NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (26/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 46
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 26 de setiembre de 2011 450636 que el servicio turístico acuático es aquél que prestan los administrados, domiciliados o constituidos en el país con naves propias o fl etadas de bandera peruana, a personas con el objeto de posibilitarles el disfrute de atractivos turísticos y/o actividades deportivas, interconectando centros de interés turístico; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 000013 de fecha 25.05.2011, se creó e incorporó en la estructura orgánica como órgano de línea del Gobierno Regional del Callao, la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, señalando en el numeral 4º del Artículo 123-Lº que, son parte de sus funciones de otorgar las autorizaciones portuarias, licencias y permisos para la prestación de los servicios portuarios marítimos, fl uviales y lacustres de alcance regional de acuerdo a los dispositivos legales sobre la misma; Que, el literal f) del Artículo 2º y el literal b) del Artículo 4º de la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres – Ley Nº 26620, de fecha 30.05.1996 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2001-DE/MGP de fecha 25.05.2001, establecen que son ámbitos de la actividad de control y vigilancia marítima, fl uvial y lacustre, las personas naturales y jurídicas, cuyas actividades se desarrollan en los ámbitos marítimos, fl uviales y lacustres, sin perjuicio de las atribuciones que corresponden por Ley a otros sectores de la administración pública, velando en el cumplimiento de dicha función por la seguridad de la vida humana en el mar, ríos y lagos navegables; Que, conforme al Informe Nº 006-2011-GRC/GRTC- ELVF de fecha 11 de agosto del 2011, corresponde modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional del Callao aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 003-2010-GRC, incorporando los procedimientos administrativos Nº 21º, 22º y 23º adjuntos según Formato Nº 03, los cuales cuenta con el sustento técnico sobre la determinación de los costos totales unitarios y derechos de trámite de cada uno de los procedimientos mencionados; Que, mediante Informe Nº 469-2011-GRC/GA/ CONTA de la Ofi cina de Contabilidad de la Gerencia de Administración encuentra consistente los costos de los tres (03) Procedimientos Administrativos de Transportes Acuáticos; así como válidos los formatos de presentación, los cuales han sido formulados y procesados en coordinación con la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional del Callao; Que, según Memorando Nº 1735-2011-GRC/GRPPAT emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, concluye que los procedimientos administrativos que forman parte del “Proyecto de Ordenanza Regional que regula el Servicio de Transporte Turístico Acuático en el Ámbito de la Provincia Constitucional del Callao”, cumplen con las disposiciones establecidas en la normatividad vigente; Que, en atención a los fundamentos expuestos, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 1017-2011-GRC/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica es de opinión que resulta procedente aprobar: a) el proyecto de Ordenanza Regional que Regula la Prestación del Servicio de Transporte Turístico Acuático en la Provincia Constitucional del Callao, el mismo que está compuesto por 7 Títulos, 6 Capítulos, 44 Artículos, 9 Disposiciones Complementarias Finales, Anexo I y su Formulario Nº S140-003 y Anexo II; b) los procedimientos administrativos Nº 21º, 22º y 23º, con sus requisitos y derechos de trámite conforme al presente proyecto de Ordenanza Regional y al Formato Nº 03 adjunto al presente; c) la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional del Callao aprobado por Ordenanza Regional Nº 003- 2010, incorporando los procedimientos administrativos Nº 21º, 22º y 23º de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones; d) el Formulario Nº S140-003 señalado en los procedimientos administrativos Nº 21º, 22º y 23º de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, que forman parte integrante del Anexo I del presente proyecto de Ordenanza Regional; e) el Anexo II “Cuadro de Tipifi cación y Clasifi cación de Infracciones al Servicio de Transporte Turístico Acuático”, contemplado en el Artículo 29º, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza e incorporarlo al Reglamento Aplicación de Sanciones de este Gobierno Regional del Callao, previa aprobación del Consejo Regional; Que, por Dictamen Nº 080-2011-GRC/CR-CA de la Comisión de Administración Regional se recomienda al Consejo Regional aprobar Vía Ordenanza Regional, lo siguiente: a) el proyecto de Ordenanza Regional que Regula la Prestación del Servicio de Transporte Turístico Acuático en la Provincia Constitucional del Callao, el mismo que está compuesto por 7 Títulos, 6 Capítulos, 44 Artículos, 9 Disposiciones Complementarias Finales, Anexo I y su Formulario Nº S140-003 y Anexo II; b) los procedimientos administrativos Nº 21º, 22º y 23º, con sus requisitos y derechos de trámite conforme al presente proyecto de Ordenanza Regional y al Formato Nº 06 adjunto al presente; c) la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional del Callao aprobado por Ordenanza Regional Nº 003- 2010, incorporando los procedimientos administrativos Nº 21º, 22º y 23º de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones; d) el Formulario Nº S140-003 señalado en los procedimientos administrativos Nº 21º, 22º y 23º de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, que forman parte integrante del Anexo I del presente proyecto de Ordenanza Regional; e) el Anexo II “Cuadro de Tipifi cación y Clasifi cación de Infracciones al Servicio de Transporte Turístico Acuático”, contemplado en el Artículo 29º, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza e incorporarlo al Reglamento Aplicación de Sanciones de este Gobierno Regional del Callao, previa aprobación del Consejo Regional; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE REGULA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE TURÍSTICO ACUÁTICO EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Artículo Primero.- Aprobar la Ordenanza Regional que Regula la Prestación del Servicio de Transporte Turístico Acuático en la Provincia Constitucional del Callao, la misma que está compuesto por 7 (Siete) Títulos, 6 (Seis) Capítulos, 44 (Cuarenta y cuatro) Artículos, 9 (Nueve) Disposiciones Complementarias Finales, Anexo I y su Formulario Nº S140-003 y Anexo II. Artículo Segundo.- Apruébese los procedimientos administrativos, requisitos y derechos de trámite los mismos que se fi jan en Nuevos Soles y porcentajes de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), correspondientes. Artículo Tercero.- Aprobar la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional del Callao, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 003 de fecha 07.04.2010 incorporando los procedimientos administrativos Nº 21º, 22º y 23º de conformidad al Formato Nº 03 de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, referidos en el Anexo I, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- Aprobar la incorporación al Reglamento de Aplicación de Sanciones del Gobierno Regional del Callao, el “Cuadro de Tipifi cación y Clasifi cación de Infracciones al Servicio de Transporte Turístico Acuático”, contemplado en el Artículo 29º de la Ordenanza Regional que Regula la Prestación del Servicio de Transporte Turístico Acuático en la Provincia Constitucional del Callao. Artículo Quinto.- Encargar a la Ofi cina de Tecnología de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza Regional, los Anexos I y II y el Formulario Nº S140-003 y a que se refi ere el presente dispositivo legal en el Portal Institucional del Gobierno Regional del Callao: www.regioncallao.gob.pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe, en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciuadano.gob.pe y en el Portal del Ministerio de Justicia: spij.minjus.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 694953-2