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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (26/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 26 de setiembre de 2011 450610 Que, con Memorándum Nº 3626-2011-MTC/20.6 el Gerente de la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL solicitó a la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL la prosecución del trámite correspondiente para la aprobación de cinco (05) valuaciones comerciales, acompañando como sustento el Informe Nº 17-2011-LFDRE-CONSULTOR, por el cual se manifi esta que de la revisión efectuada a los citados informes técnicos remitidos por la DNC, corresponde continuar con el trámite de aprobación de cinco (05) expedientes valuatorios de predios que han sido afectados por la ejecución de la Obra: Construcción, Conservación y Operación del Tramo Vial Ovalo Chancay/Dv. Variante Pasamayo - Huaral - Acos, ubicados en el distrito de Huaral, provincia de Huaral, departamento de Lima, señalándose que los titulares de dichos predios tienen su derecho de propiedad inscrito en la Zona Registral IX SUNARP - Sede Lima; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL con Informe Nº 603-2011-MTC/20.3, considera procedente continuar con el trámite para la aprobación de las tasaciones de los cinco (5) predios mencionados en el considerando precedente; Que, con la Nota de Visto, el Director Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL, solicita que se apruebe las tasaciones de cinco (05) predios afectados por la ejecución de la Obra: Construcción, Conservación y Operación del Tramo Vial Ovalo Chancay/Dv. Variante Pasamayo - Huaral - Acos, ubicados en el distrito de Huaral, provincia de Huaral, departamento de Lima; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27628 y 29370, así como por el Decreto Supremo Nº 021- 2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar las tasaciones elaboradas por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondientes a cinco (05) predios afectados por la ejecución de la Obra: Construcción, Conservación y Operación del Tramo Vial Ovalo Chancay/Dv. Variante Pasamayo - Huaral - Acos, ubicados en el distrito de Huaral, provincia de Huaral, departamento de Lima, conforme al detalle que se señala en el Anexo adjunto que forma parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO PREDIOS AFECTADOS POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: CONSTRUCCIÓN, CONSERVACIÓN Y OPERACIÓN DEL TRAMO VIAL ÓVALO CHANCAY/DV. VARIANTE PASAMAYO - HUARAL – ACOS, UBICADOS EN EL DISTRITO DE HUARAL, PROVINCIA DE HUARAL, DEPARTAMENTO DE LIMA Nº UNIDAD CATASTRAL COSTO (US $) 1 6822 – Lote 51 8 767,50 2 07529 1 068,00 3 15164 17 074,60 4 015610 23 202,46 5 011696 8 594,40 691473-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 664-2011-MTC/02 Lima, 15 de setiembre de 2011 Visto: La Nota de Elevación Nº 210-2011-MTC/20, sobre aprobación de tasación de un (01) predio afectado por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Santiago de Chuco - Shorey, ubicado en el distrito y provincia de Santiago de Chuco, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo con los artículos 2 y 3 de la citada Ley Nº 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fi jado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, el cual será aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y que el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios vía trato directo será el monto del valor comercial actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se fusionó el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; mientras que por la Resolución Ministerial Nº 010-2007-VIVIENDA, se dispuso que la Dirección Nacional de Construcción, (DNC), del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 23337 y en el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, sea el órgano responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas públicas, que por su naturaleza no pueden ser ejecutados por privados; Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, en adelante PROVIAS NACIONAL y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la DNC, suscribieron el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional Nº 037-2009-MTC/20, con el objeto de establecer los mecanismos y procedimientos generales que faciliten la mutua colaboración y la suma de esfuerzos institucionales en benefi cio del desarrollo nacional, en aplicación de lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27117- Ley General de Expropiaciones y 27628 - Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, con la fi nalidad de que la DNC efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución de obras públicas realizadas por PROVIAS NACIONAL, así como de los ejecutados por los Contratos de Concesión de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional, otorgados o a ser otorgados al sector privado bajo Concesión o cualquier otra forma contractual que involucre una relación contractual de mediano a largo plazo; Que, la cláusula sexta del citado Convenio Marco, dispone que para todos los servicios cuyos costos sean menores a tres (03) UIT, no se requerirá de la suscripción de un Convenio Específi co, lo cual deberá ser solicitado y aceptado mediante Ofi cios; Que, mediante Ofi cio Nº 1242-2010-MTC/20.6, PROVIAS NACIONAL solicitó a la DNC las tasaciones correspondientes a dieciocho (18) predios afectados por la ejecución de la Obra: Mejoramiento y Rehabilitación de la Carretera Santiago de Chuco - Shorey, y mediante el Ofi cio Nº 153-2011/VIVIENDA-VMCS-DNC, la Dirección Nacional de Construcción remitió a PROVÍAS NACIONAL los dieciocho (18) informes técnicos de las tasaciones realizadas; Que, con Memorándum Nº 3742-2011-MTC/20.6 el Gerente de la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL, remite a la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL, el Informe Nº 278-2011-MTC-20.6.3/DMMA de la Especialista Legal en la implementación de Planes de Compensación y Reasentamiento Involuntario - PACRI (s), por el cual, luego de la revisión efectuada a los expedientes valuatorios remitidos por la DNC con el Ofi cio Nº 153-2011/VIVIENDA- VMCS-DNC, se sustenta la necesidad de gestionar la aprobación de la valuación comercial correspondiente a un (01) predio afectado por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Santiago de Chuco - Shorey, ubicado en el distrito y provincia de Santiago de Chuco, departamento de La Libertad, cuyo titular tiene su derecho de propiedad inscrito en los Registros de Predios de la Ofi cina Registral de Otuzco - La Libertad de la Zona Registral Nº V - Sede Trujillo; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL con Informe Nº 617-2011-MTC/20.3, considera