Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2011 (29/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, de acuerdo al Informe Nº 437-2011-MTC/15.03. Tall.rpp, elaborado por el profesional responsable de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada con los expedientes senalados en vistos, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de La Directiva Nº 001-2005-MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa TRADING AMERICAN INTERNATIONAL S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina diesel o GLP al sistema de combustion de GNV, mediante la incorporacion de un kit de conversion; De conformidad con la Ley 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nº 71502006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme Articulo 2 del Decreto Supremo Nº 016-2008 MTC. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa TRADING AMERICAN INTERNATIONAL S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV, para la instalacion del kit de conversion correspondiente, en el local ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA de Vivero A-04, provincia y departamento de Ica, por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La empresa TRADING AMERICAN INTERNATIONAL S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 20 de MORDAZA del 2012 20 de MORDAZA del 2013 20 de MORDAZA del 2014 20 de MORDAZA del 2015 20 de MORDAZA del 2016

Articulo 4º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, carga y mercaderias (SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 5º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. El costo de la publicacion de la presente Resolucion Directoral sera asumido por la empresa recurrente. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre

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Autorizan a la Escuela de Conductores Integrales Corporacion MORDAZA MORDAZA Ingenieros S.A.C. a impartir cursos de capacitacion para obtener licencia de conducir de la clase A categoria I en la MORDAZA de Tacna
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3641-2011-MTC/15
MORDAZA, 27 de septiembre de 2011 VISTO: El Parte Diario Nº 109600, presentados por CORPORACION MORDAZA MORDAZA INGENIEROS S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2837-2009MTC/15, de fecha 28 de agosto de 2009, se otorgo a la empresa denominada CORPORACION MORDAZA MORDAZA INGENIEROS S.A.C., en adelante La Escuela, autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en la MORDAZA de MORDAZA, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; Que, Mediante Resolucion Directoral Nº 535-2011MTC/15, de fecha 16 de febrero de 2011, se otorga a la Escuela, autorizacion de ampliacion de local en la MORDAZA de Tacna; Que, mediante Parte Diario Nº 109600, de fecha 19 de Setiembre de 2011, La escuela, solicita autorizacion para capacitar y emitir certificados de la Clase A-I y la ampliacion de horario, la Escuela senala en su solicitud que cuenta con la infraestructura, plana docente y flota vehicular en la MORDAZA de Tacna conforme a la autorizacion otorgada mediante Resoluciones Directorales Nºs 535-2011-MTC/15 y 2583-2011-MTC/15; Que, la Octava Disposicion Complementaria Final del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, ademas de capacitar a los conductores de las clases A categoria II y III y Clase B categoria II-c, podran impartir cursos de capacitacion a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer parrafo del articulo 61º del Reglamento dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de la Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º de El Reglamento; Que, de la revision del expediente se advierte que La Escuela cumple con implementar el programa de estudios para impartir los cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir de la clase A, categoria I, conteniendo los cursos que se dictaran, propuesta de horarios, numero de horas asignadas a cada modulo y los instructores

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa TRADING AMERICAN INTERNATIONAL S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 31 de Agosto del 2012 31 de Agosto del 2013 31 de Agosto del 2014 31 de Agosto del 2015 31 de Agosto del 2016

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion.

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