la realidad regional y a los lineamientos señalados en la parte considerativa, dentro de veinte (20) días de notifi cado el presente Acuerdo Regional, para su aprobación mediante Ordenanza Regional. Que, en la misma normatividad regional en su disposición complementaria y única menciona que una vez elaborada la nueva directiva dentro del plazo establecido en el Artículo Primero del presente Acuerdo Regional, la Gerencia Regional de Agricultura del Gobierno Regional de La Libertad remitirá el Proyecto de Directiva, el cual deberá ser evaluado por la Comisión Ordinaria de Agricultura del Consejo Regional La Libertad, para su posterior debate y aprobación ante el Pleno del Consejo. Que, con Ofi cio N° 2344-2009-GRLL-GGR/GRSA la Gerencia Regional de Agricultura remite el Proyecto de Directiva sobre las normas para la determinación de los costos horarios y para el uso de los recursos directamente recaudados por la prestación del servicio con la maquinaria agrícola y pesada, asignada a la Gerencia Regional de Agricultura. Que, cabe indicar que el servicio de alquiler de maquinaria agrícola del Gobierno Regional de La Libertad es altamente rentable, cuando el pool se encuentra operativo, establece el rango de costos horarios de los recursos directamente recaudados por la prestación de servicios con la maquinaria pesada, maquinaria agrícola, y del programa 2KR, que administra la Gerencia Regional de Agricultura del Gobierno Regional de la Libertad.