Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2011 (10/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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VISTOS:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de setiembre de 2011

La Carta GP.DPWC.122.11 de fecha 06 de setiembre del 2011, mediante la cual la empresa concesionaria DP World Callao SRL. - DPWC, remitio al OSITRAN el proyecto de adecuacion de su "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" (en adelante Reglamento de Reclamos). CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 0192011-CD-OSITRAN, se aprobo el MORDAZA "Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias" del OSITRAN (en adelante Reglamento del OSITRAN), y sus normas modificatorias; Que, la implementacion de los respectivos Reglamentos de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios de las Entidades Prestadoras esta regulada por la normatividad siguiente: a) La Ley y demas dispositivos legales y reglamentarias pertinentes; b) Los Contratos de Concesion; c) El "Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias" del OSITRAN y sus normas modificatorias; d) El "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" de cada Entidad Prestadora aprobado por el OSITRAN; g) Las demas disposiciones que dicte el OSITRAN sobre el particular; Que, la Cuarta Disposicion Transitoria y Complementaria del "Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias" del OSITRAN, y sus normas modificatorias, establecen los procedimientos para que las Entidades Prestadoras cumplan con adecuar y presentar, ante el OSITRAN, su Proyecto de "Reglamento de Atencion de Reclamos de Usuarios" para su respectiva aprobacion; Que, mediante Carta GP.DPWC.122.11 de fecha 06 de setiembre del 2011, la empresa concesionaria DP World Callao SRL. - DPWC, remitio al OSITRAN su proyecto de adecuacion de su "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios", en virtud a lo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria y Complementaria del "Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias" del OSITRAN; Que, la Resolucion de Consejo Directivo N° 034-2011CD-OSITRAN, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 03 setiembre 2011, enfatiza respecto al MORDAZA que debe tener la difusion y aprobacion las diversas normas en aplicacion del D.S. N° 001-2009-JUS, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 15-01-2009. Que, en virtud de lo expuesto, corresponde a la Gerencia de Supervision del OSITRAN pronunciarse sobre la aprobacion de la difusion del proyecto de adecuacion del "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" de la empresa concesionaria DP World Callao SRL. - DPWC, de acuerdo a las disposiciones vigentes; RESUELVE: Primero.- Aprobar la difusion del proyecto adecuacion del "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" de la empresa concesionaria DP World Callao SRL. - DPWC. Segundo.- Autorizar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano". Asimismo, disponer que la presente Resolucion y el contenido del proyecto de adecuacion del "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" de la empresa concesionaria DP World Callao SRL. - DPWC MORDAZA publicados y difundidos en la pagina Web del OSITRAN y del DPWC. Tercero.- El plazo para que los Usuarios Intermedios y Finales puedan remitir al OSITRAN sus comentarios y observaciones sobre dicho proyecto de adecuacion del Reglamento de Reclamos presentado por DPWC es de quince (15) dias contados, a partir del dia siguiente de la fecha de su publicacion, en el Diario Oficial "El Peruano".

Cuarto.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el articulo anterior, podran ser remitidos al OSITRAN a nombre del el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Area de Puertos de la Gerencia de Supervision, sito en la Av. Republica de Panama 3659 ­ San MORDAZA ­ Lima. Quinto.- Notificar la presente Resolucion a la empresa concesionaria Terminales Portuarios Euroandinos Paita S.A. ­ TPEP. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Adjunto de Supervision (e) OSITRAN 688365-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Amplian plazo de adecuacion para aplicacion de la MORDAZA Metrologica de Medidores de Agua
RESOLUCION DEL SERVICIO NACIONAL DE METROLOGIA Nº 002-2011/SNM-INDECOPI MORDAZA, 5 de setiembre de 2011 VISTO: El Informe Nº 054-2011/GEL emitido por la Gerencia Legal del Indecopi respecto a los alcances de las funciones que el Decreto Legislativo 1033, Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, asigna en materia de metrologia legal al Servicio Nacional de Metrologia; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 45º y a la MORDAZA Disposicion complementaria del Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, corresponde al Servicio Nacional de Metrologia, establecer y aprobar las Normas de Metrologia Legal asi como absolver las consultas que se le formulen sobre el Sistema Legal de Unidades de Medida del Peru, manteniendo para ello autonomia tecnica, funcional y administrativa; Que, en ejercicio de estas funciones, mediante Resolucion Nº 001-2011-INDECOPI/SNM publicada el 16 de junio de 2011, el Servicio Nacional de Metrologia aprobo las normas metrologicas NMP 005:2011 "Medicion de Flujo de Agua en Conductos Cerrados completamente llenos. Medidores para agua potable fria y agua caliente, Partes 1, 2 y 3; Que, las normas metrologicas aprobadas a la fecha requieren que su implementacion se realice a traves de la aprobacion de modelo y la verificacion, respetando la oportunidad propia de estos controles; Que, la aprobacion de modelo es la investigacion metrologica de uno o mas prototipos de medios de medicion y como tal debe ser anterior a su comercializacion, en tanto que la verificacion es la ejecucion de un numero determinado de operaciones, establecidas en la MORDAZA Metrologica correspondiente, sobre un medio de medicion con la finalidad de determinar su correcto funcionamiento para

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