Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2011 (26/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, lunes 26 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

450627

Peruano Alemana S.A.C., que para la continuacion de su evaluacion del referido proyecto universitario se aplicara el Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades bajo la competencia de CONAFU aprobado por Resolucion Nº 387-2009-CONAFU y toda la normatividad vigente de CONAFU. Articulo Tercero.- REQUERIR a la Promotora, el cumplimiento de los articulos 31º al 34º del Reglamento aprobado por Resolucion Nº 387-2009-CONAFU. Articulo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los tramites administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA INFANTES Presidente JASSON MORDAZA MORDAZA CAMPOSANO Secretario General 694701-1

Aceptan renuncia, declaran vacancia y encargan funciones de Presidente de la Comision de Gobierno de la Universidad Peruana de Integracion Global
RESOLUCION Nº 459-2011-CONAFU MORDAZA, 8 de setiembre de 2011 "UNIVERSIDAD PERUANA DE INTEGRACION GLOBAL" VISTOS: La Resolucion Nº 202-2011-CONAFU de fecha 25 de MORDAZA de 2011, el Oficio Nº 435-2011/PCG/ UPIG recibido con fecha 22 de junio de 2011, el Oficio Nº 1282-2011-CONAFU-P de fecha 18 de MORDAZA de 2011, el Oficio Nº 455-2011/PDP/UPIG. S.A.C., recibido con fecha 26 de MORDAZA de 2011, el Oficio Nº 712-2011-CONAFU-CDAA de fecha 17 de agosto de 2011, y el Acuerdo Nº 576-2011CONAFU de la sesion ordinaria del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 07 de setiembre de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, de fecha 21 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las Universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que, el articulo 3º del Estatuto, establece: "Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades: f) Reconocer a las comisiones organizadoras de las Universidades Publicas y Privadas..."; en concordancia con el articulo 10° del mismo cuerpo normativo, que establece: "Son atribuciones del Pleno del CONAFU: p) Pronunciarse sobre la vacancia de los miembros de las Comisiones Organizadoras por las causales especificadas en el Reglamento de la materia";... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatutos o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, el articulo 18º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, establece: "Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comision Organizadora, conformada por tres miembros: a) Un Presidente, que asume la direccion de la Comision con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad; ejerce las funciones de Representante Legal..."; Que, el articulo 20º del Reglamento, establece: "Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comision Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los articulos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de MORDAZA de 1994 que sustituye los articulos 35° y 36° de la Ley Universitaria...";

Que, el articulo 21º del Reglamento, establece: "El cargo de miembro de Comision Organizadora exige dedicacion exclusiva y es incompatible con el desempeno de cualquier otra funcion o actividad publica o privada"; Que, en el articulo 25º del Reglamento, modificado mediante Resolucion Nº 202-2009-CONAFU de fecha 22 de junio de 2009 y su fe de erratas de fecha 25 de agosto de 2009, establece: "De la Comision de Gobierno de la Universidad. Se constituira al termino del tercer ano de funcionamiento de la Universidad, estara integrada por los miembros de la Comision Organizadora, los Coordinadores de Facultad y/o los Responsables de MORDAZA, segun sea el caso, un representante de la Promotora, en el caso de las universidades privadas, estudiantes elegidos por sus pares en la proporcion de un MORDAZA, de conformidad con lo establecido en la Ley Universitaria y un representante de los graduados si los hubiera. La Comision de Gobierno hace las veces de Consejo Universitaria"; Que, mediante Resolucion Nº 202-2011-CONAFU de fecha 25 de MORDAZA de 2011, se resolvio: "Reconocer a los integrantes de la Comision de Gobierno de la Universidad Peruana de Integracion Global, la misma que estara conformada de la siguiente manera: Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mg. Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Abg. MORDAZA Luz MORDAZA Aguilar.....; en calidad de Presidente, Vice Presidenta Academica y Gerente General, respectivamente"; Que, el Articulo 22º del Reglamento, establece: La Comision Organizadora, dirige la universidad durante los cuatro primeros anos de funcionamiento (...) El cargo de miembro de Comision Organizadora vaca por: a) Renuncia, b) impedimento sobreviviente, que haga imposible el ejercicio del cargo, sea por muerte, incapacidad fisica, ausencia o abandono del cargo, debidamente probada, c) Convenio entre el funcionario y la universidad, d) falta grave debidamente comprobada en la que MORDAZA incurrido el funcionario en el ejercicio de su cargo, tramitada de conformidad al regimen legal de su contratacion, e) Decision administrativa del CONAFU, fundada en responsabilidad funcional debidamente comprobada por el incumplimiento de los reglamentos y disposiciones del CONAFU o de la Ley..." (El subrayado es nuestro); Que, mediante Oficio Nº 435-2011/PCG/UPIG recibido con fecha 22 de junio de 2011, la Vice Presidenta Academica de la Universidad Peruana de Integracion Global - UPIG, informo que el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, renuncio irrevocablemente al cargo de Presidente de la Comision de Gobierno de la Universidad Peruana de Integracion Global, por ello solicita a este Consejo Nacional la encargatura de la Presidencia de la referida comision a la Mg. Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien ocupa el cargo de Vice Presidenta Academica de la Comision de Gobierno; Que, por Oficio Nº 1282-2011-CONAFU-P de fecha 18 de MORDAZA de 2011, la Presidenta del CONAFU informa que la Promotora de la Universidad Peruana de Integracion Global es la que tiene la facultad de solicitar la encargatura para el cargo del Presidente de la Comision de Gobierno a la Vice Presidenta Academica por lo que se requiere que se efectue el referido tramite; Que, mediante Oficio Nº 455-2011/PDP/UPIG. S.A.C., recibido con fecha 26 de MORDAZA de 2011, la Promotora cumple con lo solicitado mediante Oficio Nº 1282-2011CONAFU-P, requiriendo la encargatura para el cargo de Presidente de la Comision de Gobierno a la Vice Presidenta Academica por un periodo de 03 meses; Que, mediante Oficio Nº 712-2011-CONAFU-CDAA de fecha 17 de agosto de 2011, la Comision de Trabajo da a conocer al Pleno que el Presidente del Directorio de la Promotora de la UPIG, solicita la encargatura para el cargo de Presidenta de la Comision de Gobierno a la Vicepresidente Academica por un periodo de 03 meses; por lo que sugiere al Pleno del CONAFU: Autorizar la encargatura para el cargo de Presidente de Comision de Gobierno de la Universidad Peruana de Integracion Global a la Vicepresidente Academica por un lapso de 03 meses, hasta que la promotora cumpla con proponer a un profesional que reuna los requisitos para dicho cargo considerando que se ha levantado la observacion levantada mediante Oficio Nº 1282-2011-CONAFU-P; Que, en Sesion Ordinaria de fecha 07 de setiembre de 2011, el Pleno del CONAFU despues de deliberar, por Acuerdo Nº 576-2011-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: 1) Aceptar la renuncia del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Presidente de

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