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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (07/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de setiembre de 2011 449535 Andinos, Amazónicos y Afroperuano del Pliego 003 – Ministerio de Cultura; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 039-2011-MC, se precisó la denominación de las unidades ejecutoras que conforman el Pliego 003 – Ministerio de Cultura, entre las cuales se encuentra la Unidad Ejecutora 004: Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la referida designación y designar a quien asumirá dicho cargo; Estando a lo visado por el Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; y, la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor Miguel Ángel de Loayza Guillén en el cargo de confi anza de Jefe de la Unidad Ejecutora 004: Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano del Pliego 003 – Ministerio de Cultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la señora Raquel Zonia Yrigoyen Fajardo en el cargo de confi anza de Jefa de la Unidad Ejecutora 004: Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano del Pliego 003 – Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA BACA DE LA COLINA Ministra de Cultura 687066-1 DEFENSA Autorizan ampliación de permanencia en EE.UU. de cadete del Ejército para continuar estudios de formación de oficiales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 372-2011-DE/ Lima, 6 de septiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 213-2009-DE/EP/ A.1.a/1-1 del 22 de junio de 2009, se autorizó el viaje al exterior, en Misión de Estudios, del Cadete II Año EP Marco Aurelio FASABI RUIZ, para realizar estudios de Formación de Ofi ciales en la Academia Militar de West Point de los Estados Unidos de América, en el período comprendido del 24 de junio de 2009 al 31 de diciembre de 2013; habiéndose previsto que para los ejercicios presupuestales de los años 2010, 2011, 2012 y 2013, deberán emitirse las resoluciones autoritativas de ampliación de permanencia en el extranjero que correspondan a cada ejercicio presupuestal; Que, conforme a lo expuesto en el considerando precedente, el Ejército del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, autorizar la ampliación de permanencia en el exterior en Misión de Estudios del hoy Cadete IV Año EP Marco Aurelio FASABI RUIZ, para la continuación de sus estudios de Formación de Ofi ciales en la Academia Militar de West Point de los Estados Unidos de América, en el período comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del 2011; Que, la ampliación de autorización en Misión de Estudios se encuentra considerado en el Rubro 1.- “Formación/Califi cación/Especialización”, Ítem Nº 26, del Anexo 01 del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el año 2011, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011 DE/SG de 13 de enero de 2011 y sus modifi catorias; Que, a fi n de no afectar el derecho del Cadete a percibir la Compensación Mensual Extraordinaria por Servicio en el Exterior, que le corresponde durante el presente ejercicio presupuestal, la autorización de ampliación de permanencia en el extranjero deberá efectuarse con efi cacia anticipada, de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, en tanto existe el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción a la fecha que se pretenda retrotraer la efi cacia de la presente Resolución; y, Que, el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG de 19 de noviembre de 2009, en su Artículo 1º inciso A) numeral 3, determina que las autorizaciones de viajes al extranjero que irroguen gastos al Estado, de personal militar y civil, serán aprobadas por Resolución Suprema; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 001- 2011-DE/ del 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 - Determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ampliación de permanencia en el extranjero, con efi cacia anticipada a partir del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011, del Cadete IV Año EP Marco Aurelio FASABI RUIZ, identifi cado con DNI Nº 70313953 y CIP Nº 123896500, para que continúe sus estudios de Formación de Ofi ciales en la Academia Militar de West Point de los Estados Unidos de América, en el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago de la Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero que corresponda de acuerdo a la modalidad de la misión, por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi caciones. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa y Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros 687065-1 Autorizan viajes de Oficiales de la Marina de Guerra al Principado de Mónaco, Brasil, Argentina y Ecuador RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 373-2011-DE/MGP Lima, 6 de septiembre de 2011