NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (07/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 6
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de setiembre de 2011 449532 POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en el distrito de Imaza, a los seis días del mes de septiembre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 687070-1 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Desactivan el Puesto de Control Interno de Chincha y crean el Puesto de Control Interno de Pucusana RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 231-2011-AG-SENASA La Molina, 1 de setiembre de 2011 VISTOS: El Informe Técnico Nº 04-2011-AG-SENASA-DSA- PRONAFA/SCA del 04 de Mayo de 2011 y el Informe Económico N° 002-2011-AG-SENASA-OPDI-UEC del 04 de julio de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 17º del Decreto Ley Nº 25902, creó el Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA, como Organismo Público adscrito al Ministerio de Agricultura; que tiene como uno de sus objetivos, ser el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria de la actividad agrícola y pecuaria nacional; Que, por Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el SENASA se constituye como la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, y como tal, de acuerdo al artículo 6º de dicho Decreto Legislativo la movilización dentro del territorio nacional, de plantas, productos vegetales, animales, productos de origen animal y otros productos reglamentados, cuando constituyan riesgo, será regulada; para lo cual, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria establecerá las medidas fi to y zoosanitarias especifi cas; Que, el literal c) del articulo 5º del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, establece que es función y atribución del SENASA, mantener y fortalecer el Sistema de Cuarentena con la fi nalidad de realizar el control fi to y zoosanitario, según sea el caso, del fl ujo nacional e internacional de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, capaces de introducir o diseminar plagas y enfermedades; Que, según el artículo 35º del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, referidos a Puestos de Control y Centros de Trámite Documentario, establece que la creación o desactivación de los Puestos de Control se aprueban mediante Resolución Jefatural, previo informe técnico - económico de las Ofi cinas y Direcciones competentes; Que, con los documentos del visto se sustenta, justifi ca y recomienda la creación del Puesto de Control Interno Pucusana, a fi n de fortalecer e intensifi car las actividades del Sistema de Cuarentena Animal, a través del control sanitario de mercancías agropecuarias que se movilizan por el territorio nacional, como consecuencia del incremento del comercio nacional e internacional de las mismas, evitando así la diseminación de introducción de plagas y enfermedades de importancia cuarentenaria y contribuyendo al mantenimiento de zonas libres de enfermedades reconocidas por Organismos Internacionales; asimismo se sustenta la rentabilidad de la operación del Puesto de Control ante los costos que demandaría el control de un brote de enfermedades de importancia cuarentenaria; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG y el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y con el visado de los Directores Generales de Sanidad Animal, Planifi cación y Desarrollo Institucional y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Desactivar el Puesto de Control Interno de Chincha. Artículo 2º.- Crear el Puesto de Control Interno de Pucusana estando autorizado para ejercer acciones en materia de control cuarentenario en aplicación a las normas zoosanitarias vigentes. Artículo 3º.- El Puesto de Control Interno de Pucusana estará ubicado en el ámbito geográfi co de la Dirección Ejecutiva del SENASA Lima Callao, en el distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR M. DOMINGUEZ FALCÓN Jefe Servicio Nacional de Sanidad Vegetal 686210-1 Aceptan renuncia de Director General de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 00300-2011-INIA Lima, 6 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 00204-2011- INIA, de fecha 10 de junio de 2011, se designó, al Econ. Carlos Alberto Wong Laos, como Director General de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA; Que, el cargo de Director General de la Ofi cina General de Administración del INIA, se encuentra considerado como “cargo de confi anza” a que se refi ere los artículos 43º y 44º del Decreto Supremo Nº 003-97-TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, dispositivo legal aplicable al personal de este Instituto Nacional, por mandato del Decreto Legislativo Nº 1060, Decreto Legislativo que regula el Sistema Nacional de Innovación Agraria; Que, la Jefatura del INIA ha decidido aceptar la renuncia presentada por el Econ. Carlos Alberto Wong Laos al cargo de Director General de la Ofi cina General de Administración, dándole las gracias por los servicios prestados a la institución; De conformidad con el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2005-AG, modifi cado por Decreto Supremo Nº 027-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia del Econ. Carlos Alberto Wong Laos, como Director General de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, dándole las gracias por los servicios prestados a la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FIDELINA DIAZ AQUINO Jefa Instituto Nacional de Innovación Agraria 686621-1