Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2011 (26/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de octubre de 2011

27972, establecen como funciones exclusivas de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de la construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabrica; Que, el Articulo 40º de la Ley Nº 27972, establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, la administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. Las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia. (...)". Asimismo el articulo 9º inciso 8) de la misma MORDAZA, senala que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos"; Que, el Articulo 39º de la Ley Nº 27972, establece que "Los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobacion de Ordenanzas y Acuerdos. (...)", lo cual resulta concordante con lo establecido en el Articulo 9º numeral 29) de la acotada MORDAZA, que establece que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar el regimen de administracion de sus bienes y rentas, (...)"; Que, el Articulo X del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, senala que "Los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento economico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La promocion del desarrollo local es permanente e integral. (...)"; Que, mediante Carta Nº 085-2011-JEPI-MSS del 19.04.2011, el senor Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA propone a la Comision de Desarrollo Local, el proyecto de Ordenanza que exonera el 100% del derecho de tramite por concepto de Certificado de Jurisdiccion para los habitantes del Sector 9 del distrito de MORDAZA de MORDAZA, propuesta que es remitida a la Gerencia Municipal por la Comision de Desarrollo Local a traves de la Carta Nº 049-2011-CDL-MSS de fecha 25.04.2011, a efectos que se disponga a las areas correspondientes, evaluen y/o enriquezcan el mencionado proyecto de Ordenanza, emitiendo su opinion respectiva; Que, con Informe Nº 479-2011-GAJ-MSS del 10.05.2011, la Gerencia de Asesoria Juridica emite opinion favorable por la procedencia de la aprobacion del proyecto de Ordenanza presentado, en cuanto a la exoneracion del 100% por derecho de tramite por concepto de Certificado de Jurisdiccion para los habitantes del Sector 9; Que, mediante Informe Nº 404-2011-SGPUC-GDUMSS del 27.06.2011, la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro teniendo en cuenta los analisis efectuados en el Informe Nº 692-2011-JTB-ACA de fecha 24.05.2011 y el Informe Nº 112-2011-CFRN de fecha 25.05.2011, senala que no existe impedimento para la emision de la presente propuesta de Ordenanza, a efectos del otorgamiento de facilidades ya sea disminuyendo los requisitos o generando la gratuidad del mismo; Que, el Informe Nº 065-2011-SGPLAE-GPP-MSS del 05.07.2011, la Subgerencia de Planeamiento y Estadistica (hoy Subgerencia de Planeamiento y Racionalizacion), en concordancia con lo opinado por la Subgerencia de Presupuesto mediante Memorandum Nº 373-2011SGPRE-GPP-MSS del 05.07.2011, opina por considerar importante la aprobacion del presente proyecto de Ordenanza, toda vez que el mismo permitira a los propietarios beneficiarios, el contar con el documento de reconocimiento del distrito, lo cual constituye una muestra institucional de apoyo a dichos sectores, sugiriendo se redistribuya la carga laboral, de modo tal que con el mismo personal con que cuenta la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Subgerencias, se cubran las labores adicionales que se originarian luego del mencionado proyecto; Que, con Informe Nº 559-2011-SGPUC-GDU-MSS del 01.09.2011, la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA

y Catastro, teniendo en cuenta las observaciones efectuadas mediante Informe Nº 26-2011-VYM/GDUMSS del 17.08.2011 de la Asesoria Legal de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Memorandum Nº 2720-2011-SG-MSS del 09.08.2011 de la Secretaria General, senala que se han efectuado precisiones y modificaciones al proyecto de Ordenanza inicialmente elaborado, el cual establece entre otros, los requisitos para acceder al Certificado de Jurisdiccion con la exoneracion de pago por derecho de tramite, visando el mismo en senal de conformidad. Asimismo, en atencion a lo dispuesto en el inciso 3.2) del Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, considera que el presente proyecto de Ordenanza busca facilitar el acceso a un procedimiento administrativo propio de esta institucion y beneficiar a la poblacion, sin generar nuevas obligaciones para los vecinos, ni el traslado de costos operativos, resulta posible configurar la excepcionalidad de la prepublicacion del proyecto normativo, opinion que es compartida por la Gerencia de Asesoria Juridica a traves de su Informe Nº 8862011-GAJ-MSS del 12.09.2011; Que, con Memorandum Nº 974-2011-GM-MSS del 13.09.2011, la Gerencia Municipal remite el presente proyecto de Ordenanza, expresando su conformidad a la mencionada propuesta; Que, en atencion al pedido del senor MORDAZA en la Sesion de Concejo continuada del 10.10.2011, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA con Memorandum N° 1028-2011-GDU-MSS remite el Informe N° 655-2011SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, que sustenta la inclusion del Sector 3, dentro de los Sectores del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, para acogerse al beneficio de exoneracion del pago del derecho de tramite del procedimiento de Certificado de Jurisdiccion, contando con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe N° 9952011-GAJ-MSS; Estando al Dictamen Conjunto N° 018-2011-CDL-CAJMSS de las Comisiones de Desarrollo Local y Asuntos Juridicos, a los Informes Nros. 479, 886 y 995-2011-GAJMSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, de conformidad con los Articulos 9° numerales 8) y 9), 39° y 40° de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades; luego del debate correspondiente se aprobo por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE EXONERA EL PAGO DEL DERECHO DE TRAMITE DEL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICADO DE JURISDICCION PARA PREDIOS UBICADOS EN LOS SECTORES 02, 03 Y 09 DEL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA Articulo 1°.- FINALIDAD Otorgar facilidades a Sectores de la poblacion del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, con el fin que logren obtener el Certificado de Jurisdiccion, que les permita determinar si la unidad inmobiliaria se encuentra dentro del distrito. Articulo 2°.- OBJETIVO Disponer que hasta el 28 de febrero del 2012, de manera excepcional, las solicitudes de Certificado de Jurisdiccion que presenten para predios ubicados en los Sectores 02, 03 y 09, del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, se encuentren exoneradas del pago por derecho de tramite correspondiente; debiendo para tal efecto cumplir con presentar los siguientes requisitos: - Solicitud dirigida al MORDAZA firmada por el solicitante. - MORDAZA de Partida Registral o Minuta con firma legalizada. - Plano de Ubicacion y Localizacion Simple. Articulo 3°.- VIGENCIA El Certificado de Jurisdiccion emitido en aplicacion del presente tramite tendra vigencia indefinida. Articulo 4°.- ORGANO COMPETENTE Conforme lo establece el MORDAZA vigente corresponde a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, a traves de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, ser el

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