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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de octubre de 2011 452259 el Diario Ofi cial El Peruano y será difundida a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil diez. RUBY ARELLANO MAURTUA Consejera Delegada Consejo Regional La Libertad AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad a los 19 días del mes de enero del año 2011. JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 707502-16 Aprueban la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) - Año 2010 de la sede del Gobierno Regional de La Libertad ORDENANZA REGIONAL N° 051-2010-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modifi catorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 22 de diciembre de 2010, el dictamen sobre el Proyecto de Ordenanza Regional N° 121-2010-GR-LL/CR relativo a aprobar la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) – año 2010 de la Sede del Gobierno Regional de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y el Decreto Supremo N° 030-2002- PCM, que aprueba su Reglamento, declara al Estado Peruano en proceso de modernización con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Que, la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, tiene como fi nalidad establecer un régimen jurídico aplicable para que la actuación de la administración pública sirva a la protección del interés general, garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico en general. Que, mediante Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo Positivo, se modifi can los supuestos de los procedimientos sujetos al procedimiento administrativo positivo, reduciendo el ámbito de aplicación del silencio administrativo negativo, a fi n de ofrecer una mejor atención de los procedimientos y no obstaculizar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos. Asimismo, establece que, en caso de que se venza el plazo para que se opere el silencio administrativo positivo, los administrados podrán presentar una Declaración Jurada ante la propia entidad, y que dicho documento confi gura prueba sufi ciente de la resolución aprobatoria fi cta de la solicitud o trámite iniciado. Que, el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, se aprueban lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, ha sido emitido con la fi nalidad de permitir que los Textos Unidos de Procedimientos Administrativos cumplan con su propósito de ser documentos compiladores, informativos y simplifi cadores de los procedimientos Administrativos que tramiten los administradores ante las distintas entidades administrativas del Estado. Que, los Artículos 5°, 6° y 7° del señalado Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, entre otros, establecen que el órgano responsable de la conducción del proceso de elaboración y formulación del TUPA de las entidades estará a cargo del órgano responsable de las funciones de planeamiento o quien haga sus veces, así como de elaborar el sustento técnico de cada uno de los procedimientos administrativos contenidos en el mismo; que la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Entidad o quien haga sus veces, con el objeto de que los procedimientos observen el principio de legalidad tal como lo dispone el Artículo 36° de la Ley 27444, sustentará ante el órgano responsable de su elaboración, la base legal de los procedimientos contenidos en el TUPA y su califi cación en cada caso; y, que el responsable de la Ofi cina Regional de Administración y Finanzas de cada entidad o quien haga sus veces, en el caso de los procedimientos administrativos que no tengan la condición de gratuitos, sustentará ante el órgano responsable de la elaboración del TUPA, los costos de cada procedimiento administrativo y los derechos de tramitación que se establezcan en el mismo. Que, mediante Ordenanza Regional N° 023-2008- GRLL/CR de fecha 14 de julio del 2008, se aprueba la Modifi cación de la Estructura Orgánica del Gobierno Regional de La Libertad y consiguiente Organigrama Estructural, la cual fue aprobada mediante Ordenanza Regional N° 030-2007-GR-LL/CR de fecha 19 de diciembre del 2007, así como su reglamento y organización y funciones (ROF). Que, mediante Ordenanza Regional N° 006-2009- GRLL/CR de fecha 19 de marzo de 2009, se aprueba la Actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Sede Central del Gobierno Regional de La Libertad, con un total de Cuarenta y Uno (41) Procedimientos Administrativos (17 con un costo asignado y 24 en condición de gratuitos). Que, mediante Informe N° 21-2010-SGDI/JRD de fecha 29 de noviembre del 2010, suscrito por el Ing. Julio Rodríguez Donet de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, remite propuesta de TUPA de la sede central del Gobierno Regional de La Libertad, consolidado con un total de treinta y seis (36) procedimientos, detallados de la Siguiente Manera: N° PROCEDIMIENTO UNIDAD ORGANICA 1 GERENCIA GENERAL REGIONAL 2,3,4,5,6,7,8,9,10, 11,12,13,14,15 SUB GERENCIA DE DEFENSA NACIONAL 16,17 SUB GERENCIA DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS (Gerencia Regional de Asesoría Jurídica) 18,19,20,21,22 SUB GERENCIA DE PLANEAMIENTO, PPTO. Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL 23 SUB GERENCIA DE PROGRAMACION DE LA INVERSION PUBLICA 24, 25,26 SUB GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS 27, 28,29,30, 31 SUB GERENCIA DE LOGISTICA Y SERVICIOS AUXILIARES 32, 33, 34, 35, 36 SUB GERENCIA DE OBRAS