NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (07/09/2011)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de setiembre de 2011 449539 Visto el Ofi cio N.1000-1786 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 15 de julio de 2011; CONSIDERANDO: Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, la designación y autorización de viaje de Personal Naval, para que participe en el Curso Táctico para empleo de Aeronaves SH-3D (C-EXP-FICAV), a realizarse en la Base Aeronaval de San Pedro de Aldeia, ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 12 de setiembre al 13 de noviembre de 2011; Que, la designación del Personal Naval para que participe en el referido Curso, responde a la necesidad de adquirir mayor experiencia en este tipo de capacitación, con el fi n de actualizar y ampliar los conocimientos técnicos y operativos adquiridos en los diversos cursos del sistema de enseñanza naval; asimismo, contribuirá a elevar el nivel profesional de la Marina de Guerra del Perú; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 1: Formación/ Califi cación/Especialización, Ítem 40, Anexo 1 (RO), mediante Resolución Suprema Nº 252-2011-DE, de fecha 22 de junio de 2011, que modifi ca el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Año Fiscal 2011, aprobado con Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG, del 13 de enero de 2011 y sus modifi catorias; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Naval que se detalla en la parte resolutiva de la presente Resolución, para que participe en el Curso Táctico para empleo de Aeronaves SH-3D (C-EXP-FICAV), a realizarse en la Base Aeronaval de San Pedro de Aldeia, ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 12 de setiembre al 13 de noviembre de 2011; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, para la designación del mencionado Personal Naval, se ha tenido en cuenta su participación en el correspondiente proceso de selección, promovido por el Director General de Educación de la Marina, habiendo obtenido los primeros puestos, de acuerdo a sus antecedentes académicos, desempeño profesional y competencias adquiridas durante sus líneas de carrera; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001- 2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del siguiente Personal Superior y Subalterno, para que participen en el Curso Táctico para empleo de Aeronaves SH-3D (C-EXP-FICAV), a realizarse en la Base Aeronaval de San Pedro de Aldeia, ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 12 de setiembre al 13 de noviembre de 2011: Nº Grado Nombres y Apellidos CIP. DNI 1 Capitán de Fragata David Horacio MURPHY Cafferata 00818550 15601239 2 Capitán de Fragata Pedro Manuel FARFAN Matellini 01814862 43318449 3 Capitán de Corbeta Rolando Manuel ALVARADO Bringas 00913340 09672198 4 Ofi cial de Mar 1º Cot. Publio ESTACIO Caipane 01946675 10641928 5 Ofi cial de Mar 1º Sea. Fredy Wilfredo LAIME Mamani 01919660 43595188 6 Ofi cial de Mar 2º Cot. Gilmar Genaro LA ROSA Maguiña 01050199 40162944 7 Ofi cial de Mar 2º Cot. José CRUZ Mamani 00024107 43435518 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aereos: Lima – Rio de Janeiro (BRASIL) - Lima US$ 1,283.00 x 7 personas (Incluye TUUA) El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni los nombres de los participantes. Artículo 4º.- El Ofi cial Superior más antiguo comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno del país. Artículo 5º.- El mencionado Personal Naval, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a la exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa y Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros 687065-3 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban la Formalización de los Créditos Suplementarios del Segundo Trimestre del Año Fiscal 2011, en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 164-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 42.3 del artículo 42º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala que la Dirección General de Presupuesto Público propone el proyecto de Decreto Supremo que aprueba