Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2011 (07/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
Descripcion

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de setiembre de 2011

las modificaciones al Presupuesto Consolidado de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, sobre la base de las resoluciones que aprueban la mayor disponibilidad financiera de los fondos publicos que financian el presupuesto de las referidas entidades; Que, el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 2642010-EF establece, entre otros aspectos, que las modificaciones al Presupuesto Consolidado de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se aprueban en periodos trimestrales mediante Decreto Supremo, conforme a los procedimientos establecidos en la Directiva para la Ejecucion Presupuestaria de las Entidades de Tratamiento Empresarial; Que, en consecuencia es necesario aprobar la formalizacion de los Creditos Suplementarios del MORDAZA Trimestre del Ano Fiscal 2011, en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y, De conformidad con el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el numeral 42.3 del articulo 42º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 264-2010-EF, el numeral 19.5 del articulo 19º y los articulos 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Directiva Nº 001-2010-EF/76.01 - Directiva para la Ejecucion Presupuestaria de las Entidades de Tratamiento Empresarial, aprobada por la Resolucion Directoral Nº 002-2010-EF/76.01 y modificada mediante Resolucion Directoral Nº 003-2011-EF/76.01; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Apruebase, en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales correspondiente al Ano Fiscal 2011, la formalizacion de los Creditos Suplementarios del MORDAZA Trimestre del citado ano fiscal por la suma de CIENTO SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 106 447 577,00), de acuerdo al siguiente desagregado:
INGRESOS Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados Donaciones y Transferencias Recursos por Operaciones Oficiales de Credito TOTAL INGRESOS EGRESOS Gastos Corrientes Gastos de Capital TOTAL EGRESOS En Nuevos Soles 32 856 129,00 64 876 897,00 8 714 551,00 ____________ 106 447 577,00 ============ En Nuevos Soles 65 317 481,00 41 130 096,00 ____________ 106 447 577,00 ============

Anexo

Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Recursos Publicos

Anexo Nº III

Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Recursos Directamente Recaudados Anexo Nº III-1 Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Donaciones y Transferencias Anexo Nº III-2 Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Anexo Nº III-3 Articulo 3º.- Plazo de Aprobacion y MORDAZA del Presupuesto de Apertura considerado en la Formalizacion de Creditos Suplementarios Las Entidades que por aplicacion de la formalizacion de los Creditos Suplementarios senalada en el articulo 1º, les correspondan la aprobacion de su Presupuesto Institucional de Apertura para el Ano Fiscal 2011, deberan desagregarlo a nivel de fuente de financiamiento y categoria del gasto y autorizarlo mediante Resolucion del Titular de la Entidad, dentro de los cinco (05) dias habiles posteriores a la vigencia del presente Decreto Supremo. MORDAZA de la citada Resolucion, asi como de los formatos y anexos de aprobacion visados por el Titular de la Entidad y el Jefe de la Oficina de Presupuesto o quien haga sus veces en la Entidad, son presentados a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica, a la Contraloria General de la Republica y a la Direccion General de Presupuesto Publico, dentro de los cinco (05) dias posteriores a su aprobacion. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de septiembre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 687070-2

Articulo 2º.- Desagregado del Presupuesto Consolidado El desagregado de los montos aprobados en el articulo precedente, a nivel Consolidado de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se detalla en los Anexos que forman parte de la presente MORDAZA legal, los cuales son publicados en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas: www.mef.gob.pe, de acuerdo a lo siguiente: Descripcion Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de Financiamiento y Generica del Gasto Distribucion del Ingreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de Financiamiento Anexo

Fijan indices de correccion monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales
RESOLUCION MINISTERIAL N° 635-2011-EF/15

Anexo Nº I

MORDAZA, 6 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO:

Anexo Nº II

Que, mediante el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado

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