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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (26/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de octubre de 2011 452264 POR TANTO: Mando se registre, notifi que y cumpla. Dado en la Sede del Consejo Regional de La Libertad, a los veintidós días del mes de diciembre del dos mil diez. RUBY ARELLANO MAURTUA Consejera Delegada Consejo Regional La Libertad 707498-1 Delegan a la Vicepresidenta Regional funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, gobernabilidad y descentralización DECRETO REGIONAL Nº 006-2011-GRLL-PRE EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 191º, modifi cado por las leyes Nº 27680 y Nº 28607, Leyes de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, Sobre Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 9º, numeral 9.1, establece que la autonomía política de los Gobiernos Regionales es la facultad de adoptar y concordar políticas, de aprobar planes y normas en los asuntos de su competencia; aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y, desarrollar las funciones que les son inherentes. Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867, en su Artículo 37º establece que los Gobiernos Regionales a través de sus órganos de gobierno dictan las normas y disposiciones pertinentes, correspondiéndole a la Presidencia Regional emitir Decretos Regionales, los cuales según el artículo 40º de la misma Ley, establecen normas reglamentarias para la ejecución de Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su Artículo 23º establece que el Vicepresidente Regional, entre otras prerrogativas, cumple funciones de coordinación y aquellas que expresamente le delegue el Presidente. Que, a fi n de dinamizar las funciones y competencias de la Presidencia Regional, resulta necesario delegar atribuciones a la Vicepresidencia Regional en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, descentralización y modernización de la gestión regional y, de esa manera, optimizar la gestión e institucionalizar nuevos espacios de gobierno y de coordinación que redundará en el fortalecimiento de la efi ciencia y efi cacia del gobierno regional. En ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; y la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. DECRETA: Artículo 1º.- Delegar a la señora Vicepresidenta Regional Abogada MONICA PAOLA SANCHEZ MINCHOLA, las siguientes funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, gobernabilidad y descentralización: a) Dirigir, coordinar, supervisar, evaluar y velar las políticas estrategias, actividades y proyectos de desarrollo social e igualdad de oportunidades, promoción de la microempresa, descentralización y modernización de la gestión regional. b) Coordinar la ejecución por los gobiernos locales de las políticas sectoriales y el funcionamiento de los programas de lucha contra la pobreza y desarrollo social del Estado, con énfasis en la calidad de los servicios, la igualdad de oportunidades con equidad de género y el fortalecimiento de la economía regional, cuya coordinación del cumplimiento de la ejecución por el gobierno regional de lo que le compete de las políticas y programas señalados en el presente inciso, corresponderá al gobierno nacional- c) Formular y proponer políticas, dirigir, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevención de la violencia política, familiar y sexual. d) Promover la participación ciudadana en la planifi cación, administración y vigilancia de los programas de desarrollo e inversión social en sus diversas modalidades, brindando la asesoría y apoyo que requieran las organizaciones de base involucradas. e) Gestionar el aporte de la cooperación internacional y las empresas privadas en los programas de lucha contra la pobreza y desarrollo social. f) Promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades. g) Formular, proponer y dirigir políticas y acciones concretas orientadas a la inclusión, priorización y promoción de las comunidades campesinas y nativas en el ámbito de su jurisdicción. h) Formular, proponer y dirigir políticas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la región con protección y apoyo a los niños, jóvenes adolescentes, mujeres, personas con discapacidad adultos mayores y sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad. i) Coordinar y proponer procesos de simplifi cación administrativa y de modernización de la gestión regional. j) Conocer y evaluar la implementación y cumplimiento de las funciones transferidas conforme a lo establecido en la Ley de Bases de la Descentralización y la Ley Orgánica de Gobierno Regionales. k) Coordinar la ejecución por la Gerencia Regional de Desarrollo Social y por sus Sub Gerencias, de las funciones que tiene asignadas en el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de La Libertad. l) Otras que le sean delegadas con arreglo a ley. Artículo 2º.- Transcribir el presente Decreto Regional a todas las Unidades Ejecutoras, a los Órganos Desconcentrados y a todas las Unidades Orgánicas del Gobierno Regional La Libertad. Artículo 3º.- El presente Decreto Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación. Articulo 4º.- Publicar el presente Decreto Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de La Libertad; y en el diario de mayor circulación regional; y disponer su difusión en el portal Web institucional del Gobierno Regional La Libertad. Dado en Trujillo, en la Sede del Gobierno Regional La Libertad, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil once. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 707497-1 GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Autorizan viaje del Presidente Regional para participar en evento a llevarse a cabo en los Estados Unidos ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 094-2011-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo el