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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (26/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 26 de setiembre de 2011 450628 la Comisión de Gobierno de la Universidad Peruana de Integración Global, 2) Declarar la vacancia del cargo de Presidente de la Comisión de Gobierno de la Universidad Peruana de Integración Global, 3) Encargar a la Mg. Luz Angélica Valdivia Abanto, Vice Presidenta Académica de la Comisión de Gobierno de la Universidad Peruana de Integración Global, en el cargo de Presidente (e) de la referida comisión, por un tiempo no mayor a 03 meses, y 4) Requerir a la Promotora que en un plazo no mayor a 03 meses deberá presentar ante este Consejo Nacional la propuesta del profesional que asumirá el cargo de Presidente de la Comisión de Gobierno de la Universidad Peruana de Integración Global; En atención a lo expuesto en los considerándos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales: … d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACEPTAR la Renuncia del Ing. Luis Bernardo Guzmán Cabrera al cargo de Presidente de la Comisión de Gobierno de la Universidad Peruana de Integración Global. Artículo Segundo.- DECLARAR LA VACANCIA del cargo de Presidente de la Comisión de Gobierno de la Universidad Peruana de Integración Global. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Mg. Luz Angélica Valdivia Abanto, Vice Presidenta Académica de la Comisión de Gobierno de la Universidad Peruana de Integración Global, en el cargo de Presidente (e) de la referida comisión, por un tiempo no mayor a 03 meses, Artículo Cuarto.- REQUERIR a la Promotora de la Universidad Peruana de Integración Global, que en un plazo no mayor a 03 meses deberá presentar ante este Consejo Nacional la propuesta del profesional que asumirá el cargo de Presidente de la Comisión de Gobierno de la referida universidad. Artículo Quinto.- SOLICITAR a la Asamblea Nacional de Rectores dar trámite a los actos administrativos que permitan la ejecución de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MARTHA NANCY TAPIA INFANTES Presidente JASSON MANUEL MILLÁN CAMPOSANO Secretario General 694744-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Aprueban Reglamento de Dispensa, Justificación y Multa Electoral RESOLUCIÓN Nº 0703-2011-JNE Lima, siete de septiembre de 2011 VISTO el proyecto de Reglamento de Justifi cación, Dispensa y Multa Electoral, versión 02. CONSIDERANDOS El artículo 178 de la Constitución Política del Estado en su numeral 3, establece que compete al Jurado Nacional de Elecciones “velar por el cumplimiento de las normas sobre organización políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral”. La Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, establece el fi n supremo, competencias y funciones del Jurado Nacional de Elecciones. En aplicación de los artículos 241, 253 y 390 literal c de la citada ley, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones otorgar dispensa por omisión al sufragio y por inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio, cuando estas se encuentran debidamente justifi cadas. La Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, en su artículo 5, literal l, establece como función de esta entidad, “dictar las resoluciones y reglamentaciones necesarias para su funcionamiento”. Mediante la Resolución Nº 2528-2010-JNE, se aprobó el Reglamento de Dispensa, Justifi cación y Multa Electoral. La unidad orgánica de Servicios al Ciudadano, en coordinación con la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, ha formulado el proyecto del visto. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones. RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Dispensa, Justifi cación y Multa Electoral, versión 02, cuyo tenor es el siguiente: REGLAMENTO DE JUSTIFICACIÓN, DISPENSA Y MULTA ELECTORAL 1. OBJETIVO 1.1. Determinar las causales y el procedimiento para el otorgamiento de dispensa por omisión al sufragio. 1.2. Determinar las causales y el procedimiento para justifi cación de inasistencia a la instalación de las mesas de sufragio. 1.3. Regular la aplicación de multas electorales. 2. ALCANCE El presente reglamento es de observancia obligatoria y de aplicación general desde la presentación de las solicitudes de dispensa y justifi cación hasta su otorgamiento o improcedencia. 3. BASE NORMATIVA 3.1. Constitución Política del Perú. 3.2. Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones. 3.3. Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones. 3.4. Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales. 3.5. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 3.6. Ley Nº 28859, Ley que suprime las restricciones civiles, comerciales, administrativas y judiciales, y reduce las multas a favor de los ciudadanos omisos al sufragio. 3.7. Resolución Nº 601-2010/JNE, que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones. 3.8. Resolución Nº 013-2011-JNE, que determina para el 2011 la cuantía de las multas que deberán abonar los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero, en función de la unidad impositiva tributaria (UIT) vigente. 4. RESPONSABILIDAD Son responsables del cumplimiento del presente reglamento, el director central de Gestión Institucional, el jefe de Servicios al Ciudadano, el encargado de la Unidad Regional de Enlace y el especialista de Recursos y Servicios del Jurado Electoral Especial. 5. ABREVIATURAS O SIGLAS Y DEFINICIONES 5.1. ABREVIATURAS O SIGLAS JNE : Jurado Nacional de Elecciones CITT : Certifi cado de Incapacidad Temporal para el Trabajo DCGI : Dirección Central de Gestión Institucional DNFPE : Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales DNI : Documento Nacional de Identidad FF. AA. : Fuerzas Armadas (Ejército, Marina de Guerra, Fuerza Aérea)