Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2011 (26/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, lunes 26 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

450637

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban habilitacion MORDAZA terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE SUB GERENCIA Nº 025-2011-MDA/GDU-SGHUE Ate, 26 de MORDAZA de 2011 LA SUB GERENTE DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 33669 de fecha 26 de agosto de 2010 seguido por el MINISTERIO DE SALUD debidamente representada por la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el cual solicitan la aprobacion de la Habilitacion MORDAZA Nueva para Uso Hospital General "H-3" del terreno con un area de 15,237.01 m2, constituido por los lotes 77B y 78 de la Parcelacion del Fundo La MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 194º, numeral 5) del Articulo 195º de nuestra Carta Magna, las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, Que, de acuerdo a la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, senala en su articulo I del Titulo Preliminar que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Asimismo, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Ademas, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra Carta Magna establece que la autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, que en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de: 3.6.1. Habilitaciones Urbanas, Que, mediante Resolucion de Sub Gerencia Nº 102-2010-MML/GTU-SETT de fecha 10/09/10 donde la Sub Gerencia de Estudio de MORDAZA y Transporte de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA resuelve aprobar con observaciones el Estudio de Impacto Vial presentado por la Direccion General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud para el proyecto de Habilitacion MORDAZA del predio ubicado en la Av. Carretera Central altura del Km. 7.5 del Ex Fundo La MORDAZA, distrito de Ate, Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1939-2009/ DIGESA/SA de fecha 17 de MORDAZA de 2009 emitido por la Direccion General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud resuelve aprobar el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de Inversion Publica a Nivel de Factibilidad del "Hospital de Emergencia ­ MORDAZA Este Vitarte" ubicado en la Carretera Central y Pasaje La MORDAZA,

de

Que, mediante Ordenanza Nº 1373-MML publicado en el diario El Peruano con fecha 29 de MORDAZA de 2010 se aprueba la modificacion del Plano de Zonificacion del distrito de Ate aprobado mediante Ordenanza Nº 1099MML, referido al terreno constituido por los lotes 77B y 78 de la Parcelacion del Fundo La MORDAZA, de Otros Usos "OU" a Hospital General "H-3". En el item 2.1 del Articulo MORDAZA de la precitada Ordenanza senala que para el tramite de la Habilitacion MORDAZA y de Edificacion, incluir una via separadora de uso entre el establecimiento de salud propuesto y el local educativo existente, la cual debera ser arborizada con la finalidad de evitar impactos negativos (vectores de salud) que la mencionada colindancia pudiera tener con dicho local y las zonas de vivienda que lo rodean, Que, mediante Ordenanza Nº 1521-MML publicado en el diario El Peruano con fecha 30 de MORDAZA de 2011 se aprueba la modificacion del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 1373. En el item 2.1 del Articulo MORDAZA de la precitada Ordenanza se solicita incorporar un area separadora de uso entre el establecimiento de salud propuesto y el local educativo existente, la misma que debera ser arborizada (franja de Arborizacion) con una seccion no menor de 3.00 ml. como aislamiento visual y acustico, Que, mediante Acuerdo Nº 02 tomado en Sesion Nº 09-11-CTDHU/MDA de fecha 16/06/11 la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas dictamino Conforme el proyecto de Habilitacion MORDAZA del terreno constituido por los lotes 77B y 78 de la Parcelacion del Fundo La Estrella; no estableciendose aportes reglamentarios porque conforme al Art. 9º de la Ordenanza Nº 836-MML referido a aportes reglamentarios para las Habilitaciones Urbanas en la provincia de MORDAZA senala que estan exceptuadas de aportes la Habilitacion de Equipamientos Metropolitanos y Sectoriales de Salud, Educacion y Recreacion destinados a dominio publico, Que, mediante Valorizacion Nº 015-2011-SGPUCGDU/MDA de fecha 24 de junio de 2011, se calculo el derecho correspondiente a la Licencia de Habilitacion MORDAZA conforme al Articulo 31º de la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones; cuyo monto total ascendia a la suma de S/. 10,205.28 nuevos soles; y mediante Recibo Nº 0008788039 de fecha 12 de MORDAZA de 2011 pagado en la tesoreria de esta Corporacion Municipal, acreditan la cancelacion de dicha Valorizacion, Que, mediante Informe Nº 079-2011-MDA/GDU-SGHUEDEHE de fecha 26 de MORDAZA de 2011, emitido por el Area Tecnica pertinente de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones informa que el presente tramite de Habilitacion MORDAZA Nueva es procedente; y que los administrados han cumplido con presentar la documentacion y cancelar los pagos estipulados por el MORDAZA vigente. Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capitulo II del Articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, asi como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29090 Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, Ordenanza Nº 836-MML. Ordenanza Nº 341-MML, por el Reglamento Nacional de Edificaciones y Ordenanza Nº 273-MDA. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el Nº 008-2011-SGHUE-GDU/MDA y Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolucion suscrita por el profesional responsable, Arq. MORDAZA MORDAZA Patino MORDAZA, la Habilitacion MORDAZA Nueva para Uso Hospital General "H-3" del terreno con un area de 15,237.01 m2, constituido por los lotes 77B y 78 de la Parcelacion del Fundo La MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- AUTORIZAR al MINISTERIO DE SALUD representada por la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ejecutar en el plazo de treinta y seis (36) meses, hasta el 26 de agosto del 2013 bajo responsabilidad de la culminacion de las obras de Habilitacion MORDAZA, en el terreno de 15,237.01m2 teniendo en cuenta las caracteristicas y especificaciones tecnicas de acuerdo a la siguiente descripcion:

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