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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (10/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de setiembre de 2011 449744 VISTOS: Los Ofi cios Números 191-2010-UD-OCMA y 8918- 2011-OCMA-UD-EAM-MZ, recepcionados los días seis y nueve de setiembre del año en curso, respectivamente; y, CONSIDERANDOS: Que, mediante el Ofi cio de visto, el Jefe de la Unidad Documentaria de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, hace de conocimiento la Resolución Nº 35 expedida por la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial con fecha 31 de agosto del presente año, que declara: 1) Improcedente la Nulidad de la Resolución Nº 09 de fecha diez de agosto del 2010. 2) Impone la medida disciplinaria de Suspensión por el plazo de cuatro meses al Magistrado Zoilo Ciriaco Enríquez Sotelo, la misma que debe tenerse por cumplida y 3) Caduca la medida disciplinaria de Suspensión Preventiva dictada contra el Magistrado Zoilo Ciriaco Enríquez Sotelo por Resolución Nº 09 de 10 de agosto de 2010. Que, estando a lo expuesto precedentemente, esta Presidencia considera necesario emitir el pronunciamiento respectivo de los órganos jurisdiccionales a los cuales retornaran los magistrados señalados en el considerando anterior. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- REINCORPORAR a la labor jurisdiccional al doctor ZOILO CIRIACO ENRIQUEZ SOTELO, como Juez Titular el Sétimo Juzgado Penal de Lima, a partir del 12 de setiembre del presente año. Artículo Segundo.- REASIGNAR al doctor GUSTAVO ALBERTO REAL MACEDO, como Juez Provisional del Trigésimo Juzgado Penal de Lima, a partir del 12 de setiembre del presente año. Artículo Tercero.- DISPONER LA PERMANENCIA del doctor GERARDO JOSÉ OSCCO GONZÁLES, como Juez Supernumerario del Primer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho. Artículo Cuarto.- DISPONER que BAJO RESPONSABILIDAD, el Magistrado saliente presente el inventario de los expedientes correspondientes al Trigésimo Juzgado Penal de Lima, así como deberá proceder a la ENTREGA INMEDIATA de la credencial de Magistrado otorgada para el ejercicio de sus funciones, la misma que deberá ser devuelta ante la Secretaría de la Presidencia de la Corte de Lima; encargándose a la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura la verifi cación del cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo en el extremo referido a la entrega del inventario respectivo. Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Distrital de Control de la Magistratura, Gerencia General, Ofi cina de Personal y la Ofi cina de Administración Distrital para los fi nes correspondientes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 688768-1 ORGANOS AUTONOMOS FUERO MILITAR POLICIAL Oficializan acuerdos y aprueban nuevo Reglamento de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 126-2011-FMP/TSMP/SG Lima, 8 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se estableció la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano autónomo e independiente, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú; Que, por acuerdo de Sala Plena del Tribunal Supremo Militar Policial de fecha 23 abril 2009 se aprobó el Reglamento de la Ley referida en el considerando anterior, autorizando su publicación mediante Resolución Administrativa N° 066-2009-TSMP/SG de fecha 12 mayo 2009; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1096 se han modifi cado diversos artículos de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, variándose sustancialmente la estructura orgánica y funcional de sus órganos que la integran; Que, el artículo 5° de la citada Ley, modifi cada por el artículo 1° del acotado Decreto Legislativo, establece que el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial es el máximo órgano de gobierno y administración, siendo competente para aprobar los instrumentos de gestión administrativa y funcional de los diferentes órganos jerárquicos del Fuero Militar Policial; Que, en Sesión de Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial de fecha 05 agosto 2011, se acordó dejar sin efecto el actual Reglamento de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, aprobado por acuerdo de Sala Plena del Tribunal Supremo Militar Policial de fecha 23 abril 2009, así como aprobar el nuevo Reglamento de la citada Ley; encargándose al señor Presidente del Tribunal Supremo Militar Policial expedir la Resolución Administrativa que ofi cialice dichos acuerdos, así como disponga la publicación de dicho acto administrativo en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y del texto completo del nuevo Reglamento en el Portal del Estado Peruano y Portal Institucional del Fuero Militar Policial; De conformidad con los fundamentos expuestos; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ofi cializar el acuerdo de Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial de fecha 05 agosto 2011 que deja sin efecto el actual Reglamento de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, aprobado por acuerdo de Sala Plena del Tribunal Supremo Militar Policial de fecha 23 abril 2009, y publicado por Resolución Administrativa N° 066-2009- TSMP/SG de fecha 12 mayo 2009. Artículo 2°.- Ofi cializar el acuerdo de Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial de fecha 05 agosto 2011 que aprueba el nuevo Reglamento de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, el cual consta de once (11) Títulos, veinte y cuatro (24) Capítulos, ocho (08) Secciones, ciento veintisiete (127) Artículos, dos (02) Disposiciones Complementarias, una (01) Disposición Derogatoria y una (01) Disposición Final. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Administrativa en el Diario Ofi cial “El Peruano”.